Viernes 22 de Abril de 2016

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Arenas movedizas

RESOLUCIONES ADOPTADAS POR LA COMISION DE CARRERAS

Resoluciónes adoptadas por la comisión de carreras del Hipódromo de Palermo en su sesión del día 21 de Abril del 2016

por Comisiòn de Carreras

JOCKEYS Y JOCKEY APRENDICES

SUSPENDER: por el término de dos (2) reuniones, que se computarán los días viernes 29 y sábado 30 de abril próximo, al jockey WILSON R. MOREYRA, por no mantener su línea en los 300 metros finales de la 10ª carrera del día viernes 15 de abril ppdo., ocasionando molestias a otro competidor, conduciendo al S.P.C. “PORT LOUIS”.-

APERCIBIR SEVERAMENTE: al jockey ADRIAN M. GIANNETTI, por no haber dejado debida constancia ante el Comisariato de los inconvenientes sufridos a la altura de los 300 metros finales, inmediatamente después de disputada la 10ª carrera del día viernes 15 de abril ppdo., donde al S.P.C. “TAKE IT ALL”. Asimismo, se le hace saber al profesional que la reiteración de estos hechos será considerada falta de responsabilidad profesional.-

SUSPENDER: por el término de tres (3) reuniones, que se computarán los días viernes 29, sábado 30 de abril y domingo 1º de mayo próximo, al jockey DANIEL E. ARIAS, por no mantener su línea en los tramos finales de la 11ª carrera del día domingo 17 de abril ppdo., ocasionando molestias a otro competidor, conduciendo al S.P.C. “FUSTAZO”.-

SUSPENDER: por el término de una (1) reunión que se computará el próximo viernes 29 de abril, al jockey aprendiz GUSTAVO N. VILLALBA, por no mantener su línea en la recta final de la 13ª carrera del día domingo 17 de abril ppdo., ocasionando molestias a otro competidor, conduciendo al S.P.C. “POKERMANIA”.-

APERCIBIR SEVERAMENTE: al jockey FRANCISCO LEANDRO GONÇALVES, por no haber dejado debida constancia ante el Comisariato de los inconvenientes sufridos en la recta final, inmediatamente después de disputada la 13ª carrera del día domingo 17 de abril ppdo., donde al S.P.C. “HARLAN’S CRAZY”. Asimismo, se le hace saber al profesional que la reiteración de estos hechos será considerada falta de responsabilidad profesional.-

SUSPENDER: por el término de una (1) reunión, que se computará el día viernes 29 de abril próximo, al jockey aprendiz FRANCO A. CALVENTE, por no mantener su línea en la largada de la 1ª carrera del día lunes 18 de abril ppdo., ocasionando molestias a otros competidores, conduciendo al S.P.C. “INDUBIA”.-

MULTAR: en la suma de $ 500.-, al jockey MATIAS H. DELLI QUADRI, por no haber remitido, en tiempo y forma, el certificado correspondiente que justificara su impedimento para cumplimentar con el compromiso de monta suscripto, para la reunión del día viernes 15 de abril ppdo., donde debía conducir en la 13ª carrera al S.P.C. “MISIL VUELTERA” y ser reincidente en este tipo de faltas.-

SUSPENDER: por el término de cuatro (4) reuniones, que se computarán desde el día viernes 29 de abril y hasta el día lunes 2 de mayo próximo inclusive, al jockey aprendiz DIEGO IVAN MONTES DE OCA, por no haber dado cumplimiento al compromiso de monta suscripto, sin una causa que lo justifique, para la reunión del día domingo 17 de abril ppdo., donde debía conducir en la 10ª carrera al S.P.C. “GATA DER” y ser reincidente en este tipo de faltas.-

MULTAR: en la suma de $ 500.-, al jockey aprendiz GUSTAVO N. VILLALBA, por haberse excedido en el peso establecido en el programa oficial para competir con el S.P.C. “SOY MELODIOSO”, en la 5ª carrera del día domingo 17 de abril ppdo., hecho que motivara el no cumplimiento del compromiso de monta y ser reincidente en este tipo de faltas.-

MULTAR: en la suma de $ 300.-, al jockey FACUNDO S. AGUIRRE, por haberse excedido en el peso establecido en el programa oficial para competir con el S.P.C. “CELYDAN INT”, en la 13ª carrera del día domingo 17 de abril ppdo., hecho que motivara el no cumplimiento del compromiso de monta.-

SUSPENDER: por el término de una (1) reunión que se computará el sábado 30 de abril próximo, al jockey aprendiz GUSTAVO N. VILLALBA, por haber realizado el paseo preliminar en forma antirreglamentaria en las 10ª, 12ª y 14ª carrera del día domingo 17 de abril ppdo., y en la 7ª carrera del día lunes 18 de abril ppdo., donde condujo a los S.P.C. “SOUNDS OF THE WIND”, “REFERENTIAL” y “MANDOLINA RATE” del día domingo 17 y “WHY PLUS” del día lunes 18, respectivamente y ser reincidente en este tipo de faltas.-

E N T R E N A D O R E S

MULTAR: en la suma de $ 500.-, al entrenador s.p.c. D. RAMON A. GONZALEZ, por no cumplir con las reglamentaciones vigentes en relación a la presentación del certificado de medicación autorizada (FUROSEMIDA) del S.P.C. “CARACOL DE AMOR”, inscripto en la 11ª carrera de la reunión del día 8 de abril ppdo..-

MULTAR: en la suma de $ 300.-, al entrenador s.p.c. D. JAVIER A. FREN, por la responsabilidad que le cupo en la presentación del compromiso de monta del S.P.C. “TALL STEPS”, inscripto en la 6ª carrera del día viernes 15 de abril ppdo., sin la firma del jockey aprendiz JOSE E. GOMEZ, hecho que derivara con un cambio de monta en Sala de Ratificaciones el día de la carrera y ser reincidente es este tipo de faltas.-

MULTAR: en la suma de $ 300.-, al entrenador s.p.c. D. JUAN C. DEMARCHI, por la responsabilidad que le cupo en la presentación del compromiso de monta del S.P.C. “LUMI PAMPEANO”, inscripto en la 14ª carrera del día viernes 15 de abril ppdo., sin la firma del jockey aprendiz LUCIANO A. PAREDES, hecho que derivara con un cambio de monta en Sala de Ratificaciones el día de la carrera y ser reincidente en este tipo de faltas.-

MULTAR: en la suma de $ 300.-, al entrenador s.p.c. D. ARNALDO O. VIGIL, por la responsabilidad que le cupo en la presentación del compromiso de monta del S.P.C. “MY FAIRY KING”, inscripto en la 8ª carrera del día domingo 17 de abril ppdo., sin la firma del jockey LUIS A. CACERES, hecho que derivara con un cambio de monta en Sala de Ratificaciones el día de la carrera y ser reincidente en este tipo de faltas.-

MULTAR: en la suma de $ 300.-, al entrenador s.p.c. D. OSCAR E. MIHURA, por la responsabilidad que le cupo en la presentación del compromiso de monta del S.P.C. “LA RECARGADA”, inscripto en la 10ª carrera del día domingo 17 de abril ppdo., sin la firma del jockey WALTER M. MARRADES, hecho que derivara con un cambio de monta en Sala de Ratificaciones el día de la carrera y ser reincidente en este tipo de faltas.-

MULTAR: en la suma de $ 300.-, al entrenador s.p.c. D. CLAUDIO M. JURAO, por la responsabilidad que le cupo en la presentación del compromiso de monta del S.P.C. “NIEBLO”, inscripto en la 11ª carrera del día domingo 17 de abril ppdo., sin la firma del jockey ROBERTO N. ALZAMENDI, hecho que derivara con un cambio de monta en Sala de Ratificaciones el día de la carrera y ser reincidente en este tipo de faltas.-

E N T R E N A D O R Y S. P. C.

MULTAR: en la suma de $ 1.000.-, al entrenador s.p.c. D. RUBEN O. SOSA, por no haber adoptado los recaudos pertinentes para informar sobre la no participación del S.P.C. “ALADA INT”, inscripto en la 4ª carrera del día viernes 15 de abril ppdo.; e INHABILITAR: al mencionado ejemplar por el término de quince (15) días, hasta el día 29 de abril próximo inclusive.-

MULTAR: en la suma de $ 1.000.-, al entrenador s.p.c. D. LUCAS M. FERNANDEZ, por no haber adoptado los recaudos pertinentes para informar sobre la no participación del S.P.C. “ACLAMADO FIDEL”, inscripto en la 4ª carrera del día domingo 17 de abril ppdo.; e INHABILITAR: al mencionado ejemplar por el término de quince (15) días, hasta el día 1º de mayo próximo inclusive.-

MULTAR en la suma de $ 500.-, al entrenador s.p.c. D. JUAN ROBERTO GUTIERREZ, por no haber adoptado los recaudos pertinentes para la participación del S.P.C. “SOFIATO RATE”, en la 8ª carrera del día 18 de abril ppdo., habiéndolo presentado a correr sin la documentación sanitaria habilitante, motivo por el cual debió ser retirado; e INHABILITAR al S.P.C. “SOFIATO RATE”, para anotarlo y hacerlo correr en el Hipódromo Argentino de Palermo, hasta tanto el Servicio Veterinario, no reciba constancia que la documentación sanitaria de ese ejemplar esté vigente.-

P R O P I E T A R I O S

MULTAR: en la suma de $ 500.-, al titular de la caballeriza “JUAN ANTONIO” (RIO IV), por no haber tomado los recaudos pertinentes para que el S.P.C. “LETO”, a cargo del entrenador s.p.c. D. GUSTAVO F. VIGNOLO, e inscripto en la 4ª carrera del día viernes 15 de abril ppdo., contara con la documentación reglamentaria habilitante para participar de la mencionada prueba; motivo por el cual, debió ser retirado e INHABILITAR al mencionado S.P.C. para hacerlo correr en el Hipódromo Argentino de Palermo hasta tanto no posea la documentación correspondiente, emitida por el Stud Book Argentino, no pudiendo competir en las carreras ya programadas. Artículo 20, Inciso VII, del Reglamento General de Carreras.-

MULTAR: en la suma de $ 500.-, al titular de la caballeriza “VILLA MAZZA” (LA PLATA), por no haber tomado los recaudos pertinentes para que el S.P.C. “LUMINOSO GAB”, a cargo del entrenador s.p.c. D. FACUNDO S. ARDOHAIN, e inscripto en la 6ª carrera del día domingo 17 de abril ppdo., contara con la documentación reglamentaria habilitante para participar de la mencionada prueba; motivo por el cual, debió ser retirado e INHABILITAR al mencionado S.P.C. para hacerlo correr en el Hipódromo Argentino de Palermo hasta tanto no posea la documentación correspondiente, emitida por el Stud Book Argentino, no pudiendo competir en las carreras ya programadas. Artículo 20, Inciso VII, del Reglamento General de Carreras.-

MULTAR: en la suma de $ 500.-, al titular de la caballeriza “LA MADRUGADA” (LA PLATA), por no haber tomado los recaudos pertinentes para que el S.P.C. “CASIANO”, a cargo del entrenador s.p.c. D. RICARDO D. DIAZ, e inscripto en la 11ª carrera del día domingo 17 de abril ppdo., contara con la documentación reglamentaria habilitante para participar de la mencionada prueba; motivo por el cual, debió ser retirado e INHABILITAR al mencionado S.P.C. para hacerlo correr en el Hipódromo Argentino de Palermo hasta tanto no posea la documentación correspondiente, emitida por el Stud Book Argentino, no pudiendo competir en las carreras ya programadas. Artículo 20, Inciso VII, del Reglamento General de Carreras.-

MULTAR: en la suma de $ 500.-, al titular de la caballeriza “CORCEL” (BELL VILLE), por no haber tomado los recaudos pertinentes para que el S.P.C. “KURUPAY”, a cargo del entrenador s.p.c. D. RAMON A. SANTILLAN, e inscripto en la 15ª carrera del día domingo 17 de abril ppdo., contara con la documentación reglamentaria habilitante para participar de la mencionada prueba; motivo por el cual, debió ser retirado e INHABILITAR al mencionado S.P.C. para hacerlo correr en el Hipódromo Argentino de Palermo hasta tanto no posea la documentación correspondiente, emitida por el Stud Book Argentino, no pudiendo competir en las carreras ya programadas. Artículo 20, Inciso VII, del Reglamento General de Carreras.-

S T A R T E R

SUSPENDER: a solicitud del Starter al S.P.C. “THINKING OF YOU”, a cargo del entrenador s.p.c. D. HERNAN C. SABINO, por negarse a dar partida en la 10ª carrera del día lunes 4 de abril ppdo.; y ser reincidente en este tipo de faltas. Para actuar nuevamente en este hipódromo, deberán transcurrir seis (6) meses (desde el día 4 de abril ppdo. y hasta día 3 de octubre próximo inclusive) y obtener el V°B° del Starter Oficial del Hipódromo Argentino de Palermo.-

SUSPENDER: a solicitud del Starter al S.P.C. “CATY GIRL”, a cargo del entrenador s.p.c. D. JORGE G. JAIME, por negarse a dar partida en la 13ª carrera del día viernes 8 de abril ppdo. Para actuar nuevamente en este hipódromo, deberán transcurrir treinta (30) días (desde el día 8 de abril ppdo., y hasta día 7 de mayo próximo inclusive) y obtener el V°B° del Starter Oficial del Hipódromo Argentino de Palermo.-

SUSPENDER: a solicitud del Starter al S.P.C. “COPION CAPER”, a cargo del entrenador de s.p.c. D. PABLO A. BIBILONI, por negarse a ingresar al partidor, motivo por el cual debió ser retirado de la 11ª carrera del día viernes 15 de abril ppdo. Para actuar nuevamente en este hipódromo, deberán transcurrir treinta (30) días (desde el día 15 de abril ppdo., y hasta el día 14 de mayo próximo inclusive) y obtener el V°B° del Starter Oficial del Hipódromo Argentino de Palermo.-

SUSPENDER: a solicitud del Starter al S.P.C. “TAURANGA”, a cargo del entrenador de s.p.c. D. ADRIAN A. SAVAL, por negarse a ingresar al partidor, motivo por el cual debió ser retirado de la 14ª carrera del día domingo 17 de abril ppdo. Para actuar nuevamente en este hipódromo, deberán transcurrir treinta (30) días (desde el día 17 de abril ppdo., y hasta el día 16 de mayo próximo inclusive) y obtener el V°B° del Starter Oficial del Hipódromo Argentino de Palermo.-

SUSPENDER: a solicitud del Starter al S.P.C. “WHY PLUS”, a cargo del entrenador de s.p.c. D. JOAQUIN E. GARGANO, por negarse a ingresar al partidor, motivo por el cual debió ser retirado de la 7ª carrera del día lunes 18 de abril ppdo. Para actuar nuevamente en este hipódromo, deberán transcurrir treinta (30) días (desde el día 18 de abril ppdo., y hasta el día 17 de mayo próximo inclusive) y obtener el V°B° del Starter Oficial del Hipódromo Argentino de Palermo.-

Buenos Aires, 21 de abril de 2016.-

VISTO el informe elevado por el Laboratorio de Control de Doping (CeNARD) en relación con el análisis del material extraído al S.P.C. “TEOTIMO”, que participara de la 10ª carrera del día viernes 18 de marzo ppdo.; y,

CONSIDERANDO:

Que, el día 7 de abril ppdo., se procedió a la apertura del “frasco control” en el Laboratorio Químico del CeNARD con la presencia del Representante de la Gremial de Profesionales del Turf, D. Miguel A. Sola, en representación del Señor Entrenador s.p.c. D. Juan C. Cima que lo autorizara por nota y el representante de Lotería Nacional Sociedad del Estado, Señor Claudio Galván;

Que, los análisis efectuados sobre la orina contenida en el “frasco control”, ratifican los resultados obtenidos originariamente, presencias de sustancias prohibidas por el Reglamento General de Carreras encuadradas en la 3ª categoría (Artículo 36, Inciso VII); según acta Nº 026/1603 del Laboratorio Control de Antidoping (CeNARD).

Que, esa circunstancia viola el Artículo 36 Inciso VII, Segundo Párrafo del Reglamento General de Carreras;

Que, habiéndosele notificado al señor entrenador que se le concedían tres días a efectos de aportar los descargos y demás peticiones que hacen a su derecho de defensa, el mismo hizo su descargo y se notificó del resultado de la contraprueba;

Qué, asimismo es de destacar que el Sr. Juan C. Cima, posee en su legajo antecedentes de infracción del Artículo 36, por tratamientos no autorizados;

Que, en consecuencia, y una vez analizado todo lo actuado, y de acuerdo a lo previsto por los Incisos VIII y XIV de la mencionada norma;

La Comisión de Carreras en su sesión del día de la fecha:

R E S U E L V E:

1º.- Suspender por el término de un (1) mes, que se computará desde el día 1º de abril ppdo., y hasta el día 30 de abril próximo inclusive; al entrenador s.p.c. D. JUAN C. CIMA;

2º.- Dar por cumplida la sanción provisoria del S.P.C. “TEOTIMO”;

3º.- Distanciar del marcador de la 10ª carrera del día viernes 18 de marzo ppdo., al S.P.C. “TEOTIMO”, quedando como definitivo de la manera que sigue: primero “POTRI PINTON”; segundo “CHICAGO BULL”, tercero “LADO OSCURO”, cuarto “IN THE ZONE” y quinto “FREE WILLY”.-

4º.- Notificar de la presente resolución a los interesados.-

Más información:
Hipódromo

HIPODROMO DE PALERMO - ARGENTINA

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