Sábado 9 de Octubre de 2010

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Cortando el pasto

RESOLUCIONES ADOPTADAS POR LA COMISION DE CARRERAS DE SAN ISIDRO

Suspenden a los entrenadores: Oscar R. Luque por seis meses y Jorge A. Herrera por dos meses; y a los S.P.C.: Nick Joe por tres meses y Lampard por un mes.

por Hipódromo de San Isidro

RESOLUCIONES ADOPTADAS POR COMISION DE CARRERAS EN SU SESION DEL DIA 8 DE OCTUBRE DE 2010

  • PROFESIONALES SANCIONADOS
  • JOCKEYS Y/O JOCKEYS APRENDICES

SUSPENDER: por el término de cinco (5) reuniones, que se computarán desde el 16 y hasta el
20 de octubre próximo inclusive, al jockey aprendiz ROGELIO O. CASAL, por perder la
línea al ingresar al codo ocasionando molestias, en la 7ª carrera disputada el día 29 de
setiembre p.pdo., en la que condujo al s.p.c. “Luminarium”.
Artículo 20, Inciso III del Reglamento General de Carreras.

SUSPENDER: por el término de tres (3) reuniones, que se computarán desde el 16 y hasta el
18 de octubre próximo inclusive, al jockey aprendiz GASTON D. FUENTES, por ocasionar
molestias al ingresar al codo, en la 9ª carrera disputada el día 1 de octubre p.pdo., en la que
condujo a la s.p.c. “Doña Juana Tag”. Artículo 20, Inciso III del Reglamento General de Carreras.

SUSPENDER: por el término de una (1) reunión, que se computará el día 20 de octubre
próximo, al jockey ALTAIR DOMINGOS, por perder la línea en los tramos finales, en la 3ª
carrera disputada el día 3 de octubre p.pdo., en la que condujo al s.p.c. “Gozzini”.
Artículo 20, Inciso III del Reglamento General de Carreras.

APERCIBIR: al jockey ADRIAN M. GIANNETTI, por hallarse excedido en el peso
establecido en el programa para competir con el s.p.c. “Redinsky”, en la 6ª carrera del 29 de
setiembre p.pdo., hecho este que motivara el no cumplimiento del compromiso de monta
contraído. Artículo 16, Inciso XII del Reglamento General de Carreras.

APERCIBIR: al jockey MAURO D. GILES, por no presentarse en el tiempo establecido a la
redonda y no acatar la orden de montar al s.p.c. “Marlon”, en la 5ª carrera del 3 de octubre
p.pdo.. Artículo 16, Inciso XIII del Reglamento General de Carreras.

SEVERO APERCIBIMIENTO: al jockey GUSTAVO E. CALVENTE, por no haber dado
cumplimiento a los compromisos de montas contraídos para conducir a los s.p.c. “Houston
Texas” y “Some Party”, en la 6ª y 11ª carreras del 3 de octubre p.pdo., y ser reincidente.
Artículo 7, Inciso IV del Reglamento General de Carreras.

APERCIBIR: al jockey JESUS A. MEDINA, por no haber dado cumplimiento al
compromiso de monta contraído para conducir al s.p.c. “Dissident”, en la 15ª carrera del 3 de
octubre p.pdo. Artículo 7, Inciso IV del Reglamento General de Carreras.

 

  • ENTRENADORES

MULTAR: en la suma de $ 300,00, al Entrenador Dn. RAMON A. SINIANI, por presentar a
su pupila la s.p.c. “Whitney Fam” herrada con clavos antirreglamentarios, para la 7ª carrera del
1 de octubre p.pdo. Artículo 16, Inciso IV del Reglamento General de Carreras.

MULTAR: en la suma de $ 300,00, al Entrenador Dn. EUSONIO V. BONI, por presentar a
su pupilo el s.p.c. “Glick Star” herrado antirreglamentariamente para pista de césped, para la
1ª carrera del 3 de octubre p.pdo. Artículo 16, Inciso IV del Reglamento General de Carreras.

APERCIBIR: al Entrenador Dn. GUILLERMO J. FRENKEL S., por haber presentado la
s.p.c. “Hay Honor”, sin vacunas asentadas en su Libreta Sanitaria, en la 4ª carrera del 1 de
octubre p.pdo. Asimismo, se dispone hacerle saber que la reiteración de tal situación dará
lugar a sanciones que la Comisión de Carrera estime corresponder.
Artículo 14, Inciso II del Reglamento General de Carreras.

APERCIBIR: al Entrenador Dn. CESAR A. FORCHETTI, por presentar la asignación de
monta en forma incompleta de su pupila la s.p.c. “Change”, para la 2ª carrera del 29 de
setiembre p.pdo. Artículo 7, Inciso I del Reglamento General de Carreras.

SEVERO APERCIBIMIENTO: al Entrenador Dn. LUIS M. ROBOL, por presentar la
asignación de monta en forma incompleta de su pupilo el s.p.c. “Bandolero Plus”, para la 11ª
carrera del 29 de setiembre p.pdo., y ser reincidente.-
Artículo 7, Inciso I del Reglamento General de Carreras.

APERCIBIR: al Entrenador Dn. HECTOR F. SORIA, por presentar la asignación de monta
en forma incompleta de su pupila la s.p.c. “Federica Pain”, para la 5ª carrera del 1 de octubre
p.pdo. Artículo 7, Inciso I del Reglamento General de Carreras.

APERCIBIR: al Entrenador Dn. MARCELO A. ARCE, por presentar la asignación de
monta en forma incompleta de su pupilo el s.p.c. “Mad Naisbi”, para la 12ª carrera del 1 de
octubre p.pdo. Artículo 7, Inciso I del Reglamento General de Carreras.

SEVERO APERCIBIMIENTO: al Entrenador Dn. JUAN C. MACRI, por presentar la
asignación de monta en forma incompleta de su pupilo el s.p.c. “Distinct Day”, para la 5ª
carrera del 3 de octubre p.pdo., y ser reincidente.-
Artículo 7, Inciso I del Reglamento General de Carreras.

SEVERO APERCIBIMIENTO: al Entrenador Dn. ATILIO SAMBUCETI, por presentar
la asignación de monta en forma incompleta de su pupilo la s.p.c. “Gold Planet”, para la 13ª
carrera del 3 de octubre p.pdo., y ser reincidente.-
Artículo 7, Inciso I del Reglamento General de Carreras.

APERCIBIR: al Entrenador Dn. JULIO C. MASCARO (h), por presentar la asignación de
monta en forma incompleta de su pupilo el s.p.c. “Silver Prize”, para la 15ª carrera del 3 de
octubre p.pdo. Artículo 7, Inciso I del Reglamento General de Carreras.

APERCIBIR: al Entrenador Dn. RAMON A. SINIANI, por no ensillar con la debida
antelación y demorar la salida de boxes de la s.p.c. “Whitney Fam”, para disputar la 7ª carrera
del día 1 de octubre p.pdo. Artículo 33, Inciso XIV del Reglamento General de Carreras.
 

  • S.P.C.

SUSPENDER: al s.p.c. “MR. EQUAL” por el término de treinta (30) días, desde el 29 de
setiembre y hasta el 28 de octubre próximo inclusive, a cargo del entrenador Dn. Juan R.
Gutierrez, por haber sido ratificado para los días 25 y 29 de setiembre p.pdo. y no presentado
a correr en la 9ª carrera del día 29 de setiembre p.pdo. Asimismo, se dispone hacerle saber al
entrenador que la reiteración de tal situación será considerada falta de responsabilidad
profesional.

SUSPENDER: a la s.p.c. “MISS TRADIZIONE” por el término de treinta (30) días, desde
el 1 de octubre y hasta el 30 de octubre próximo inclusive, a cargo del entrenador Dn. Manuel
Pérez, por haber sido ratificada para los días 29 de setiembre y 1 de octubre p.pdo. y no
presentada a correr en la 1ª carrera del día 1 de octubre p.pdo. Asimismo, se dispone hacerle
saber al entrenador que la reiteración de tal situación será considerada falta de responsabilidad
profesional.
 

  • SERVICIO VETERINARIO

VISTO el informe elevado por el Servicio Veterinario con relación a lo acontecido con la s.p.c.
“SOY REBECA”, a cargo del Entrenador Dn. Rodolfo E. Del Valle, que presentara
epistaxis bilateral luego de disputada la 13ª carrera del día 29 de setiembre p.pdo., como
medida precautoria y teniendo en cuenta la importancia del mismo, se resuelve inhabilitarla
por el término de treinta (30) días desde el 29 de setiembre p.pdo., y hasta el 28 de octubre
próximo inclusive.

SUSPENDER: para actuar en el medio local a la s.p.c. “THUNDER MUSIC” a cargo de la
Entrenadora Dña. Roxana M. San Millan, a solicitud del Servicio Veterinario, por el término
veinte (20) días, a partir del 1 y hasta el 20 de octubre próximo inclusive, por claudicación del
miembro posterior derecho, retirada de los partidores de la 1ª disputada el día 1 de octubre
 

  • STARTER


SUSPENDER: a la s.p.c. “LA JAY” - 7ª carrera del 1-10-2010, a cargo de la Entrenador Dn.
Santiago L. Fanti, por quedarse en el partidor, largando retrasada. Asimismo se dispone que
para correr nuevamente en este hipódromo se requerirá el VºBº del Starter.
Artículo 19, Inciso VI del Reglamento General de Carreras.

Visto el informe elevado por el Servicio Químico relacionado con el análisis químico del
contenido del “frasco control’’ con material de investigación extraído al S.P.C. “NIK JOE”, que
se clasificara segundo en la 7ª carrera del día 15 de setiembre p.pdo., del que resulta una
infracción a lo determinado en el Artículo 25, Inciso II ap. c) del Reglamento General de
Carreras - TRATAMIENTO TERAPEUTICO NO AUTORIZADO – Que, habiendo el
entrenador desistido expresamente del análisis del “frasco testigo” y presentando el descargo
pertinente, donde manifiesta haber medicado al citado ejemplar surgiendo de su investigación que
el producto utilizado contiene la droga originante del resultado positivo informado por el
Laboratorio Químico.
Que, ante lo establecido en el Artículo 33, Inciso I del Reglamento General de Carreras, en el
sentido de la responsabilidad que le cabe al entrenador y que el descargo efectuado no desvirtúa
la aplicación de las normas vigentes.

LA COMISION DE CARRERAS RESUELVE

1º) SUSPENDER por el término de seis (6) meses, desde su sanción provisional (22 de
setiembre p.pdo.) y hasta el 21 de marzo de 2011 inclusive, al Entrenador Dn. OSCAR R.
LUQUE.
Artículo 25, Inciso II ap c) e Inciso VII ap c), del Reglamento General de Carreras.

2º) SUSPENDER por el término de tres (3) meses, desde su sanción provisional (22 de
setiembre p.pdo.) y hasta el 21 de diciembre de 2010 inclusive, al S.P.C. “NIK JOE”.

3º) Distanciar a los efectos del premio al mencionado S.P.C. modificando el marcador de la
siguiente forma:

1º) NONE                        6º) LUCKY LEIVA
2º) COLLI MEL               7º) COIMERO
3º) GRAND MARSHAL  8º) EL MALVINERO
4º) INFI RIDER               9º) PEA STONE
5º) STING RAY

4º) Comuníquese y dese a publicidad.

Visto el informe elevado por el Servicio Químico relacionado con el análisis químico del
contenido del “frasco control’’ con material de investigación extraído al S.P.C. “LAMPARD”,
que se clasificara segundo en la 11ª carrera del día 10 de setiembre p.pdo., del que resulta una
infracción a lo determinado en el Artículo 25, Inciso II ap. d) del Reglamento General de
Carreras - TRATAMIENTO TERAPEUTICO NO AUTORIZADO – Que, habiendo el
entrenador desistido expresamente del análisis del “frasco testigo” y presentando el descargo
pertinente, donde manifiesta haber medicado al citado ejemplar surgiendo de su investigación que
el producto utilizado contiene la droga originante del resultado positivo informado por el
Laboratorio Químico.
Que, ante lo establecido en el Artículo 33, Inciso I del Reglamento General de Carreras, en el
sentido de la responsabilidad que le cabe al entrenador y que el descargo efectuado no desvirtúa
la aplicación de las normas vigentes.

LA COMISION DE CARRERAS RESUELVE

1º) SUSPENDER por el término de dos (2) meses, desde su sanción provisional (18 de
setiembre p.pdo.) y hasta el 17 de noviembre de 2010 inclusive, al Entrenador Dn. JORGE
A. HERRERA.
Artículo 25, Inciso II ap d) e Inciso VII ap d), del Reglamento General de Carreras.

2º) SUSPENDER por el término de un (1) mes, desde su sanción provisional (18 de setiembre
p.pdo.) y hasta el 17 de octubre de 2010 inclusive, al S.P.C. “LAMPARD”.

3º) Distanciar a los efectos del premio al mencionado S.P.C. modificando el marcador de la
siguiente forma:

1º) EPIROS                       5º) AKBAR
2º) AGUARETON             6º) VISTOSO DEL ALBA
3º) EL MAS ANDALUZ    7º) MEDALLERO
4º) INDISCUTIDO           8º) ALISIO

4º) Comuníquese y dese a publicidad.

Más información:
Hipódromo

HIPODROMO DE SAN ISIDRO - ARGENTINA

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