Domingo 12 de Julio de 2015

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Arenas movedizas

RESOLUCIONES ADOPTADAS POR LA COMISIÓN DE CARRERAS

Resoluciónes adoptadas por la comisión de carreras del Hipódromo de Palermo en su sesión del día 10 de Julio del 2015

por Comisiòn de Carreras

JOCKEYS Y JOCKEY APRENDICES

MULTAR: en la suma de $ 200.-, al jockey MAXIMILIANO ASERITO, por haber registrado 1.100 kg. de más al realizar su peso neto, luego de disputada la 1ª carrera del día sábado 4 julio ppdo., donde condujo al S.P.C. “CHAKA PAROLE”.-

MULTAR: en la suma de $ 200.-, al jockey aprendiz JOSE G. NORIEGA, por haber registrado 1.200 kg. de más al realizar su peso neto, luego de disputada la 2ª carrera del día sábado 4 julio ppdo., donde condujo al S.P.C. “ATENTI”.-

SUSPENDER: por el término de una (1) reunión, que se computará el día viernes 17 de julio próximo, al jockey DARIO E. GAUNA, por haber registrado 1.900 kg. de más al realizar su peso neto, luego de disputada la 4ª carrera del día sábado 4 de julio ppdo., donde condujo al S.P.C. “POBRE LOLO”.-

SUSPENDER: por el término de una (1) reunión, que se computará el día viernes 17 de julio próximo, al jockey GERONIMO J. GARCIA, por haber registrado 900 grs. y 1.100 kg. de más al realizar su peso neto, luego de disputadas la 11ª y 10ª carreras de los días sábado 4 y lunes 6 de julio ppdo., donde condujo a los S.P.C. “FESTY HOLIDAY” y “ATRINCHERADA”, respectivamente y ser reincidente en este tipo de faltas.-

SUSPENDER: por el término de dos (2) reuniones que se computará el día viernes 17 y sábado 18 de julio próximo, al jockey DIEGO E. ACUÑA, por haber registrado 2.300 kg. de más al realizar su peso neto, luego de disputadas la 13ª carrera del día sábado 4 de julio ppdo., donde condujo al S.P.C. “EL VENTOLERO”, y ser reincidente en este tipo de falta.-

MULTAR: en la suma de $ 500.-, al jockey JONATAN I. CABRAL, por haber registrado 1.700 kg. de más al realizar su peso neto, luego de disputada la 6ª carrera del día lunes 6 de julio ppdo., donde condujo al S.P.C. “GALDAKAO”, y ser reincidente en este tipo de faltas.-

MULTAR: en la suma de $ 200.-, al jockey DIEGO A. GOMEZ, por haber registrado 1.100 kg. de más al realizar su peso neto, luego de disputada la 6ª carrera del día lunes 6 de julio ppdo., donde condujo al S.P.C. “SUPER MISSION”, y ser reincidente en este tipo de faltas.-

MULTAR: en la suma de $ 300, al jockey EDWIN R. TALAVERANO, por haberse presentado fuera del horario reglamentario al recinto de la balanza, no cumpliendo de esa forma con el compromiso de monta contraído, en la 3ª carrera del día sábado 4 de julio ppdo., donde debía conducir al S.P.C. “AKATIZIA”, hecho éste que motivara realizar un cambio de monta en Sala de Ratificaciones.-

MULTAR: en la suma de $ 500.-, al jockey aprendiz ROBERTO D. ROBLEDO, por no haber dado cumplimiento al compromiso de monta suscripto, sin ninguna causa que lo justifique, para la reunión del día lunes 6 de julio ppdo., donde debía conducir en la 10ª carrera al S.P.C. “WOMAN REWARD”.-

MULTAR: en la suma de $ 200.-, al jockey PABLO D. ARENAS, por haber realizado el paseo preliminar en forma antirreglamentaria en la 2ª carrera del día sábado 4 de julio ppdo., donde condujo al S.P.C. “ONLY IN MY DREAMS” y ser reincidente en este tipo de faltas.-

E N T R E N A D O R E S

MULTAR: en la suma de $ 500.-, al entrenador s.p.c. D. ESGARDO O. MARTUCCI, por no haber cumplido con las reglamentaciones vigentes en relación a la presentación del certificado de medicación autorizada (FUROSEMIDA) del S.P.C. “SWEET EXCHANGE”, inscripto en la 1ª carrera de la reunión del día domingo 28 de junio ppdo..-

MULTAR: en la suma de $ 500.-, al entrenador s.p.c. D. SANTIAGO A. VALDEZ, por no haber cumplido con las reglamentaciones vigentes en relación a la presentación del certificado de medicación autorizada (FUROSEMIDA) del S.P.C. “ROMANCER”, inscripto en la 6ª carrera de la reunión del día domingo 28 de junio ppdo..-

MULTAR en la suma de $ 500.-, al entrenador RICARDO J. MONTERO por no adoptar los recaudos pertinentes para la participación del S.P.C. “DURC”, en la 6ª carrera del día lunes 6 de julio ppdo., habiéndolo presentado a correr sin la documentación sanitaria habilitante, motivo por el cual debió ser retirado.-

MULTAR: en la suma de $ 300.-, al entrenador s.p.c. D. ELIO A. HERRERA, por la responsabilidad que le cupo en la presentación del compromiso de monta para el S.P.C. “MISS MELLO”, inscripto en la 2ª carrera del día sábado 4 de julio ppdo., sin la firma del jockey aprendiz JAVIER R. MUÑOZ, hecho éste que derivara con un cambio de monta en la Sala de Ratificaciones el día de la carrera y ser reincidente.-

MULTAR: en la suma de $ 150.-, al entrenador s.p.c. D. RAUL A. ARREDONDO, por la responsabilidad que le cupo en la presentación del compromiso de monta para el S.P.C. “JOHN ROY”, inscripto en la 4ª carrera del día sábado 4 de julio ppdo., sin la firma del jockey aprendiz LUCAS D. CARONNI, hecho éste que derivara con un cambio de monta en la Sala de Ratificaciones el día de la carrera y ser reincidente.-

MULTAR: en la suma de $ 300.-, al entrenador s.p.c. D. PABLO A. SAGUILLO, por la responsabilidad que le cupo en la presentación del compromiso de monta para el S.P.C. “IRENEA”, inscripto en la 6ª carrera del día sábado 4 de julio ppdo., sin la firma del jockey aprendiz DIEGO IVAN MONTES DE OCA, hecho éste que derivara con un cambio de monta en la Sala de Ratificaciones el día de la carrera y ser reincidente.-

MULTAR: en la suma de $ 300.- al entrenador s.p.c. D. JORGE O.ROLDAN, por la responsabilidad que le cupo en la presentación del compromiso de monta para el S.P.C. “LEON SANTAFECINO”, inscripto en la 16ª carrera del día sábado 4 de julio ppdo., sin la firma del jockey MAURO A. PALACIOS, hecho éste que derivara con un cambio de monta en la Sala de Ratificaciones el día de la carrera y ser reincidente.-

E N T R E N A D O R Y S. P. C.

MULTAR: en la suma de $ 1.000.-, al entrenador s.p.c. D. DANIEL W. AMIONE, por no haber adoptado los recaudos pertinentes para informar sobre la no participación del S.P.C. “GLADIADOR BUN”, inscripto en la 8ª carrera del día sábado 4 de julio ppdo.; e INHABILITAR: al mencionado ejemplar por el término de quince (15) días, hasta el 18 de julio próximo inclusive. Hacerle saber al citado entrenador que para anotar y hacer correr caballos a su cargo en el Hipódromo Argentino de Palermo, deberá previamente solicitar la debida autorización.-

MULTAR: en la suma de $ 1.000.-, al entrenador s.p.c. D. CARLOS L. FERRERO, por no haber adoptado los recaudos pertinentes para informar sobre la no participación del S.P.C. “BLUSHER”, inscripto en la 13ª carrera del día sábado 4 de julio ppdo.; e INHABILITAR: al mencionado ejemplar por el término de quince (15) días, hasta el 18 de julio próximo inclusive. Hacerle saber al citado entrenador que para anotar y hacer correr caballos a su cargo en el Hipódromo Argentino de Palermo, deberá previamente solicitar la debida autorización.-

P R O P I E T A R I O S

MULTAR: en la suma de $ 400.- al titular de la caballeriza “AMADO SUEÑO” (AZUL) por no haber tomado los recaudos pertinentes para que el S.P.C. “NIGHT PASSION”, a cargo del entrenador s.p.c. D. MARTIN A. FLUSQUES e inscripto en la 8ª carrera del día sábado 4 de julio ppdo., contara con la documentación reglamentaria habilitante para participar de la mencionada prueba; motivo por el cual, debió ser retirado e INHABILITAR al mencionado S.P.C. para hacerlo correr en el Hipódromo Argentino de Palermo hasta tanto no posea la documentación correspondiente, emitida por el Stud Book Argentino, no pudiendo competir en las carreras ya programadas. Artículo 20, Inciso VII, del Reglamento General de Carreras.-

MULTAR: en la suma de $ 400.- al titular de la caballeriza “SOY FABRICIO” (LA PLATA) por no haber tomado los recaudos pertinentes para que el S.P.C. “FLAG FAVORITA”, a cargo del entrenador s.p.c. D. OCTAVIO A. ITURRI e inscripto en la 4ª carrera del día lunes 6 de julio ppdo., contara con la documentación reglamentaria habilitante para participar de la mencionada prueba; motivo por el cual, debió ser retirado e INHABILITAR al mencionado S.P.C. para hacerlo correr en el Hipódromo Argentino de Palermo hasta tanto no posea la documentación correspondiente, emitida por el Stud Book Argentino, no pudiendo competir en las carreras ya programadas. Artículo 20, Inciso VII, del Reglamento General de Carreras.-

Más información:
Hipódromo

HIPODROMO DE PALERMO - ARGENTINA

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