Viernes 27 de Abril de 2012

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Arenas movedizas

RESOLUCIONES ADOPTADAS POR LA COMISION DE CARRERAS

Resoluciónes adoptadas por la comisión de carreras del Hipódromo de Palermo en su sesión del día 26 de ABRIL 2012

por Comisión de carreras

JOCKEYS Y JOCKEYS APRENDICES

APECIBIR: al jockey MARIO E. FERNÁNDEZ, por perder su línea a pocos metros de la largada de la 6ª carrera del día viernes 20 de abril ppdo., conduciendo al S.P.C. “BUEN HALCON”.

SUSPENDER: por el término de una (1) reunión, que se computará el día viernes 4 de mayo próximo, al jockey aprendiz MARTIN D. GONZÁLEZ, por molestias ocasionadas a otro competidor a la altura de los 500 metros de la 7ª carrera del día viernes 20 de abril ppdo., conduciendo al S.P.C. “VALLE GLACIAR”.

APERCIBIR: al jockey GONZALO HAHN, por no mantener su línea en los 400 metros finales de la 8ª carrera del día viernes 20 de abril ppdo., conduciendo al S.P.C. “TINO HENN”.

SUSPENDER: por el término de dos (2) reuniones, que se computarán los días viernes 4 y sábado 5 de mayo próximos, a la jocketa LUCRECIA M. CARABAJAL, por no mantener su línea en los 1100 y 950 metros ocasionando molestias a otros competidores, en la 14ª carrera del día viernes 20 de abril ppdo., conduciendo al S.P.C. “BAITSHOP”.

APERCIBIR: al jockey aprendiz EMILIANO J. MIRÓN, por perder su línea a pocos metros de la largada de la 2ª carrera del día lunes 23 de abril ppdo., al S.P.C. “PASO DE BACANA”.

MULTAR: en la suma de $ 300.-, al jockey ROBERTO E. QUINTEROS, por haber pesado 2,000 kg., de más, luego de disputada la 14ª carrera del día viernes 20 de abril ppdo., conduciendo al S.P.C. “MAREA FRIA”, y ser reincidente.

MULTAR: en la suma de $ 200.-, al jockey GABRIEL A. SEDIARI, por haber pesado 1,600 kg., de más, luego de disputada la 3ª carrera del día lunes 23 de abril ppdo., conduciendo al S.P.C. “CECILIO JET”, y ser reincidente.

MULTAR: en la suma de $ 200.-, al jockey ANIBAL J. CABRERA, por haber pesado 1,000 kg., de más, luego de disputada la 10ª carrera del día lunes 23 de abril ppdo., conduciendo al S.P.C. “UNICO RANGER”, y ser reincidente.

MULTAR: en la suma de $ 300.-, al jockey aprendiz JERÓNIMO J. GARCÍA, por haber pesado 1,700 kg. y 1,400 kg., de más, luego de disputadas la 11ª y la 13ª carrera del día lunes 23 de abril ppdo., conduciendo a los S.P.C. “THUNDER SPIRIT” y “MORE THAN LIFE (USA)” respectivamente, y ser reincidente.

MULTAR: en la suma de $ 300.-, al jockey aprendiz LUCAS A. GONZÁLEZ, por no haberse presentado a correr al S.P.C. “SOBRIEDAD”, que se inscripto en el Premio La Huida, la 4ª carrera del día lunes 23 de abril ppdo., sin haber justificado su inasistencia.

ENTRENADOR

APERCIBIR: al entrenador s.p.c. D. JUAN S. MALDOTTI, por presentar a correr a su pupilo “DESHONESTO”, inscripto en la 1ª carrera del día lunes 23 de abril ppdo, con vendaje no permitido en este hipódromo, lo que motivara el retiro en ese prueba.

PROPIETARIOS

MULTAR: en la suma de $ 300.-, al titular de la caballeriza “LOS VIZCACHAS (CORDOBA)”, por no haber tomado los recaudos pertinentes para que el S.P.C. “ROMAN KING”, inscripto en la 1ª carrera del día lunes 23 de abril del corriente, contara con la documentación reglamentaria habilitante para participar de la mencionada prueba; motivo por el cual, debió ser retirado; e INHABILITAR al mencionado S.P.C. para ser inscripto hasta realizar el trámite correspondiente.

STARTER

SUSPENDER: a solicitud del Starter al S.P.C. “MASTER BLANCO”, a cargo del entrenador D. ÁNGEL O. ÁLVAREZ, por largar retrasado en la 9ª carrera del día lunes 23 de abril ppdo. Para actuar nuevamente en este hipódromo, deberá transcurrir treinta (30) días y obtener el VºBº del Starter Oficial de Hipódromo Argentino de Palermo.

Buenos Aires, 19 de Abril de 2012.
VISTO el informe elevado por el Laboratorio de Control Doping (CENARD) en relación con el análisis del material extraído al S.P.C. “CALUMA QUEEN”, que participara de la 9ª carrera del día 16 de marzo ppdo; y,

CONSIDERANDO:

Que, el día 12 de abril ppdo., se procedió a la apertura del "frasco control" en el Laboratorio Químico del CENARD con la presencia del Señor Entrenador s.p.c. Juan D.Oural, la Dra. Susana Zeni (perito de parte) y el Sr. Javier Denis, en representación de Lotería Nacional Sociedad del Estado (LNSE);

Que, los análisis efectuados sobre la orina contenida en el "frasco control" ratifican los resultados obtenidos originariamente, es decir, la presencia de sustancias especialmente prohibidas por el Reglamento General de Carreras (“RGC”) encuadrada en la categoría 1º (Artículo 36, Inciso VII);

Que, esa circunstancia transgrede lo establecido por el Artículo 36 Inciso VII, segundo párrafo del RGC;

Que, habiéndosele notificado al Señor entrenador acerca de tales resultados, en los términos del Inciso XIII de dicho articulado, el mismo formaliza su descargo por medio del informe de la perito química que concurrió a la apertura del frasco y presenció la realización de la contra prueba, a cuyos términos remitimos por razones de brevedad;

Que, sin embargo, ninguna de las consideraciones allí vertidas logra conmover el resultado o validez de la contraprueba realizada, o bien ameritan tomar una determinación distinta, en virtud de que el Inciso VII del Artículo 36 (reformado por Resolución 07/93 de la LNSE) del RGC, dispone que deberá considerarse resultado positivo tanto la presencia de la droga o sus metabolitos, sin especificar concentraciones o proporciones mínimas de las mismas. Y sobre este aspecto, y a mayor abundamiento, dicho descargo no cuestiona ni la presencia de la droga en la muestra o bien el mecanismo de extracción y conservación de la muestra, cuestión que vuelve al descargo en meramente dogmático y sin entidad para enervar el temperamento adoptado;

Que, en consecuencia, y una vez analizado todo lo actuado, y de acuerdo a lo previsto por los Incisos VIII y XIV de la mencionada norma, la Comisión de Carreras, en su sesión del día de la fecha,
R E S U E L V E:

1º.- Suspender por el término de un (1) año, que se computará desde el día 22 de marzo ppdo. y hasta el 21 de marzo de 2013 inclusive, al entrenador s.p.c. D. JUAN D.OURAL;

2º.- Suspender por el término de seis (6) meses, que se computarán desde el día 22 de marzo ppdo., y hasta el 21 de septiembre próximo inclusive, al S.P.C. “CALUMA QUEEN”;

3º.- Distanciar del marcador de la 9ª carrera del día 16 de marzo ppdo., al S.P.C. “CALUMA QUEEN”, quedando el definitivo de la manera que sigue: primero “LADY BENEDICT”; segundo “SHY ILUSION”, tercero “FIESTA BEST”; cuarto “MISTERIOSA WAD” y quinto “LA ENTUSIASTA”;

4º.- Notificar de la presente resolución a los interesados y a Lotería Nacional Sociedad del Estado.
 

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