Viernes 12 de Febrero de 2016

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Arenas movedizas

RESOLUCIONES ADOPTADAS POR LA COMISION DE CARRERAS

Resoluciónes adoptadas por la comisión de carreras del Hipódromo de Palermo en su sesión del día 11 de Febrero del 2016

por Comisión de Carreras

JOCKEYS Y JOCKEYS APRENDICES

SUSPENDER: por el término de dos (2) reuniones, que se computarán los días sábado 20 y domingo 21 de febrero próximo, al jockey aprendiz FRANCO A. CALVENTE, por perder su línea a partir de los 300 metros finales de la 8ª carrera de día domingo 7 de febrero ppdo., provocando molestias a otro competidor, conduciendo al S.P.C. “DINAH GIRL”, lo que motivó su distanciamiento del 1er al 2do puesto del marcador.-

MULTAR: en la suma de $ 800.-, al jockey RAMIRO R. BARRUECO, por haber registrado 900 grs., de menos al realizar su peso neto, luego de disputada la 3ª carrera del día viernes 5 de febrero ppdo., donde condujo al S.P.C. “PERFECT WARRIOR”.-

MULTAR: en la suma de $ 800.-, al jockey PABLO D. ARENAS, por haber registrado 1,000 kg., de más al realizar su peso neto, luego de disputada la 13ª carrera del día viernes 5 de febrero ppdo., donde condujo al S.P.C. “CAPRILE” y ser reincidente en este tipo de faltas.-

MULTAR: en la suma de $ 500.-, al jockey aprendiz EZEQUIEL O. CASTRO, por haber registrado 900 grs., de más al realizar su peso neto, luego de disputada la 4ª carrera del día lunes 8 de febrero ppdo., donde condujo al S.P.C. “MARILUZ PLUS” y ser reincidente en este tipo de faltas.-

MULTAR: en la suma de $ 300.-, al jockey MARIANO R. PALACIOS, por haber realizado el paseo preliminar en forma antirreglamentaria en la 3ª carrera del día viernes 5 de febrero ppdo., donde condujo al S.P.C. “DISTINGUIDA” y ser reincidente en este tipo de faltas.-

MULTAR: en la suma de $ 300.-, al jockey aprendiz EMILIANO F. SINIANI, por haber realizado el paseo preliminar en forma antirreglamentaria en la 3ª y 5ª carreras del día viernes 5 y la 3ª carrera del día lunes 8 de febrero ppdo., donde condujo a los S.P.C. “SR. MARCELO”, “ANTUMAPU” y “SOY FORTUNITA”, respectivamente.-

APERCIBIR SEVERAMENTE: al jockey aprendiz GUSTAVO N. VILLALBA, por haber realizado el paseo preliminar en forma antirreglamentaria en las 5ª y 12ª carreras del día viernes 5 de febrero ppdo., donde condujo a los S.P.C. “RED PET” y “TOP AFFAIR”, respectivamente y ser reincidente en este tipo de faltas.-

APERCIBIR SEVERAMENTE: al jockey aprendiz EZEQUIEL O. CASTRO, por haber realizado el paseo preliminar en forma antirreglamentaria en la 4ª carrera del día lunes 8 de febrero ppdo., donde condujo al S.P.C. “MARILUZ PLUS” y ser reincidente en este tipo de faltas.-

MULTAR: en la suma de $ 500.-, al jockey JOSE ERNESTO LEONARDO, por haber realizado el paseo preliminar en forma antirreglamentaria en la 10ª y 12ª carreras del día viernes 5 de febrero ppdo., donde condujo a los S.P.C. “EMPORIOARMANI” y “CAPULETO”, respectivamente y ser reincidente en este tipo de faltas.-

MULTAR: en la suma de $ 800.-, al jockey JUAN A. MARQUEZ, por no haber dado cumplimiento al compromiso de monta suscripto, sin ninguna causa que lo justifique, para la reunión del día sábado 30 de enero ppdo., donde debía conducir en la 6ª carrera al S.P.C. “GOLDEN MASTER”.-

E N T R E N A D O R E S

MULTAR: en la suma de $ 500.-, a la entrenadora s.p.c. Da. ELDA R. RODRIGUEZ, por la responsabilidad que le cupo en la presentación del compromiso de monta del S.P.C. “PROMO STRIPES”, inscripto en la 6ª carrera del día viernes 5 de febrero ppdo., sin la firma del jockey aprendiz JOSE E. GOMEZ, hecho que derivara con un cambio de monta en Sala de Ratificaciones el día de la carrera y ser reincidente en este tipo de faltas.-

MULTAR: en la suma de 500.-, al entrenador s.p.c. D. FERNANDO C. PANET, por la responsabilidad que le cupo en la presentación del compromiso de monta del S.P.C. “BEST METALURGICO”, inscripto en la 14ª carrera del día domingo 7 de febrero ppdo., sin la firma del jockey DARIO E. GAUNA, hecho que derivara con un cambio de monta en Sala de Ratificaciones el día de la carrera y ser reincidente en este tipo de faltas.-

MULTAR: en la suma de $ 300.-, al entrenador s.p.c. D. HECTOR G. VELIZ, por la responsabilidad que le cupo en la presentación del compromiso de monta del S.P.C. “MOEBIANA”, inscripto en la 14ª carrera del día viernes 5 de febrero ppdo., sin la firma del jockey RAMON ACUÑA CANDIA, hecho que derivara con un cambio de monta en Sala de Ratificaciones el día de la carrera y ser reincidente en este tipo de faltas.-

P R O P I E T A R I O S

MULTAR: en la suma de $ 500.-, al titular de la caballeriza “LA JOAQUINA” (AZUL), por no haber tomado los recaudos pertinentes para que el S.P.C. “PURA MASTER”, a cargo del entrenador s.p.c. D. ALBERTO M. CALCAGNO, e inscripto en la 9ª carrera del día domingo 7 de febrero ppdo., contara con la documentación reglamentaria habilitante para participar de la mencionada prueba; motivo por el cual, debió ser retirado e INHABILITAR al mencionado S.P.C. para hacerlo correr en el Hipódromo Argentino de Palermo hasta tanto no posea la documentación correspondiente, emitida por el Stud Book Argentino, no pudiendo competir en las carreras ya programadas. Artículo 20, Inciso VII, del Reglamento General de Carreras.-

S T A R T E R

SUSPENDER: a solicitud del Starter al S.P.C. “WILD AND FAST”, a cargo del entrenador s.p.c. D. RICARDO D. IBARRA, por negarse a ingresar al partidor, motivo por el cual el ejemplar debió ser retirado de la 9ª carrera del día viernes 5 de febrero ppdo. Para actuar nuevamente en este hipódromo, deberán transcurrir treinta (30) días (desde el día 5 de febrero ppdo., y hasta día 5 de marzo próximo inclusive) y obtener el V°B° del Starter Oficial del Hipódromo Argentino de Palermo.-

SUSPENDER: a solicitud del Starter al S.P.C. “CARILINDO”, a cargo del entrenador s.p.c. D. MARIO A. BERNS, por no dar partida en la 4ª carrera del día domingo 7 de febrero ppdo. Para actuar nuevamente en este hipódromo, deberán transcurrir treinta (30) días (desde el día 7 de febrero ppdo., y hasta día 7 de marzo próximo inclusive) y obtener el V°B° del Starter Oficial del Hipódromo Argentino de Palermo.-

SUSPENDER: a solicitud del Starter al S.P.C. “LADY SUNRAY”, a cargo del entrenador s.p.c. D. JUAN L. PANIZZA, por no dar partida en la 2ª carrera del día lunes 8 de febrero ppdo. Para actuar nuevamente en este hipódromo, deberán transcurrir treinta (30) días (desde el día 8 de febrero ppdo., y hasta día 8 de marzo próximo inclusive) y obtener el V°B° del Starter Oficial del Hipódromo Argentino de Palermo.-

SUSPENDER: a solicitud del Starter al S.P.C. “BREAK THE CHECK”, a cargo del entrenador de s.p.c. D. RUBEN O. SOSA, por su manifiesta indocilidad dentro del partidor, demorando la largada de la 4ª carrera del día lunes 8 de febrero ppdo. Para actuar nuevamente en este hipódromo, deberán transcurrir treinta (30) días (desde el día 8 de febrero ppdo., y hasta día 8 de marzo próximo inclusive) y obtener el V°B° del Starter Oficial del Hipódromo Argentino de Palermo.-

VISTO el informe elevado por el Laboratorio de Control de Doping (CeNARD) en relación con el análisis del material extraído al S.P.C. “FRANCE SEATTLE”, que participara de la 13ª carrera del día sábado 26 de diciembre de 2015.; y,

CONSIDERANDO:

Que, el día 29 de enero ppdo., se procedió a la apertura del “frasco control” en el Laboratorio Químico del CeNARD con la presencia del Representante de la Gremial de Profesionales del Turf, D. Miguel Ángel Sola, en representación del Señor Entrenador s.p.c. D. Carlos A. Casi que lo autorizara por nota y el representante de Lotería Nacional Sociedad del Estado, Señor Ezequiel Vera;

Que, los análisis efectuados sobre la orina contenida en los “frascos control”, ratifican los resultados obtenidos originariamente, presencias de sustancias prohibidas por el Reglamento General de Carreras encuadrada en la 1ª categoría (Artículo 36, Inciso VII); según actas Nº 271/1512 del Laboratorio Control de Antidoping (CeNARD);

Que, esa circunstancia viola el Artículo 36 Inciso VII, Segundo Párrafo del Reglamento General de Carreras;

Que, habiéndosele notificado al señor entrenador que se le concedían tres días a efectos de aportar los descargos y demás peticiones que hacen a su derecho de defensa, el mismo se notificó del resultado de la contraprueba, no agregando otros elementos;

Que, en consecuencia, y una vez analizado todo lo actuado, y de acuerdo a lo previsto por los Incisos VIII y XIV de la mencionada norma;

La Comisión de Carreras en su sesión del día de la fecha:

R E S U E L V E:

1º.- Suspender por el término de un (1) año se computará desde el día 8 de enero ppdo., y hasta el día 7 de enero de 2017 inclusive, al entrenador s.p.c. D. CARLOS A. CASI;

2º.- Suspender por el término de seis (6) meses, que se computara desde el día 8 de enero ppdo., y hasta el 7 de julio próximo inclusive, al S.P.C. “FRANCE SEATTLE”;

3º.- Distanciar del marcador de la 13ª carrera del día sábado 26 de diciembre ppdo., al S.P.C. “FRANCE SEATTLE”, quedando como definitivo de la manera que sigue: primero “SPICE START”; segundo “MALBICHO SAM”, tercero “RED TIME”, cuarto “BIEN AVENTURADO” y quinto “LOLITO SLAM”.-

4º.- Notificar de la presente resolución a los interesados.-

VISTO el informe elevado por el Laboratorio de Control de Doping (CeNARD) en relación con el análisis del material extraído al S.P.C. “AL MASUD”, que participara de la 12ª carrera del día domingo 3 de enero de 2016.; y,

CONSIDERANDO:

Que, el día 3 de febrero ppdo., se procedió a la apertura del “frasco control” en el Laboratorio Químico del CeNARD con la presencia del Representante de la Gremial de Profesionales del Turf, D. Miguel Ángel Sola, en representación del Señor Entrenador s.p.c. D. Rubén A. Boretto que lo autorizara por nota y el representante de Lotería Nacional Sociedad del Estado, Señor Ezequiel Vera;

Que, los análisis efectuados sobre la orina contenida en los “frascos control”, ratifican los resultados obtenidos originariamente, presencias de sustancias prohibidas por el Reglamento General de Carreras encuadrada en la 2ª categoría (Artículo 36, Inciso VII); según actas Nº 001/1601 del Laboratorio Control de Antidoping (CeNARD);

Que, esa circunstancia viola el Artículo 36 Inciso VII, Segundo Párrafo del Reglamento General de Carreras;

Que, habiéndosele notificado al señor entrenador que se le concedían tres días a efectos de aportar los descargos y demás peticiones que hacen a su derecho de defensa, el mismo se notificó del resultado de la contraprueba, no agregando otros elementos;

Qué, asimismo es de destacar que el Sr. Boretto, posee en su legajo antecedentes de infracción del Artículo 36, por tratamientos no autorizados;

Que, en consecuencia, y una vez analizado todo lo actuado, y de acuerdo a lo previsto por los Incisos VIII y XIV de la mencionada norma;

La Comisión de Carreras en su sesión del día de la fecha:

R E S U E L V E:

1º.- Suspender por el término de ocho (8) meses, se computarán desde el día 13 de enero ppdo., y hasta el día 12 de septiembre próximo inclusive, al entrenador s.p.c. D. RUBEN A. BORETTO;

2º.- Suspender por el término de cuatro (4) meses, que se computara desde el día 13 de enero ppdo., y hasta el 12 de mayo próximo inclusive, al S.P.C. “AL MASUD”;

3º.- Distanciar del marcador de la 12ª carrera del día domingo 3 de enero ppdo., al S.P.C. “AL MASUD”, quedando como definitivo de la manera que sigue: primero “TOP AFFAIR”; segundo “PAST LIFE”, tercero “JOHN DILLINGER”, cuarto “CRAZY LOUIS” y quinto “RED REWARD”.-

4º.- Notificar de la presente resolución a los interesados.-

Más información:
Hipódromo

HIPODROMO DE PALERMO - ARGENTINA

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