Viernes 14 de Septiembre de 2012

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Arenas movedizas

RESOLUCIONES ADOPTADAS POR LA COMISION DE CARRERAS

Resoluciónes adoptadas por la comisión de carreras. Suspenden por (4) meses al entrenador D. ARNALDO O. VIGIL y por (2) meses al S.P.C. “EMOTION VERSE”

por Comisión de Carreras Hipódromo Argentino de Palermo

RESOLUCIONES ADOPTADAS POR LA COMSION DE CARRERAS EN SU SESION DE FECHA 13.09.12

  • JOCKEYS Y JOCKEYS APRENDICES

MULTAR: en la suma de $ 300.-, al jockey aprendiz MARTIN D. GONZALEZ por haber registrado 1,200 kg. y 1,400 kg. de más al realizar su peso neto, luego de disputadas la 1ª y 11ª carrera del día lunes 10 de septiembre ppdo., donde condujo a los S.P.C. “EL RASPON” y “CURIOS CELEBRE”, y ser reincidente en este tipo de faltas.-

APERCIBIR: al jockey ANSELMO ZACARIAS, por haber registrado 800 grs. de más al realizar su peso neto, luego de disputada la 7ª carrera del día lunes 10 de septiembre ppdo., donde condujo al S.P.C. “EL ASOMBRADO”.-

MULTAR: en la suma de $ 200.-, al jockey aprendiz MAXIMILIANO ASERITO por haber registrado 1,100 kg. de más al realizar su peso neto, luego de disputada la 8ª carrera del día lunes 10 de septiembre ppdo., donde condujo al S.P.C. “EL LOCO TRAV”, y ser reincidente.-

MULTAR: en la suma de $ 150.-, al jockey aprendiz MATIAS N. FERREYRA por haber registrado 700 grs. de más al realizar su peso neto, luego de disputada la 13ª carrera del día lunes 10 de septiembre ppdo., donde condujo al S.P.C. “PRINCIPE BAM”, y ser reincidente.

SUSPENDER: por el término de una (1) reunión, que se computará el día viernes 21 de septiembre próximo, al jockey FACUNDO M. CORIA por perder la línea en perjuicio de otro competidor, a la altura de los 700 metros de la 15ª carrera del día sábado 8 de septiembre ppdo., conduciendo al S.P.C. “ALLEZ PUMA” y al haber alcanzado (con esta falta) el cuarto apercibimiento en lo que va del año.-

APERCIBIR: al jockey RAMIRO R. BARRUECO, por no mantener su línea en la largada de la 7ª carrera del día lunes 10 de septiembre ppdo., conduciendo al S.P.C. “SNOW LLERS”.-

APERCIBIR: a la jocketa LUCRECIA M. CARABAJAL, por no mantener su línea a pocos metros de la largada de la 7ª carrera del día lunes 10 de septiembre ppdo., conduciendo al S.P.C. “MAKE A WISH”.-

APERCIBIR: al jockey aprendiz MATIAS N. FERREYRA, por no mantener su línea en la recta final de la 10ª carrera del día lunes 10 de septiembre ppdo., conduciendo al S.P.C. “RABBIT MATADOR”.-

  • E N T R E N A D O R

MULTAR: en la suma de $ 500.- al entrenador de s.p.c. D. DANIEL A. GOMEZ, por haberse registrado una disminución de 600 grs. en el equipo de correr del S.P.C. “GODZILLA”, detectada luego de disputada la 7ª carrera del día lunes 10 de septiembre ppdo., Handicap Forty Marchanta; haciéndole saber al mismo que en lo sucesivo deberá tomar los recaudos necesarios para evitar diferencias con los elementos en que se realizó el pesaje previo y los que se ensilló a su ejemplar.-

MULTAR: en la suma de $ 500.- al entrenador de s.p.c. D. HORACIO A. VELA, por haberse registrado una diferencia de 1,100 kg. de más en el equipo de correr del S.P.C. “MR. TINTIN”, detectada luego de disputada la 15ª carrera del día lunes 10 de septiembre ppdo., Premio Taba (2do. Turno); haciéndole saber al mismo que en lo sucesivo deberá tomar los recaudos necesarios para evitar diferencias con los elementos en que se realizó el pesaje previo y los que se ensilló a su ejemplar.-

MULTAR: en la suma de $ 150.-, al entrenador de s.p.c. D. OSVALDO SCARAMUZZINO, por no haber tomado los recaudos pertinentes para cumplimentar en tiempo y forma con la comunicación y el envío de los comprobantes que validen el retiro del S.P.C. “BLUE BAL”, inscripto en la 14ª carrera del día lunes 10 de septiembre ppdo..-

  • E N T R E N A D O R Y S. P. C.

MULTAR: en la suma de $ 400.-, al entrenador de s.p.c. D. MARTIN HECTOR E. ALZA, por no adoptar los recaudos pertinentes para la participación del S.P.C. “CASUAL PIA”, en la 2ª carrera del día sábado 8 de septiembre ppdo., habiéndolo presentado a correr sin la documentación sanitaria habilitante, motivo por el cual debió ser retirado; e INHABILITAR al S.P.C. “CASUAL PIA”, para anotarlo y hacerlo correr en el Hipódromo Argentino de Palermo, hasta tanto el Servicio Veterinario, no reciba constancia que la documentación sanitaria de ese ejemplar esté vigente.-

MULTAR: en la suma de $ 400.-, al entrenador de s.p.c. D. RAMON A. RIOS, por no adoptar los recaudos pertinentes para la participación del S.P.C. “IMPRUDENT”, en la 9ª carrera del día sábado 8 de septiembre ppdo., habiéndolo presentado a correr sin la documentación sanitaria habilitante, motivo por el cual debió ser retirado; e INHABILITAR al S.P.C. “IMPRUDENT”, para anotarlo y hacerlo correr en el Hipódromo Argentino de Palermo, hasta tanto el Servicio Veterinario, no reciba constancia que la documentación sanitaria de ese ejemplar esté vigente.-

MULTAR: en la suma de $ 400.-, al entrenador de s.p.c. D. GILBERTO R. SOTO, por no adoptar los recaudos pertinentes para la participación del S.P.C. “MR. READY HOLA”, en la 9ª carrera del día sábado 8 de septiembre ppdo., habiéndolo presentado a correr con la documentación sanitaria en forma irregular, careciendo de validez las exigencias reglamentarias para que pudiera participar, motivo por el cual debió ser retirado; e INHABILITAR al S.P.C. “MR. READY HOLA”, por el término de dos (2) meses, hasta el día 7 de noviembre próximo inclusive; y para anotarlo y hacerlo correr nuevamente en el Hipódromo Argentino de Palermo, deberá presentar previamente ante el Servicio Veterinario, constancia que la documentación sanitaria de ese ejemplar esté vigente al día de la competencia.-

MULTAR: en la suma de $ 400.-, al entrenador de s.p.c. D. DANIEL O. ROBLES, por no adoptar los recaudos pertinentes para la participación del S.P.C. “PACIFIC LORD”, en la 13ª carrera del día lunes 10 de septiembre ppdo., habiéndolo presentado a correr con la documentación sanitaria en forma irregular, careciendo de validez las exigencias reglamentarias para que pudiera participar, motivo por el cual debió ser retirado; e INHABILITAR al S.P.C. “PACIFIC LORD”, por el término de dos (2) meses, hasta el día 9 de noviembre próximo inclusive; y para anotarlo y hacerlo correr nuevamente en el Hipódromo Argentino de Palermo, deberá presentar previamente ante el Servicio Veterinario, constancia que la documentación sanitaria de ese ejemplar esté vigente al día de la competencia.-

MULTAR: en la suma de $ 400.-, al entrenador de s.p.c. D. HUGO F. COSTANTINO, por no adoptar los recaudos pertinentes para la participación del S.P.C. “ISERA”, en la 14ª carrera del día lunes 10 de septiembre ppdo., habiéndolo presentado a correr con la documentación sanitaria en forma irregular, careciendo de validez las exigencias reglamentarias para que pudiera participar, motivo por el cual debió ser retirado; e INHABILITAR al S.P.C. “ISERA”, por el término de dos (2) meses, hasta el día 9 de noviembre próximo inclusive; y para anotarlo y hacerlo correr nuevamente en el Hipódromo Argentino de Palermo, deberá presentar previamente ante el Servicio Veterinario, constancia que la documentación sanitaria de ese ejemplar esté vigente al día de la competencia.-

MULTAR en la suma de $ 250.-, al entrenador de s.p.c. D. ANGEL N. BONETTO, por no adoptar los recaudos pertinentes para informar sobre la no participación del S.P.C. “FRESHER”, en la 11ª carrera del día sábado 8 de septiembre ppdo., el Clásico Paraguay (G.III); e INHABILITAR: al S.P.C. “FRESHER”, por el término de treinta (30) días, que se computarán desde el 8 de septiembre ppdo. y hasta el 7 de octubre próximo inclusive.-

MULTAR en la suma de $ 250.-, al entrenador de s.p.c. D. FRANCISCO ESCUBILLA, por no adoptar los recaudos pertinentes para informar sobre la no participación del S.P.C. “BONJOUR STORM”, en la la 10ª carrera del día lunes 10 de septiembre ppdo.; e INHABILITAR: al S.P.C. “BONJOUR STORM”, por el término de sesenta (60) días, que se computarán desde el 10 de septiembre ppdo. y hasta el 8 de noviembre, próximo inclusive.

Asimismo, se dispone hacerle saber al mencionado profesional, que en lo sucesivo para inscribir ejemplares a su cargo en el Hipódromo Argentino de Palermo, deberá previamente solicitar la correspondiente autorización. (Artículo 7, Inciso IV, del Reglamento General de Carreras).-

  • P R O P I E T A R I O S

MULTAR: en la suma de $ 300.- al titular de la caballeriza “PUEBLO VIEJO” (ROSARIO), por no haber tomado los recaudos pertinentes para que el S.P.C. “PRAIANO”, inscripto en la 12ª carrera del día sábado 8 del corriente, contara con la documentación reglamentaria habilitante para participar de la mencionada prueba; motivo por el cual, debió ser retirado; e INHABILITAR al mencionado S.P.C. para ser inscripto hasta realizar el trámite correspondiente.-

MULTAR: en la suma de $ 250.- al titular de la caballeriza “LA BONANZA” (LA PLATA), por no haber tomado los recaudos pertinentes para que el S.P.C. “SACHA MONTREAL”, inscripto en la 3ª carrera del día lunes 10 de septiembre ppdo., contara con entrenador al momento de ser ratificado; motivo por el cual, debió ser retirado; e INHABILITAR hasta 11 de octubre próximo al mencionado S.P.C. para ser inscripto y participar en este hipódromo.-

MULTAR: en la suma de $ 300.- al titular de la caballeriza “DOLAR NEGRO” (AZUL), por no haber tomado los recaudos pertinentes para que el S.P.C. “INVENCIBLE KING”, inscripto en la 6ª carrera del día lunes 10 del corriente, contara con la documentación reglamentaria habilitante para participar de la mencionada prueba; motivo por el cual, debió ser retirado; e INHABILITAR al mencionado S.P.C. para ser inscripto hasta realizar el trámite correspondiente.-

MULTAR: en la suma de $ 300.- al titular de la caballeriza “BOCA PAILA” (AZUL), por no haber tomado los recaudos pertinentes para que el S.P.C. “STORMY SANADORA”, inscripto en la 14ª carrera del día lunes 10 del corriente, contara con la documentación reglamentaria habilitante para participar de la mencionada prueba; motivo por el cual, debió ser retirado; e INHABILITAR al mencionado S.P.C. para ser inscripto hasta realizar el trámite correspondiente.-

  • S. P. C.

INHABILITAR: para actuar en el Hipódromo Argentino de Palermo, por el termino de sesenta (60) días, hasta el 6 de noviembre próximo inclusive, al S.P.C. “MINARDA”, a cargo del entrenador de s.p.c. D. NESTOR D. ELORDIETA, por su indocilidad peligrosa puesta de manifiesto en la largada y durante el desarrollo de la 7ª carrera del día sábado 8 de septiembre ppdo. Cumplida la sanción para volver a participar en este hipódromo deberá obtener el VºB del Starter Oficial.

Buenos Aires, 6 de Septiembre de 2012.

VISTO el informe elevado por el Laboratorio de Control Doping (CeNARD) en relación con el análisis del material extraído al S.P.C. “EMOTION VERSE” que participara de la 5ª carrera del día 10 de agosto ppdo. ; y,

CONSIDERANDO:

Que, en virtud del resultado positivo del análisis mencionado precedentemente, el Laboratorio de CeNARD dispuso que con fecha 30/08/12 se realizaría la apertura del segundo frasco (denominado “frasco testigo”), -que contenía la muestra del S.P.C. “EMOTION VERSE”;

Que, notificado que fuera el entrenador de s.p.c. Sr. Arnaldo O. Vigil, de la fecha en que se realizaría tal acto (se adjunta copia de la nota), éste no se hizo presente, labrándose el acta correspondiente;

Que, ante la no concurrencia anunciada por este profesional, resulta inoficioso llevar a cabo alguna otra gestión y/o procedimiento adicional, debiéndose declararse válidos y vinculantes para el Sr. Vigil los resultados arrojados por el primer análisis, que dieran positivo;

Que, en efecto, el Reglamento General de Carreras, en su Capítulo XXII, Artículo 36, Punto XIII, establece que: “…En el supuesto de no presentación del cuidador citado, se tendrán por aceptados los resultados obtenidos y por desistido el derecho a formular descargo y ofrecer prueba, pasando las actuaciones a la Comisión de Carreras para resolver…;

Que, no obstante ello, el entrenador Sr. Arnaldo O. Vigil, envía su descargo escrito, dando por válido el primer análisis, ante su no comparecencia;

Que, que esos análisis efectuados informaban sobre presencia sustancias prohibidas por el Reglamento General de Carreras que se encuadran en la categoría 2da. (Artículo 36, Inciso VII);

Que, esa circunstancia viola el Artículo 36 Inciso VII, Segundo Párrafo del Reglamento General de Carreras;

La Comisión de Carreras, en su sesión del día de la fecha,

R E S U E L V E:

1º.- Suspender por el término de cuatro (4) meses, que se computará desde el día 22 de agosto ppdo. y hasta el 21 de diciembre próximo inclusive, al entrenador de s.p.c. D. ARNALDO O. VIGIL;

2º.- Suspender por el término de dos (2) meses, que se computarán desde el día 22 de agosto ppdo. y hasta el 21 de octubre próximo inclusive, al S.P.C. “EMOTION VERSE”;

3º.- Distanciar del marcador de la 5ª carrera del día 10 de agosto de 2012, al S.P.C. “EMOTION VERSE”, quedando el definitivo de la manera que sigue: primero “SEPTIMA SINFONIA”; segundo “INUVIK”; tercero “HELEN PRIZE”; cuarto “IMPOSSIBILITE” y quinto “LA ETIOPIA”;

4º.- Regístrese y notifíquese a los interesados.

Más información:
Hipódromo

HIPODROMO DE PALERMO - ARGENTINA

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