Viernes 9 de Agosto de 2013

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Arenas movedizas

RESOLUCIONES ADOPTADAS POR LA COMISION DE CARRERAS

Resoluciónes adoptadas por la comisión de carreras del Hipódromo de Palermo en su sesión del día 8 de Agosto de 2013

por Comisiòn de carreras

JOCKEYS Y JOCKEY APRENDICES

APERCIBIR: al jockey ESTEBAN E. TORRES, por haber registrado 800 grs. de más al realizar su peso neto, luego de disputada la 3ª carrera del día viernes 2 de agosto ppdo., donde condujo al S.P.C. “GRAND POLITO”.-

MULTAR: en la suma de $ 300.-, al jockey GERONIMO J. GARCÍA, por haber registrado 1,700 kg. de más al realizar su peso neto, luego de disputada la 4ª carrera del día viernes 2 de agosto ppdo., donde condujo al S.P.C. “WOMAN REWARD”, y ser reincidente en este tipo de faltas.-

MULTAR: en la suma de $ 500.-, al jockey aprendiz MAXIMILIANO ASERITO, por haber registrado 1,500 kg. y 1,500 kg. de más al realizar sus pesos netos, luego de disputadas la 6ª carrera del día viernes 2 de agosto ppdo. y la 10ª carrera del día lunes 5 de agosto ppdo., donde condujo a los S.P.C. “CORONA DE GUANTE” y “MAGIC VERSE”, respectivamente y ser reincidente en este tipo de faltas.-

APERCIBIR: al jockey aprendiz CESAR L. CUELLAR, por haber registrado 1,000 kg. de más al realizar su peso neto, luego de disputada la 11ª carrera del día viernes 2 de agosto ppdo., donde condujo al S.P.C. “STRATHMORE”.-

MULTAR: en la suma de $ 300.- al jockey aprendiz GUSTAVO E. RETORTO, por haber registrado 1,700 kg. de más al realizar su peso neto, luego de disputada la 11ª carrera del día viernes 2 de agosto ppdo., donde condujo al S.P.C. “SHY BOY”, y ser reincidente en este tipo de faltas.-

MULTAR: en la suma de $ 150.- al jockey aprendiz PABLO J. CAPRA, por haber registrado 800 grs. de más al realizar su peso neto, luego de disputada la 13ª carrera del día viernes 2 de agosto ppdo., donde condujo al S.P.C. “GRANT PARADISE”, y ser reincidente.-

APERCIBIR: al jockey aprendiz CARLOS O. PEREYRA, por haber registrado 800 grs. de más al realizar su peso neto, luego de disputada la 7ª carrera del día lunes 5 de agosto ppdo., donde condujo al S.P.C. “MASNOU CATCH”.-

MULTAR: en la suma de $ 200.-, al jockey EDWIN R. TALAVERANO, por haberse excedido en el peso establecido en el programa oficial, para conducir al S.P.C. “MASNOU CATCH”, en la 7ª carrera, Premio Dr. César Valle, del día lunes 5 de agosto ppdo., hecho este que motivara un cambio de monta en el mencionado ejemplar.-

MULTAR: en la suma de $ 150.- al jockey DAMIAN RAMELLA, por no haberse presentado en tiempo y forma en la “redonda” de montar, sin una causa que lo pueda justificar, demorando su salida a la pista para disputar en la 4ª carrera del día viernes 2 de agosto ppdo., con el S.P.C. “GANACHE”.-

E N T R EN A D O R E S

APERCIBIR: al entrenador de s.p.c. D. JOSE LUIS MORALES, por la responsabilidad que le cupo en la presentación del compromiso de monta del S.P.C. “ROBERTO PECADOR”, inscripto en la 3ª carrera, Premio Cubana, del día viernes 2 de agosto ppdo., sin la firma del jockey ROBERTO N. ALZAMENDI, hecho este que derivara con un cambio de monta en Sala de Ratificaciones el día de la carrera.-

APERCIBIR: al entrenador de s.p.c. D. CARLOS J. AMORENA, por la responsabilidad que le cupo en la presentación del compromiso de monta del S.P.C. “MIJEÑO”, inscripto en la 13ª carrera, Premio Cubana (2do. Turno), del día viernes 2 de agosto ppdo., sin la firma del jockey aprendiz MATIAS H. DELLI QUADRI, hecho este que derivara con un cambio de monta en Sala de Ratificaciones el día de la carrera.-

APERCIBIR: al entrenador de s.p.c. D. CARLOS A. CASI, por la responsabilidad que le cupo en la presentación del compromiso de monta del S.P.C. “FIRST VISION”, inscripto en la 3ª carrera, Premio Witness, del día lunes 5 de agosto ppdo., sin la firma del jockey aprendiz CARLOS O. PEREYRA, hecho este que derivara con un cambio de monta en Sala de Ratificaciones el día de la carrera.-

APERCIBIR: al entrenador de s.p.c. D. HECTOR F. DIAZ, por la responsabilidad que le cupo en la presentación del compromiso de monta del S.P.C. “EL PACHANGA”, inscripto en la 5ª carrera, Premio Sofaifa, del día lunes 5 de agosto ppdo., sin la firma del jockey EDUARDO M. HALIER, hecho este que derivara con un cambio de monta en Sala de Ratificaciones el día de la carrera.-

APERCIBIR SEVERAMENTE: al entrenador de s.p.c. D. NAZARIO A. CABILLA, por la responsabilidad que le cupo en la presentación del compromiso de monta del S.P.C. “MINERBIA”, inscripto en la 6ª carrera, Premio Dr. Eduardo Vicente Moras, del día lunes 5 de agosto ppdo., sin la firma del jockey ANIBAL A. MORUA, hecho este que derivara con un cambio de monta en Sala de Ratificaciones el día de la carrera.-

APERCIBIR: al entrenador de s.p.c. D. RODOLFO F. MORALES, por la responsabilidad que le cupo en la presentación del compromiso de monta del S.P.C. “STEINHAUSEN”, inscripto en la 10ª carrera, Premio Senasa, del día lunes 5 de agosto ppdo., sin la firma del jockey aprendiz MARIANO J. LOPEZ, hecho este que derivara con un cambio de monta en Sala de Ratificaciones el día de la carrera.-

P R O P I E T A R I O S

MULTAR: en la suma de $ 400.- al titular de la caballeriza “LA MARIANITA” (AZUL), por no haber tomado los recaudos pertinentes para que el S.P.C. “DISTINCT NATIVE”, inscripto en la 13ª.carrera del día viernes 2 de agosto ppdo., contara con la documentación reglamentaria habilitante para participar de la mencionada prueba; motivo por el cual, debió ser retirado; e INHABILITAR al mencionado S.P.C. para hacerlo correr en el Hipódromo Argentino de Palermo hasta tanto no posea la documentación correspondiente, emitida por el Stud Book Argentino, no pudiendo competir en las carreras ya programadas. Artículo 20, Inciso VII, del Reglamento General de Carreras.-

S T A R T E R

SUSPENDER: a solicitud del Starter al S.P.C. “EL GRATO”, a cargo del entrenador de s.p.c. D. EDGARDO I. TRABA, por su manifiesta indocilidad y demorar el ingreso al partidor en la largada de la 13ª carrera del día viernes 2 de agosto ppdo.. Para actuar nuevamente en este hipódromo, deberá transcurrir treinta (30) días y obtener el V°B° del Starter Oficial del Hipódromo Argentino de Palermo.-

Buenos Aires, 8 de agosto de 2013.-

VISTO el informe elevado por el Laboratorio de Control Doping (CeNARD) en relación con el análisis del material extraído al S.P.C. “MI JUGADORA”, que participara de la 14ª carrera del día 1º de julio ppdo.; y,

CONSIDERANDO:

Que, el día 19 de julio ppdo., se procedió a la apertura del “frasco control” en el Laboratorio Químico del CeNARD con la asistencia del Señor Entrenador Don Carlos A. Domingo y el representante de Lotería Nacional Sociedad del Estado Señor Javier Denis;

Que, los análisis efectuados sobre la orina contenida en el “frasco control”, ratifican los resultados obtenidos originariamente, presencias de sustancias prohibidas por el Reglamento General de Carreras encuadradas en la 2ª categoría (Artículo 36, Inciso VII); según acta Nº 157/1307 del Laboratorio Control de Antidoping (CeNARD);

Que, esa circunstancia viola el Artículo 36 Inciso VII, Segundo Párrafo del Reglamento General de Carreras;

Que, habiéndosele notificado al señor entrenador que se le concedían tres días a efectos de aportar los descargos y demás peticiones que hacen a su derecho de defensa, el mismo se notificó del resultado de la contraprueba, no agregando otros elementos;

Que, en consecuencia, y una vez analizado todo lo actuado, y de acuerdo a lo previsto por los Incisos VIII y XIV de la mencionada norma;

La Comisión de Carreras en su sesión del día de la fecha:

R E S U E L V E

1º.- Suspender por el término de cuatro (4) meses, que se computarán desde el día 11 de julio ppdo. y hasta el 10 de noviembre próximo inclusive, al entrenador de s.p.c. D. CARLOS A. DOMINGO;

2º.- Suspender por el término de dos (2) meses, que se computarán desde el día 11 de julio y hasta el hasta el 10 de septiembre próximo inclusive, al S.P.C. “MI JUGADORA”;

3º.- Distanciar del marcador de la 14ª carrera del día lunes 1º de julio ppdo., al S.P.C. “MI JUGADORA”, quedando como definitivo de la manera que sigue: primero “SILI TALA”; segundo “LA PIGNIANI”, tercero “MISS CHILOE”, cuarto “LADY BENEDICT” y quinto “ESPERANZA DANGER”;

4º.- Notificar de la presente resolución a los interesados.-

NOTIFICADO:

FIRMA:

N°. DE DOCUMENTO:

DIRECCIÓN Y TELÉFONO:

Buenos Aires, 8 de agosto de 2013.-

VISTO el informe elevado por el Laboratorio de Control Doping (CeNARD) en relación con el análisis del material extraído al S.P.C. “AMIGUITA PINTONA”, que participara de la 3ª carrera del día 1º de julio ppdo.; y,

CONSIDERANDO:

Que, el día 25 de julio ppdo., se procedió a la apertura del “frasco control” en el Laboratorio Químico del CeNARD con la asistencia del Señor Entrenador Don Carlos H. Elorza y el representante de Lotería Nacional Sociedad del Estado Señor Javier Denis;

Que, los análisis efectuados sobre la orina contenida en el “frasco control”, ratifican los resultados obtenidos originariamente, presencias de sustancias prohibidas por el Reglamento General de Carreras encuadradas en la 2ª categoría (Artículo 36, Inciso VII); según acta Nº 157/1307 del Laboratorio Control de Antidoping (CeNARD);

Que, esa circunstancia viola el Artículo 36 Inciso VII, Segundo Párrafo del Reglamento General de Carreras;

Que, habiéndosele notificado al señor entrenador que se le concedían tres días a efectos de aportar los descargos y demás peticiones que hacen a su derecho de defensa, el mismo se notificó del resultado de la contraprueba, no agregando otros elementos;

Que, en consecuencia, y una vez analizado todo lo actuado, y de acuerdo a lo previsto por los Incisos VIII y XIV de la mencionada norma;

La Comisión de Carreras en su sesión del día de la fecha:

R E S U E L V E

1º.- Suspender por el término de cuatro (4) meses, que se computarán desde el día 11 de julio ppdo. y hasta el 10 noviembre próximo inclusive, al entrenador de s.p.c. D. CARLOS H. ELORZA, asimismo, se le hace saber al Señor Entrenador que una vez cumplida la sanción para anotar y hacer correr ejemplares a su cargo en el Hipódromo Argentino de Palermo, deberá solicitar la correspondiente autorización a esta Comisión de Carreras;

2º.- Suspender por el término de dos (2) meses que se computarán desde el día 11 de julio y hasta el hasta el 10 de septiembre próximo inclusive, al S.P.C. “AMIGUITA PINTONA”;

3º.- Distanciar del marcador de la 3ª carrera del día lunes 1º de julio ppdo., al S.P.C. “AMIGUITA PINTONA”, quedando como definitivo de la manera que sigue: primero “ISLA CANARIA”; segundo “BLONDY ERICA”, tercero “AFRICA DA VINCI”, cuarto “GAME CHU CHU” y quinto “SOPHIE HALO”;

4º.- Notificar de la presente resolución a los interesados.-

NOTIFICADO:

FIRMA:

N°. DE DOCUMENTO:

DIRECCIÓN Y TELÉFONO:

Buenos Aires, 8 de agosto de 2013.-

VISTO el informe elevado por el Laboratorio de Control de Doping (CeNARD) en relación con el análisis del material extraído al S.P.C. “ANTOÑIN” que participara de la 14ª carrera del día viernes 12 de julio ppdo.,y,

CONSIDERANDO:

Que, en virtud del resultado positivo y notificado de la sanción provisoria aplicada al entrenador de s.p.c. Sr. Juan P. Rojas y al S.P.C. “Antoñín”, éste comunicó que desistía de la apertura a la contraprueba del material extraído al S.P.C. “ANTOÑIN”, y que aceptaba el resultado del primer análisis;

Que, ante el desistimiento anunciado por este profesional, resulta inoficioso llevar a cabo alguna otra gestión y/o procedimiento adicional, debiéndose declararse válidos y vinculantes para el Sr. Rojas los resultados arrojados por el primer análisis, que dieran positivo;

En efecto, el Reglamento General de Carreras, en su Capítulo XXII, Artículo 36, Punto XIII, establece que: “…En el supuesto de no presentación del cuidador citado, se tendrán por aceptados los resultados obtenidos y por desistido el derecho a formular descargo y ofrecer prueba, pasando las actuaciones a la Comisión de Carreras para resolver…”;

Que, esos análisis efectuados informaban sobre presencia sustancias prohibidas por el Reglamento General de Carreras que se encuadran en la categoría 3ª (Artículo 36, Inciso VII);

Que, esa circunstancia viola el Artículo 36 Inciso VII, Segundo Párrafo del Reglamento General de Carreras;

La Comisión de Carreras, en su sesión del día de la fecha,

R E S U E L V E:

1º.- Suspender por el término de un (1) mes, que se computarán desde el día 24 de julio ppdo. y hasta el día 23 de agosto próximo inclusive, al entrenador de s.p.c. D. JUAN P. ROJAS;

2º.- Suspender hasta el día 12 de agosto próximo inclusive, al S.P.C. “ANTOÑIN”;

3º.- Distanciar del marcador de la 14ª carrera del día viernes 12 de julio de 2013, al S.P.C. “ANTOÑIN”, quedando el definitivo de la manera que sigue: primero “FORTUNATE STORM”; segundo “PURE TIME”; tercero “EN TU HONOR”; cuarto “DON GIGOLO” y quinto “EL BOCHITO”;

4º.- Notificar de la presente resolución a los interesados.

Más información:
Hipódromo

HIPODROMO DE PALERMO - ARGENTINA

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