Viernes 2 de Marzo de 2012

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Arenas movedizas

RESOLUCIONES ADOPTADAS POR LA COMISION DE CARRERAS

Resoluciones adoptadas por la comisión de carreras del Hipódromo de Palermo en su sesión del día 1 de MARZO 2012

por Comision de carreras

JOCKEYS Y JOCKEYS APRENDICES

APERCIBIR: al jockey FACUNDO M. CORIA por no mantener su linea a pocos metros de la largada de la 2ª carrera del día lunes 27 de febrero ppdo., conduciendo al S.P.C. “AGUAPIMU”.-

SUSPENDER: por el término de cinco (5) reuniones, que se computarán del día sábado 10 al miércoles 15 de marzo próximo inclusive, al jockey ARIEL R. PALACIOS, por no conservar su línea en los tramos finales de la 5ª carrera del día lunes 27 de febrero ppdo., provocando molestias a otro competidor, conduciendo al S.P.C. “SINCERA GROOM”, lo que motivó su distanciamiento del 1º al últimoº puesto del marcador, como consecuencia de la rodada del competidor molestado

APERCIBIR: a la jockey aprendiz MARIA R. SCALDAFERRI, por no mantener su línea durante el desarrollo de la 15º carrera del día lunes 27 de febrero ppdo., conduciendo al S.P.C. “MADRINA NAIN”.-

MULTAR: en la suma de $ 200.-, al jockey GUSTAVO E.CALVENTE por haber registrado 1,500 kgs. de más al realizar su peso neto, luego de disputada la 2ª carrera del día sábado 25 de febrero ppdo., con el S.P.C. “HER BLISS” (USA), y ser reincidente.-

APERCIBIR: al jockey aprendiz MATIAS N.FERREYRA, por haber pesado 900 grs. más al realizar su peso neto, luego de disputada la 4ª carrera del día 25 de febrero ppdo., con el S.P.C. “SKIP ROY”.-

MULTAR: en la suma de $ 200.-, al jockey RAMON A.PEREYRA por haber registrado 1,400 kgs. de más al realizar su peso neto, luego de disputada la 9ª carrera del día sábado 25 de febrero ppdo., con el S.P.C. “PREMIUN TASTE”.

MULTAR: en la suma de $ 200.-, al jockey aprendiz MATIAS J.MEDINA por haber registrado 1,300 kgs. de más al realizar su peso neto, luego de disputada la 11ª carrera del día sábado 25 de febrero ppdo., con el S.P.C. “UNIVOCO”, y ser reincidente.-


E N T R E N A D O R  Y  S. P. C.

SUSPENDER: por el término de treinta (30) días, que se computarán desde el día 25 de febrero ppdo. y hasta el 25 de marzo próximo inclusive, al S.P.C. “LA NOMBRADA”, y MULTAR en la suma de $ 300.-, al entrenador s.p.c. D. CARLOS L.LOMEZ, por no adoptar los recaudos pertinentes para informar sobre la no participación del mencionado ejemplar en la 7ª carrera del día sábado 25 de febrero ppdo..-

SUSPENDER: por el término de treinta (30) días, que se computarán desde el día 25 de febrero ppdo. y hasta el 25 de marzo próximo inclusive, al S.P.C. “DON ORANGE”, y MULTAR en la suma de $ 300.-, al entrenador s.p.c. D. LUIS F.FRANCO, por no adoptar los recaudos pertinentes para informar sobre la no participación del mencionado ejemplar en la 3ª carrera del día sábado 25 de febrero ppdo..-

SUSPENDER: por el término de treinta (30) días, que se computarán desde el día 25 de febrero ppdo. y hasta el 25 de marzo próximo inclusive, al S.P.C. “CASUAL LUISIANA”, y MULTAR en la suma de $ 300.-, al entrenador s.p.c. D. PEDRO F.PAGANTI, por no adoptar los recaudos pertinentes para informar sobre la no participación del mencionado ejemplar en la 7ª carrera del día sábado 25 de febrero ppdo..-

SUSPENDER: por el término de treinta (30) días, que se computarán desde el 27 de febrero ppdo. y hasta el 27 de marzo próximo inclusive, al S.P.C. “PIEDRA AFORTUNADA”, y MULTAR en la suma de $ 300.-, al entrenador s.p.c. D. FRANCISCO M.CABRAL, por no adoptar los recaudos pertinentes para informar sobre la no participación del mencionado ejemplar en la 5ª carrera del día lunes 27 de febrero ppdo..-

MULTAR en la suma de $ 300.-, al entrenador s.p.c. D. ROBERTO C.SOSA, por no adoptar los recaudos pertinentes para ratificar en tiempo y forma al S.P.C. “EQUAL MARSHAL”, que se encontraba inscripto para participar de la 10ª carrera del día lunes 27 de febrero ppdo.; e INHABILITAR: al mencionado ejemplar por el término de treinta (15) días, que se computarán desde el 27 de febrero ppdo. y hasta el 13 de marzo próximo inclusive.-


PROPIETARIO

MULTAR: en la suma de $ 300.- al titular de la caballeriza “LOS HERMANOS” (CONCEPCIÓN DEL URUGUAY), por no haber tomado los recaudos pertinentes para que el S.P.C. “EL FILIPINO”, inscripto en la 10ª.carrera del día 25 del corriente, contara con la documentación reglamentaria habilitante para participar de la mencionada prueba; motivo por el cual, debió ser retirado; e INHABILITAR al mencionado S.P.C. para ser inscripto hasta realizar el trámite correspondiente.-

S T A R T E R

SUSPENDER: a solicitud del Starter al S.P.C. “RIBERY”, a cargo del entrenador s.p.c. D. CESAR M.PERALTA, por negarse a ingresar al partidor en la 3ª. carrera del día 25 de febrero ppdo.. Para actuar nuevamente en este hipódromo, deberá transcurrir treinta (30) días y obtener el V°B° del Starter Oficial del Hipódromo Argentino de Palermo.-
SUSPENDER: a solicitud del Starter al S.P.C. “SUPER SONG”, a cargo del entrenador s.p.c. D. JUAN J.LA ROSA, por negarse a ingresar al partidor en la 5ª. carrera del día 25 de febrero ppdo.. Para actuar nuevamente en este hipódromo, deberá transcurrir treinta (30) días y obtener el V°B° del Starter Oficial del Hipódromo Argentino de Palermo.-

Buenos Aires, 1º de marzo de 2012.

VISTO el informe elevado por el Laboratorio de Control Dóping (CENARD) en relación con el análisis del material extraído al S.P.C. “PRIMO MARTIN”, que participara de la 13ª carrera del día 28 de enero ppdo. ; y,
CONSIDERANDO:
Que, el día 23 de febrero ppdo., se procedió a la apertura del "frasco control" en el Laboratorio Químico del CeNARD con la presencia del Señor Entrenador Martín Elías Goicoechea y el representante de Lotería Nacional Sociedad del Estado Señor Claudio Galvan.
Que, los análisis efectuados sobre la orina contenida en el "frasco control", ratifican los resultados obtenidos originariamente, presencias de sustancias prohibidas por el Reglamento General de Carreras encuadradas en la categoría 2a. (Artículo 36, Inciso VII).-
Que, esa circunstancia viola el Artículo 36 Inciso VII, Segundo Párrafo del Reglamento General de Carreras;
Que, habiéndosele notificado al entrenador que se le concedían tres días a efectos de aportar los descargos y demás peticiones que hacen a su derecho de defensa, el mismo se notificó que no haría descargo alguno;
Que, en consecuencia, y una vez analizado todo lo actuado, y de acuerdo a lo previsto por los Incisos VIII y XIV de la mencionada norma;
La Comisión de Carreras en su sesión del día de la fecha:

R E S U E L V E

1º.- Suspender por el término de cuatro (4) meses que se computarán desde el 8 de febrero ppdo. y hasta el 8 de junio próximo inclusive al entrenador MARTIN E.GOICOECHEA;

2º.- Suspender por el término de dos (2) meses que se computarán desde el 8 de febrero y hasta el hasta el 8 de abril próximo inclusive al S.P.C. “PRIMO MARTIN”;

3º.- Distanciar del marcador de la 13ª carrera del día 28 de enero ppdo., al S.P.C. “PRIMO MARTIN”, quedando el definitivo de la manera que sigue: primero “LORD MELENUDO”; segundo “TOLSTOY”, tercero “SABIENTE”; cuarto “BIRTH THE LEGEND” y quinto “REBELON”;

4º.- Notificar de la presente resolución a los interesados.-
 

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