Viernes 24 de Octubre de 2014

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Arenas movedizas

RESOLUCION ADOPTADA POR LA COMISION DE CARRERAS

Resoluciónes adoptadas por la comisión de carreras del Hipódromo de Palermo en su sesión del día 23 de Octubre del 2014.

por Comisiòn de Carreras

JOCKEYS Y JOCKEY APRENDICES

APERCIBIR: al jockey JORGE G. RUIZ DIAZ, por no mantener su línea en la largada de la 7ª carrera del día domingo 19 de octubre ppdo., conduciendo al S.P.C. “SEÑORA POPEA”.-

SUSPENDER: por el término de una (1) reunión, que se computara el día viernes 31 de octubre próximo, al jockey ADRIAN M. GIANNETTI, por no mantener su línea a pocos metros de la largada de la 3ª carrera del día lunes 20 de octubre ppdo., ocasionando molestias a otro competidor, conduciendo al S.P.C. “SEXY EUZKARA”.-

SUSPENDER: por el término de dos (2) reuniones, que se computarán los días viernes 31 de octubre y sábado 1º de noviembre próximos, al jockey aprendiz DIEGO E. ACUÑA, por haber registrado 700 grs., de más, al realizar su peso neto, luego de disputada la 2ª carrera del día viernes 17 de octubre, donde condujo al S.P.C. “LA EXPRESS”; 800 grs., de más, luego de disputada la 1ª carrera del día domingo 19, donde condujo al S.P.C. “METE BAMBA”; y 900 grs., y 800 grs., de más, luego de disputadas la 12ª y 14ª carreras del día lunes 20 de octubre, donde condujo a los S.P.C. “NISTEL DEL MAR” y “BISELADA”, respectivamente y ser reincidente en este tipo de faltas.-

MULTAR: en la suma de $ 400.-, al jockey RODRIGO G. BLANCO, por haber registrado 1,300 kg. de más, al realizar su peso neto, luego de disputada la 2ª carrera del día viernes 17 de octubre ppdo., donde condujo al S.P.C. “PY MAGIC” y ser reincidente en este tipo de faltas.-

MULTAR: en la suma de $ 500.-, al jockey aprendiz OCTAVIO F. ARIAS, por haber registrado 900 grs., de más, al realizar su peso neto, luego de disputada la 6ª carrera del día viernes 17 y 900 grs., de más, al realizar su peso neto, luego de disputada la 8ª carrera del día domingo 19 de octubre ppdo., donde condujo a los S.P.C. “SPEEDY KID” y “FORTY SQUADRA”, respectivamente y ser reincidente en este tipo de faltas.-

MULTAR: en la suma de $ 400.-, al jockey JUAN C. VILLAGRA, por haber registrado 1,300 kg. de más, al realizar su peso neto, luego de disputada la 8ª carrera del día viernes 17 de octubre ppdo., donde condujo al S.P.C. “FOREVER SPRING” y ser reincidente en este tipo de faltas.-

MULTAR: en la suma de $ 400.-, al jockey GERONIMO J. GARCIA, por haber registrado 1,300 kg. de más, al realizar su peso neto, luego de disputada la 11ª carrera del día domingo 19 de octubre ppdo., donde condujo al S.P.C. “YOUNG GIRL” y ser reincidente en este tipo de faltas.-

SUSPENDER: por el término de una (1) reunión, que se computará el día viernes 31 de octubre próximo, al jockey aprendiz ANTHONY M. ORTELLADO PEREYRA, por haber registrado 1,500 kg., de más, al realizar su peso neto, luego de disputada la 6ª carrera del día lunes 20 de octubre ppdo., donde condujo al S.P.C. “GESTION”, siendo reincidente y haber llegado a la séptima observación por este mismo tipo de faltas.-

APERCIBIR SEVERAMENTE: al jockey aprendiz ALEXIS J. PAEZ, por haber registrado 400 grs., de menos, al realizar su peso neto, luego de disputada la 12ª carrera del día lunes 20 de octubre ppdo., donde condujo al S.P.C. “EXPRESIVA TOSS”.-

APERCIBIR: al jockey aprendiz CARLOS D. HERNANDEZ, por haber realizado el paseo preliminar en forma antirreglamentaria en la 1ª carrera del día viernes 17 de octubre pasado, donde condujo al S.P.C. “DOUBLE MARIA”.-

APERCIBIR: al jockey aprendiz JOSE ERNESTO LEONARDO, por haber realizado el paseo preliminar en forma antirreglamentaria en la 10ª carrera del día lunes 20 de octubre pasado, donde condujo al S.P.C. “ADORABILE”.-

SUSPENDER: por el término de dos (2) reuniones, que se computarán los días viernes 31 de octubre y sábado 1º de noviembre próximos, al jockey aprendiz ALEXIS J. PAEZ, por no haber dado cumplimiento, sin causa justificada, al compromiso de monta suscripto para la reunión del día lunes 20 de octubre ppdo., donde debía conducir en la 2ª carrera al S.P.C. “BOR CAT” y ser reincidente en este mismo tipo de faltas.-

MULTAR: en la suma de $ 200.-, al jockey aprendiz MATIAS J. MEDINA, por no haber dado cumplimiento al compromiso de monta suscripto para la reunión del día domingo 19 de octubre ppdo., donde debía conducir en la 1ª carrera al S.P.C. “TANGO VAN”.-

APERCIBIR SEVERAMENTE: al su jockey GUSTAVO E. CALVENTE, por haber desmontado para volver a ensillar, al llegar a los partidores, al S.P.C. “EQUAL LIBERTADOR” que participara en la 9ª carrera del día domingo 19 de octubre ppdo., argumentando que se encontraba mal ensillado, invirtiendo la posición de mandil que colocara bajo la montura el entrenador s.p.c. D. EDUARDO C. TADEI, en forma reglamentaria.-

E N T R E N A D O R E S

MULTAR: en la suma de $ 200.-, al entrenador s.p.c. D. FERNANDO J. PACHECO, como responsable de la presentación del S.P.C. “CASUAL CONDORITO”, que habiendo ingresado a la pista para participar en la 11ª carrera del día viernes 17 de octubre ppdo., su jockey GUSTAVO E. CALVENTE, solicitara, al llegar a los partidores, volverlo a ensillar argumentando deficiencias en la firmeza del mismo.-

MULTAR: en la suma de $ 200.-, al entrenador s.p.c. D. JUAN C. BIANCHI, como responsable de la presentación del S.P.C. “THE WRESTLER”, que habiendo ingresado a la pista para participar en la 9ª carrera del día domingo 19 de octubre ppdo., su jockey JUAN C. VILLAGRA, solicitara, al llegar a los partidores, volverlo a ensillar argumentando deficiencias en la firmeza del mismo.-

MULTAR: en la suma de $ 200.-, al entrenador s.p.c. D. MARCELO J. PEREZ, como responsable de la presentación del S.P.C. “BEST GLORY VAN”, que habiendo ingresado a la pista para participar en la 5ª carrera del día lunes 20 de octubre ppdo., su jockey JORGE LUIS PERALTA, solicitara, al llegar a los partidores, volverlo a ensillar argumentando deficiencias en la firmeza del mismo.-

MULTAR: en la suma de $ 200.- al entrenador s.p.c. D. MARCELO J. PEREZ, por haberse registrado un incremento de 1,900 kg en el equipo de correr del S.P.C. “ASPERISIMA NISTEL”, hecho detectado luego de disputada la 11ª carrera del día lunes 20 de octubre ppdo.; haciéndole saber al mismo que en lo sucesivo deberá tomar los recaudos necesarios para evitar diferencias con los elementos en que se realizó el pesaje previo y los que se ensilló a su ejemplar.-

MULTAR: en la suma de $ 150.-, al entrenador s.p.c. D. CARLOS A. FALI, por la responsabilidad que le cupo en la presentación del compromiso de monta del S.P.C. “APPROVAL ATHLETICS”, inscripto en la 4ª carrera del día viernes 17 de octubre ppdo., sin la firma del jockey MARIO E. FERNANDEZ, hecho éste que derivara con un cambio de monta en Sala de Ratificaciones el día de la carrera y ser reincidente.

E N T R E N A D O R E S Y S. P. C.

MULTAR: en la suma de $ 400.-, al entrenador s.p.c. D. SANDRO J. CLAVERI, por no haber adoptado los recaudos pertinentes para la participación del S.P.C. “MAD RESITA MID”, en la 6ª carrera del día lunes 20 de octubre ppdo., habiéndolo presentado a correr con la documentación sanitaria en forma irregular, careciendo de validez las exigencias reglamentarias para que pudiera participar, motivo por el cual debió ser retirado; e INHABILITAR al S.P.C. “MAD RESITA MID”, por el término de treinta (30) días, hasta el día 18 de noviembre de 2014 próximo inclusive; y para anotarlo y hacerlo correr nuevamente en el Hipódromo Argentino de Palermo, deberá presentar previamente ante el Servicio Veterinario, constancia que la documentación sanitaria de ese ejemplar esté vigente al día de la competencia.-

MULTAR: en la suma de $ 300.-, al entrenador s.p.c. D. JUAN P. ROJAS, por no haber adoptado los recaudos pertinentes para informar sobre la no participación del S.P.C. “VICTOR’S”, inscripto en la 4ª carrera del día viernes 17 de octubre ppdo.; e INHABILITAR: mencionado ejemplar por el término de quince (15) días, hasta el 31 de octubre próximo inclusive.-

MULTAR: en la suma de $ 300.-, al entrenador s.p.c. D. CARLOS M. RANERI, por no haber adoptado los recaudos pertinentes para informar sobre la no participación del S.P.C. “CRISJABEL”, inscripto en la 14ª carrera del día viernes 17 de octubre ppdo.; e INHABILITAR: mencionado ejemplar por el término de quince (15) días, hasta el 31 de octubre próximo inclusive.-

MULTAR: en la suma de $ 300.-, al entrenador s.p.c. D. ALBERTO M. LOPEZ, por no haber adoptado los recaudos pertinentes para informar sobre la no participación del S.P.C. “LUCKY NACHO”, inscripto en la 8ª carrera del día lunes 20 de octubre ppdo.; e INHABILITAR: mencionado ejemplar por el término de quince (15) días, hasta el 3 de noviembre próximo inclusive.-

P R O P I E T A R I O S

MULTAR: en la suma de $ 400.- al titular de la caballeriza “EL LOLITO” (AZUL) por no haber tomado los recaudos pertinentes para que el S.P.C. “SALTZBURG”, inscripto en la 11ª carrera del día domingo 19 de octubre ppdo., contara con la documentación reglamentaria habilitante para participar de la mencionada prueba; motivo por el cual, debió ser retirado; e INHABILITAR al mencionado S.P.C. para hacerlo correr en el Hipódromo Argentino de Palermo hasta tanto no posea la documentación correspondiente, a su nombre.-

MULTAR: en la suma de $ 400.- al titular de la caballeriza “SANTA LUCIA” (SANTA ROSA) por no haber tomado los recaudos pertinentes para que el S.P.C. “ALBANI”, inscripto en la 11ª carrera del día domingo 19 de octubre ppdo., contara con la documentación reglamentaria habilitante para participar de la mencionada prueba; motivo por el cual, debió ser retirado; e INHABILITAR al mencionado S.P.C. para hacerlo correr en el Hipódromo Argentino de Palermo hasta tanto no posea la documentación correspondiente, a su nombre.-

S T A R T E R

SUSPENDER: a solicitud del Starter al S.P.C. “JUVENIA”, a cargo del entrenador s.p.c. D. HECTOR S. RODRIGUEZ, por su manifiesta indocilidad en los preparativos de la largada, siendo retirado de la 1ª carrera del día viernes 17 de octubre ppdo. Para actuar nuevamente en este hipódromo, deberán transcurrir treinta (30) días (desde el 17 de octubre ppdo. y hasta 15 de noviembre próximo inclusive) y obtener el V°B° del Starter Oficial del Hipódromo Argentino de Palermo.-

SUSPENDER: a solicitud del Starter al S.P.C. “DOUBLE RUT”, a cargo del entrenador s.p.c. D. JORGE C. TALOTTI, por su manifiesta indocilidad en los partidores y dispararse, siendo retirado de la 4ª carrera del día lunes 20 de octubre ppdo. Para actuar nuevamente en este hipódromo, deberán transcurrir treinta (30) días (desde el 20 de octubre ppdo. y hasta 18 de noviembre próximo inclusive) y obtener el V°B° del Starter Oficial del Hipódromo Argentino de Palermo.-

SUSPENDER: a solicitud del Starter al S.P.C. “GUARDED OPTIMISM”, a cargo del entrenador s.p.c. D. HUGO A. IRIGOITIA, por negarse a dar partida, en la 7ª carrera del día lunes 20 de octubre ppdo. Para actuar nuevamente en este hipódromo, deberán transcurrir treinta (30) días (desde el 20 de octubre ppdo. y hasta 18 de noviembre próximo inclusive) y obtener el V°B° del Starter Oficial del Hipódromo Argentino de Palermo.-

Buenos Aires, 23 de Octubre de 2014.

VISTO el informe elevado por el Laboratorio de Control Dóping (CeNARD) en relación con el análisis del material extraído al S.P.C. “SINGLE GIRL”, que participara de la 11ª carrera del día lunes 29 de septiembre ppdo., y;

CONSIDERANDO:

Que, el día 16 de octubre ppdo., se procedió a la apertura del “frasco control” en el Laboratorio Químico del CeNARD con la presencia del Señor Miguel Ángel Sola, de la Asociación Gremial de Profesionales del Turf, representando en éste acto al entrenador Señor Héctor G. Calvente, debidamente autorizado por nota y del representante de Lotería Nacional Sociedad del Estado, Señor Ezequiel Vera;

Que, los análisis efectuados sobre la orina contenida en el “frasco control”, ratifican los resultados obtenidos originariamente, presencias de sustancias prohibidas por el Reglamento General de Carreras encuadrada en la 2ª categoría (Artículo 36, Inciso VII); según acta Nº 161/1408 del Laboratorio Control de Antidoping (CeNARD);

Que, esa circunstancia viola el Artículo 36 Inciso VII, Segundo Párrafo del Reglamento General de Carreras;

Que, habiéndosele notificado al señor entrenador que se le concedían tres días a efectos de aportar los descargos y demás peticiones que hacen a su derecho de defensa, él mismo envió su descargo en tiempo y forma;

Que, en consecuencia, y una vez analizado todo lo actuado, y de acuerdo a lo previsto por los Incisos VIII y XIV de la mencionada norma;

La Comisión de Carreras en su sesión del día de la fecha:

R E S U E L V E

1º.- Suspender por el término de cuatro (4) meses, que se computarán desde el día 8 de octubre ppdo. y hasta el 7 de febrero de 2015, próximo inclusive; al entrenador s.p.c. D. HECTOR G. CALVENTE;

2º.- Suspender por el término de dos (2) meses, que se computarán desde el día 8 de octubre ppdo. y hasta el 7 de diciembre próximo inclusive al S.P.C. “SINGLE GIRL”;

3º.- Distanciar del marcador de la 11ª carrera del día lunes 29 de Septiembre ppdo., al S.P.C. “SINGLE GIRL” quedando como definitivo de la manera que sigue: primero “CANZONATA”; segundo “DIA DE LA MADRE”, tercero “CORONA GRACIOSA” y cuarto “GREAT HOLY”; quinto “MISS MANIPULADORA”; sexto “LA DAN SEGURA”;

4º.- Notificar de la presente resolución a los interesados.-

Buenos Aires, 23 de octubre de 2014.

VISTO el informe elevado por el Laboratorio de Control de Doping (CeNARD) en relación con el análisis del material extraído al S.P.C. “WHITE SHEIK”, que participara de la 7ª carrera del día lunes 6 de octubre ppdo., y;

CONSIDERANDO:

Que, en virtud del resultado positivo y notificado de la sanción provisoria aplicada al entrenador s.p.c. Sr. René J. Ayub y al S.P.C. “WHITE SHEIK”, éste profesional comunicó que desistía de la contraprueba que se ofrecía con del material extraído al S.P.C. “WHITE SHEIK”, y que aceptaba el resultado del primer análisis;

Que, ante el desistimiento anunciado por este profesional, resulta inoficioso llevar a cabo alguna otra gestión y/o procedimiento adicional, debiéndose declararse válidos y vinculantes para el Sr. Ayub, los resultados arrojados por el primer análisis, que dieran positivo;

En efecto, el Reglamento General de Carreras, en su Capítulo XXII, Artículo 36, Inciso XIII, establece que: “…En el supuesto de no presentación del cuidador citado, se tendrán por aceptados los resultados obtenidos y por desistido el derecho a formular descargo y ofrecer prueba, pasando las actuaciones a la Comisión de Carreras para resolver…”;

Que, esos análisis efectuados informaban sobre presencia sustancias prohibidas por el Reglamento General de Carreras que se encuadran en la categoría 2ª (Artículo 36, Inciso VII);

Que, esa circunstancia viola el Artículo 36 Inciso VII, Segundo Párrafo del Reglamento General de Carreras;

Por ello, la Comisión de Carreras, en su sesión del día de la fecha,

R E S U E L V E:

1º.- Suspender por el término de cuatro (4) meses, que se computarán desde el día 15 de octubre ppdo. y hasta el día 14 de febrero de 2015 próximo inclusive, al entrenador s.p.c. D. RENE J. AYUB;

2º.- Suspender por el término de dos (2) meses, que se computarán desde el día 15 de octubre ppdo. y hasta el día 14 de diciembre próximo inclusive al S.P.C. “WHITE SHEIK”;

3º.- Distanciar del marcador de la 7ª carrera del día lunes 6 de octubre de 2014, al S.P.C. “WHITE SHEIK”, quedando el definitivo de la manera que sigue: primero “EL DE SALTO”; segundo “LE BIENFAITEUR”; tercero “SUMMER ICE”; cuarto “CANDY BOX” y quinto “RUBY PORT”; sexto “COMADRON KEY”

4º.- Notificar de la presente resolución a los interesados.

Más información:
Hipódromo

HIPODROMO DE PALERMO - ARGENTINA

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