Viernes 5 de Junio de 2015

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Arenas movedizas

RESOLUCIONES ADOPTADAS POR LA COMISIÓN DE CARRERAS

Resoluciónes adoptadas por la comisión de carreras del Hipódromo de Palermo en su sesión del día 4 de Junio del 2015

por Comisiòn de Carreras

JOCKEYS Y JOCKEY APRENDICES

SUSPENDER: por el término de dos (2) reuniones, que se computarán los días sábado 13 y domingo 14 de junio próximo, al jockey ANIBAL J. CABRERA, por perder su línea a partir de los 200 metros finales de la 11ª carrera de día viernes 29 de mayo ppdo., provocando molestias a otro competidor, conduciendo al S.P.C. “TORMENTA STRIPES”, lo que motivó su distanciamiento del 2do al 4to puesto del marcador.-

SUSPENDER: por el término de una (1) reunión, que se computará el día sábado 13 de junio próximo, al jockey ANIBAL A. MORUA, por no mantener su línea en la largada y molestias ocasionadas a otro competidor en los 500 metros finales de la 10ª carrera de día viernes 29 de mayo ppdo., conduciendo al S.P.C. “SI ME TOCA”.-

MULTAR: en la suma de $ 300.-, al jockey aprendiz MARTIN D. GONZALEZ, por haber registrado 1,200 kg. de más al realizar su peso neto, luego de disputada la 3ª carrera del día domingo 31 de mayo ppdo., donde condujo al S.P.C. “REINA DE VAL”, y ser reincidente en este tipo de faltas.-

MULTAR: en la suma de $ 200.-, al jockey PABLO G. FALERO, por haber registrado 800 grs., de más al realizar su peso neto, luego de disputada la 4ª carrera del día domingo 31 de mayo ppdo., donde condujo al S.P.C. “LADY SUNRAY”, y ser reincidente en este tipo de falta.-

MULTAR: en la suma de $ 300.-, al jockey GUSTAVO E. CALVENTE, por haber registrado 1,000 kg. de más al realizar su peso neto, luego de disputada la 12ª carrera del día domingo 31 de mayo ppdo., donde condujo al S.P.C. “GRAN EIBARRES”, y ser reincidente en este tipo de faltas.-

SUSPENDER: por el término de una (1) reunión, que se computará el día sábado 13 de junio próximo, al jockey MATIAS N. FERREYRA, por haberse excedido en el peso establecido en el programa oficial para competir con el S.P.C. “SEX FOR CASH”, en la 6ª carrera del día lunes 1º de junio ppdo., hecho éste que motivara el no cumplimiento del compromiso de monta; y por haber registrado 700 grs., de más, al realizar su peso neto, luego de disputada la 12ª carrera del mismo día, donde condujo al S.P.C. “FABULOSO ILIZE” y ser reincidente en este tipo de faltas.-

MULTAR: en la suma de $ 400.-, al jockey LUCAS A. GONZALEZ, por haber registrado 1,500 kg. de más al realizar su peso neto, luego de disputada la 15ª carrera del día lunes 1º de junio ppdo., donde condujo al S.P.C. “AMANTE LATINA”, y ser reincidente en este tipo de faltas.-

APERCIBIR: al jockey aprendiz IVAN MARCELO ZAPATA, por la demora incurrida al no haberse presentado a realizar el pesaje oficial, en tiempo y forma, sin ninguna causa que pueda justificarse, luego de disputada la 5ª carrera del día lunes 1º de junio ppdo., donde condujo al S.P.C. “SUMMER ICE”.-

E N T R E N A D O R E S

MULTAR: en la suma de $ 300.-, al entrenador s.p.c. D. RICARDO D. IBARRA, por la responsabilidad que le cupo en la presentación del compromiso de monta para el S.P.C. “SOUTHERN BELLE”, inscripto en la 4ª carrera del día viernes 29 de mayo ppdo., sin la firma del jockey aprendiz LEONARDO M. ROA, hecho éste que derivara con un cambio de monta en la Sala de Ratificaciones el día de la carrera.-

MULTAR: en la suma $ 150.-, al entrenador s.p.c. D. LORENZO R. DUARTE, por la responsabilidad que le cupo en la presentación del compromiso de monta para el S.P.C. “SEBRINE”, inscripto en la 2ª carrera del día domingo 31 de mayo ppdo., sin la firma del jockey DANIEL E. NUÑEZ, hecho éste que derivara con un cambio de monta en la Sala de Ratificaciones el día de la carrera y reincidente.-

MULTAR: en la suma de $ 300.- al entrenador s.p.c. D. ELIO A. HERRERA, por la responsabilidad que le cupo en la presentación del compromiso de monta para el S.P.C. “QUE GURI FAD”, inscripto en la 6ª carrera del día lunes 1º de junio ppdo., sin la firma del jockey aprendiz JAVIER R. MUÑOZ, hecho éste que derivara con un cambio de monta en la Sala de Ratificaciones el día de la carrera y ser reincidente en este tipo de faltas.-

P R O P I E T A R I O S

MULTAR: en la suma de $ 400.- al titular de la caballeriza “CUMENEYEN” (LA PLATA), por no haber tomado los recaudos pertinentes para que el S.P.C. “ALLE KINDA” a cargo del entrenador s.p.c. D. RICARDO D. IBARRA e inscripto en la 4ª carrera del día viernes 29 de mayo ppdo., contara con la documentación reglamentaria habilitante para participar de la mencionada prueba; motivo por el cual, debió ser retirado e INHABILITAR al mencionado S.P.C. para hacerlo correr en el Hipódromo Argentino de Palermo hasta tanto no posea la documentación correspondiente, emitida por el Stud Book Argentino, no pudiendo competir en las carreras ya programadas. Artículo 20, Inciso VII, del Reglamento General de Carreras.-

MULTAR: en la suma de $ 400.- al titular de la caballeriza “DON JOSE” (AZUL), por no haber tomado los recaudos pertinentes para que el S.P.C. “QUEEN’S SPEED” a cargo del entrenador s.p.c. D. HUGO G. PORCEL e inscripto en la 4ª carrera del día domingo 31 de mayo ppdo., contara con la documentación reglamentaria habilitante para participar de la mencionada prueba; motivo por el cual, debió ser retirado e INHABILITAR al mencionado S.P.C. para hacerlo correr en el Hipódromo Argentino de Palermo hasta tanto no posea la documentación correspondiente, emitida por el Stud Book Argentino, no pudiendo competir en las carreras ya programadas. Artículo 20, Inciso VII, del Reglamento General de Carreras.-

MULTAR: en la suma de $ 400.- al titular de la caballeriza “EZEQUIEL” (RIO IV), por no haber tomado los recaudos pertinentes para que el S.P.C. “BARBOUR” a cargo del entrenador s.p.c. D. OSVALDO R. PALANDRI e inscripto en la 7ª carrera del día domingo 31 de mayo ppdo., contara con la documentación reglamentaria habilitante para participar de la mencionada prueba; motivo por el cual, debió ser retirado e INHABILITAR al mencionado S.P.C. para hacerlo correr en el Hipódromo Argentino de Palermo hasta tanto no posea la documentación correspondiente, emitida por el Stud Book Argentino, no pudiendo competir en las carreras ya programadas. Artículo 20, Inciso VII, del Reglamento General de Carreras.-

MULTAR: en la suma de $ 400.- al titular de la caballeriza “NIKY BETY” (AZUL), por no haber tomado los recaudos pertinentes para que el S.P.C. “DAME EL VUELTO” a cargo del entrenador s.p.c. D. DELFOR F. NOSETTI e inscripto en la 5ª carrera del día lunes 1º de junio ppdo., contara con la documentación reglamentaria habilitante para participar de la mencionada prueba; motivo por el cual, debió ser retirado e INHABILITAR al mencionado S.P.C. para hacerlo correr en el Hipódromo Argentino de Palermo hasta tanto no posea la documentación correspondiente, emitida por el Stud Book Argentino, no pudiendo competir en las carreras ya programadas. Artículo 20, Inciso VII, del Reglamento General de Carreras.-

Buenos Aires, 4 de junio de 2015.-

VISTO el informe elevado por el Laboratorio de Control Doping (CeNARD) en relación con el análisis del material extraído al S.P.C. “CASUAL LA”, que participara de la 4ª carrera del día sábado 9 de mayo ppdo.; y,

CONSIDERANDO:

Que, el día 29 de mayo ppdo., se procedió a la apertura del “frasco control” en el Laboratorio Químico del CeNARD con la presencia del Señor Entrenador s.p.c. D. Carlos E. Aguirre y el representante de Lotería Nacional Sociedad del Estado Señor Ezequiel Vera;

Que, los análisis efectuados sobre la orina contenida en el “frasco control”, ratifican los resultados obtenidos originariamente, presencias de sustancias prohibidas por el Reglamento General de Carreras encuadrada en la 3ª categoría (Artículo 36, Inciso VII); según acta Nº 096/1505 del Laboratorio Control de Antidoping (CeNARD);

Que, esa circunstancia viola el Artículo 36 Inciso VII, Segundo Párrafo del Reglamento General de Carreras;

Que, habiéndosele notificado al señor entrenador que se le concedían tres días a efectos de aportar los descargos y demás peticiones que hacen a su derecho de defensa, el mismo se notificó del resultado de la contraprueba, y realizó su presentación en tiempo y forma;

Que, en consecuencia, leído su descargo y una vez analizado todo lo actuado, de acuerdo a lo previsto por los Incisos VIII y XIV de la mencionada norma;

La Comisión de Carreras en su sesión del día de la fecha:

R E S U E L V E:

1º.- Suspender por el término de un (1) mes, que se computará desde el día 20 de mayo ppdo. y hasta el 19 de junio próximo inclusive, al entrenador s.p.c. D. CARLOS E. AGUIRRE;

2º.- Suspender, hasta el 8 de junio próximo inclusive, al S.P.C. “CASUAL LA”;

3º.- Distanciar del marcador de la 4ª carrera del día sábado 9 de mayo ppdo., al S.P.C. “CASUAL LA”, quedando como definitivo de la manera que sigue: primero “ALTANERA FITZ”; segundo “ILDIVA”, tercero “LA LOZANIA”, cuarto “BEAUTY CAUSE” y quinto “SOUTHERN START”.-

 

 

Más información:
Hipódromo

HIPODROMO DE PALERMO - ARGENTINA

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