Viernes 8 de Abril de 2016

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Arenas movedizas

RESOLUCIONES ADOPTADAS POR LA COMISION DE CARRERAS

Resoluciónes adoptadas por la comisión de carreras del Hipódromo de Palermo en su sesión del día 7 de Abril del 2016

por Comisiòn de Carreras

JOCKEYS Y JOCKEY APRENDICES

SUSPENDER: por el término dos (2) reuniones, que se computarán los días viernes 15 y sábado 16 de abril próximo, al jockey aprendiz CRISTIAN A. MONTOYA, por perder su línea en la largada de la 14ª carrera de día sábado 2 de abril ppdo., provocando molestias a otro competidor, conduciendo al S.P.C “BONITO LAKE”, lo que motivó su distanciamiento del 1er al 2do puesto del marcador.-

SUSPENDER: por el término de una (1) reunión, que se computará el día viernes 15 de abril próximo, al jockey ANIBAL J. CABRERA, por perder su línea en los tramos finales de la 8ª carrera del día jueves 31 de marzo ppdo., provocando molestias a otros competidores, conduciendo al S.P.C. “SARONICO ISLAND”.-

MULTAR: en la suma de $ 500.-, al jockey JORGE A. RICARDO, por haberse presentado fuera del horario reglamentario al recinto de la balanza, no cumpliendo de esa forma con el compromiso de monta contraído en la 6ª carrera del día lunes 4 de abril ppdo., donde debía conducir al S.P.C. “GO PACERS GO”, hecho que motivara realizar un cambio de monta en Sala de Ratificaciones.-

MULTAR: en la suma de $ 800.-, al jockey MARCELO A. LUNA, por haberse excedido en el peso establecido en el programa oficial para competir con el S.P.C. “SEÑORA DE AVE”, en la 13ª carrera del día lunes 4 de abril ppdo., hecho que motivara el no cumplimiento del compromiso de monta y ser reincidente en este tipo de faltas.-

E N T R E N A D O R E S

MULTAR: en la suma de $ 500.-, al entrenador s.p.c. D. LUIS J. DUGGAN, por la responsabilidad que le cupo en la presentación del compromiso de monta del S.P.C. “CHE FRAN”, inscripto en la 15ª carrera del día sábado 2 de abril ppdo.-

MULTAR: en la suma de $ 500.-, al entrenador s.p.c. D. EUSONIO V. BONI, por la responsabilidad que le cupo en la presentación del compromiso de monta del S.P.C. “PURE PALERMO”, inscripto en la 9ª carrera del día jueves 31 de marzo ppdo., sin la firma del jockey aprendiz EMILIANO A. FERREIRA PEREZ, hecho que derivara con un cambio de monta en Sala de Ratificaciones el día de la carrera y ser reincidente en este tipo de faltas.-

MULTAR: en la suma de $ 500.-, al entrenador s.p.c. D. OSCAR A. KALK, por la responsabilidad que le cupo en la presentación del compromiso de monta del S.P.C. “LABIOS DE RUBI”, inscripto en la 3ª carrera del día sábado 2 de abril ppdo., sin la firma del jockey DAMIAN RAMELLA, hecho que derivara con un cambio de monta en Sala de Ratificaciones el día de la carrera y ser reincidente en este tipo de faltas.-

P R O P I E T A R I O S

MULTAR: en la suma de $ 500.-, al titular de la caballeriza “ST. HS. LOS GAUCHOS” (LA PLATA), por no haber tomado los recaudos pertinentes para que el S.P.C. “SE VA DE BOCA”, a cargo del entrenador s.p.c. D. RAUL J. S. RODRIGUEZ, e inscripto en la 15ª carrera del día sábado 2 de abril ppdo., contara con la documentación reglamentaria habilitante para participar de la mencionada prueba; motivo por el cual, debió ser retirado e INHABILITAR al mencionado S.P.C. para hacerlo correr en el Hipódromo Argentino de Palermo hasta tanto no posea la documentación correspondiente, emitida por el Stud Book Argentino, no pudiendo competir en las carreras ya programadas. Artículo 20, Inciso VII, del Reglamento General de Carreras.-

MULTAR: en la suma de $ 500.-, al titular de la caballeriza “TRAGO AMARGO”, por no haber tomado los recaudos pertinentes para que el S.P.C. “ENIGMATICA FREUD”, a cargo del entrenador s.p.c. D. JOSE LUIS FERNANDEZ, e inscripto en la 14ª carrera del día lunes 4 de abril ppdo., contara con la documentación reglamentaria habilitante para participar de la mencionada prueba; motivo por el cual, debió ser retirado e INHABILITAR al mencionado S.P.C. para hacerlo correr en el Hipódromo Argentino de Palermo hasta tanto no posea la documentación correspondiente, emitida por el Stud Book Argentino, no pudiendo competir en las carreras ya programadas. Artículo 20, Inciso VII, del Reglamento General de Carreras.-

E N T R E N A D O R E S Y S. P. C.

MULTAR: en la suma de $ 1.000.-, al entrenador s.p.c. D. ROQUE F. ARCE, por no haber adoptado los recaudos pertinentes para informar sobre la no participación del S.P.C. “ZENSATIONAL SPRING”, inscripto en la 14ª carrera del día lunes 4 de abril ppdo.; e INHABILITAR: al mencionado ejemplar por el término de treinta (30) días, hasta el 4 de mayo próximo inclusive.-

S E R V I C I O V E T E R I N A R I O

SUSPENDER: por el término de treinta (30) días, que se computarán desde el día 4 de abril ppdo., y hasta el dia 3 de mayo próximo inclusive, al S.P.C. “BRAVE INDY”, a cargo del entrenador s.p.c. D. ENRIQUE A. ARGÜELLO, por haber presentado epistaxis bilateral luego de disputada la 5ª carrera del día lunes 4 de abril ppdo.-

VISTO el informe elevado por el Laboratorio de Control de Doping (CeNARD) en relación con el análisis del material extraído al S.P.C. “NOSTALGIOSA KEY”, que participara de la 4ª carrera del día sábado 12 de marzo ppdo., Clásico Saturnino J. Unzué (G.II); y,

CONSIDERANDO:

Que, el día 31 de marzo ppdo., se procedió a la apertura del “frasco control” en el Laboratorio Químico del CeNARD con la presencia del Representante de la Gremial de Profesionales del Turf, D. Miguel A. Sola, en representación del Señor Entrenador s.p.c. D. Elvio Ramón Bortulé que lo autorizara por nota y el representante de Lotería Nacional Sociedad del Estado, Señor Javier Denis;

Que, los análisis efectuados sobre la orina contenida en el “frasco control”, ratifican los resultados obtenidos originariamente, presencias de sustancias prohibidas por el Reglamento General de Carreras encuadradas en la 3ª categoría (Artículo 36, Inciso VII); según acta Nº 023/1603 del Laboratorio Control de Antidoping (CeNARD);

Que, esa circunstancia viola el Artículo 36 Inciso VII, Segundo Párrafo del Reglamento General de Carreras;

Que, habiéndosele notificado al señor entrenador que se le concedían tres días a efectos de aportar los descargos y demás peticiones que hacen a su derecho de defensa, el mismo hizo su descargo y se notificó del resultado de la contraprueba;

Que, en consecuencia, y una vez analizado todo lo actuado, y de acuerdo a lo previsto por los Incisos VIII y XIV de la mencionada norma;

La Comisión de Carreras en su sesión del día de la fecha:

R E S U E L V E:

1º.- Suspender por el término de dos (2) meses, que se computará desde el día 23 de marzo ppdo. y hasta el día 22 de mayo próximo inclusive; al entrenador s.p.c. D. ELVIO R. BORTULE;

2º.- Suspender por el término de un (1) mes que se computará desde el día 23 de marzo ppdo., y, hasta el día 22 de abril próximo inclusive; al S.P.C. “NOSTALGIOSA KEY”;

3º.- Distanciar del marcador de la 4ª carrera del día sábado 12 de marzo ppdo., al S.P.C. “NOSTALGIOSA KEY”, quedando como definitivo de la manera que sigue: primero “THE CAT IS OUT”; segundo “AMAZONITA”, tercero “CURITIBA NISTEL”, cuarto “DOÑA RACHA” y quinto “ONDA BRAVA”.-

4º.- Notificar de la presente resolución a los interesados.-

Más información:
Hipódromo

HIPODROMO DE PALERMO - ARGENTINA

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