Sábado 13 de Diciembre de 2014

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Arenas movedizas

RESOLUCIONES ADOPTADAS POR LA COMISION DE CARRERAS

Resoluciónes adoptadas por la comisión de carreras del Hipódromo de Palermo en su sesión del día 11 de Diciembre del 2014.

por Comisiòn de Carreras

JOCKEYS Y JOCKEY APRENDICES

 

APERCIBIR: al jockey aprendiz LUCIANO A. PAREDES, por no mantener su línea en la largada de la 15ª carrera del día sábado 6 de diciembre ppdo., conduciendo al S.P.C. “NAIGELLA”.-

 

APERCIBIR SEVERAMENTE: al jockey aprendiz JUAN SEBASTIAN CUBILLA, por haber registrado 600 grs. de menos al realizar su peso neto, luego de disputada la 6ª.carrera del día sábado 6 de diciembre ppdo., donde condujo al S.P.C. “LUCKY SELENIA”.-

 

APERCIBIR: al jockey aprendiz MARCELO J. GOMEZ, por haber registrado 500 grs. de más al realizar su peso neto, luego de disputada la 11ª.carrera del día sábado 6 de diciembre ppdo., donde condujo al S.P.C. “COTCATS”.-

 

MULTAR: en la suma de $ 300.-, al jockey MATIAS J. MEDINA, por haber registrado 1,000 kg. de más al realizar su peso neto, luego de disputada la 14ª carrera del día sábado 6 de diciembre ppdo., donde condujo al S.P.C. “ANTONIEX”, y ser reincidente en este tipo de faltas.-

 

APERCIBIR: al jockey aprendiz DIEGO E. ACUÑA, por haber registrado 500 grs. de más al realizar su peso neto, luego de disputada la 15ª carrera del día sábado 6 de diciembre ppdo., donde condujo al S.P.C. “WESTLY”.-

 

MULTAR: en la suma de $ 300.- al jockey JORGE A. RICARDO, por haberse excedido en el peso establecido en el programa oficial para competir con el S.P.C. “PECUARIO INC”, en la 11ª carrera del día lunes 8 de diciembre ppdo., hecho éste que motivara el no cumplimiento del compromiso de monta.-

 

MULTAR: en la suma de $ 300.- al jockey EDWIN R. TALAVERANO, por haberse excedido en el peso establecido en el programa oficial para competir con el S.P.C. “SANTINO PLUS”, en la 11ª carrera del día lunes 8 de diciembre ppdo., hecho éste que motivara el no cumplimiento del compromiso de monta.-

 

 

APERCIBIR SEVERAMENTE: al jockey EDUARDO ORTEGA PAVON, por su falta de responsabilidad profesional, puesta de manifiesto al no concurrir en tiempo y forma al reconocimiento médico, sin ninguna causa que lo justifique, previo a la realización del peso previo para participar en la 5ª carrera del día sábado 6 de diciembre ppdo., donde debía conducir al S.P.C. “GIROLINDA”.-

 

E N T R E N A D O R E S

 

APERCIBIR SEVERAMENTE: al entrenador de s.p.c. D. SIMEON GOMEZ, por la responsabilidad que le cupo en la presentación del compromiso de monta del S.P.C. “MAJESTY BRIGHT”, inscripto en la 5ª carrera del día sábado 6 de diciembre ppdo., sin la firma del jockey aprendiz ANTONIO G. RECUERO, hecho éste que derivara con un cambio de monta en Sala de Ratificaciones el día de la carrera y ser reincidente.-

 

APERCIBIR: al entrenador de s.p.c. D. EDUARDO R. ETCHEVERRY, por la responsabilidad que le cupo en la presentación del compromiso de monta del S.P.C. “SOL DE MOQUEHUA”, inscripto en la 12ª carrera del día sábado 6 de diciembre ppdo., sin la firma del jockey ABEL L. J. GIORGIS, hecho éste que derivara con un cambio de monta en Sala de Ratificaciones el día de la carrera.-

 

APERCIBIR SEVERAMENTE: al entrenador de s.p.c. D. PEDRO F. PAGANTI, por la responsabilidad que le cupo en la presentación del compromiso de monta del S.P.C. “CARNAVALERO KEY”, inscripto en la 11ª carrera del día lunes 8 de diciembre ppdo., sin la firma del jockey aprendiz ROBERTO M. TORRES, hecho éste que derivara con un cambio de monta en Sala de Ratificaciones el día de la carrera y ser reincidente.-

 

APERCIBIR: al entrenador de s.p.c. D. JAVIER C. CHENA, por la responsabilidad que le cupo en la presentación del compromiso de monta del S.P.C. “NEVADA ROY”, inscripto en la 14ª carrera del día lunes 8 de diciembre ppdo., sin la firma del jockey aprendiz CARLOS D. HERNANDEZ, hecho éste que derivara con un cambio de monta en Sala de Ratificaciones el día de la carrera.-

 

APERCIBIR SEVERAMENTE: al entrenador de s.p.c. D. SERGIO A. GARCIA, por la responsabilidad que le cupo en la presentación del compromiso de monta del S.P.C. “LORD JULIO”, inscripto en la 14ª carrera del día lunes 8 de diciembre ppdo., sin la firma del jockey aprendiz RAMON F. TORRES, hecho éste que derivara con un cambio de monta en Sala de Ratificaciones el día de la carrera y ser reincidente.-

 

 

E N T R E N A D O R E S Y S. P. C.

 

MULTAR: en la suma de $ 1.000.-, al entrenador de s.p.c. D. MIGUEL V. RUIZ, por no haber adoptado los recaudos pertinentes para informar sobre la no participación del S.P.C. “ANDRASTE”, inscripto en la 4ª carrera del día sábado 6 de diciembre ppdo.; e INHABILITAR: mencionado ejemplar por el término de quince (15) días, hasta el 20 de diciembre próximo inclusive.-

 

MULTAR en la suma de $ 400.-, al entrenador CARLOS M. LOGGIA, por no haber adoptado los recaudos pertinentes para la participación del S.P.C. “MARGARITA QUEEN”, en la 13ª carrera del día sábado 6 de diciembre ppdo., habiéndolo presentado a correr sin la documentación sanitaria habilitante, motivo por el cual debió ser retirado; e INHABILITAR al S.P.C. “MARGARITA QUEEN”, para anotarlo y hacerlo correr en el Hipódromo Argentino de Palermo, hasta tanto el Servicio Veterinario, no reciba constancia que la documentación sanitaria de ese ejemplar esté vigente.-

 

P R O P I E T A R I O S

 

MULTAR: en la suma de $ 400.- al titular de la caballeriza “LUC-MAR-GIAN” (SAN ISIDRO), por no haber tomado los recaudos pertinentes para que el S.P.C. “LEHENDAKARI”, inscripto en la 14ª carrera del día lunes 8 de diciembre ppdo., contara con la documentación reglamentaria habilitante para participar de la mencionada prueba; motivo por el cual, debió ser retirado.-

 

S T A R T E R

 

SUSPENDER: a solicitud del Starter al S.P.C. “GOKSTAD”, a cargo del entrenador s.p.c. D. CARLOS R. GIUSSI, por su indocilidad peligrosa dentro del partidor y haberse disparado en los preparativos de la largada de la 5ª carrera del día lunes 8 de diciembre ppdo. Para actuar nuevamente en este hipódromo, deberán transcurrir treinta (30) días (desde el 8 de diciembre ppdo. y hasta 7 de enero de 2015 inclusive) y obtener el V°B° del Starter Oficial del Hipódromo Argentino de Palermo.-

Buenos Aires, 11 de diciembre de 2014.

 

VISTO el informe elevado por el Laboratorio de Control Doping (CeNARD) en relación con el análisis del material extraído al S.P.C. “CHULLA ROYAL”, que participara de la 16ª carrera del día lunes 10 de noviembre ppdo.; y,

CONSIDERANDO:

Que, el día 26 de noviembre ppdo., se procedió a la apertura del “frasco control” en el Laboratorio Químico del CeNARD con la presencia del Señor Miguel Ángel Sola por la Asociación Gremial de Profesionales del Turf autorizado por nota del Señor Entrenador Roberto I. Victori, para que lo represente en este acto y del Señor Javier Denis, por Lotería Nacional Sociedad del Estado;

Que, los análisis efectuados sobre la orina contenida en el “frasco control”, ratifican los resultados obtenidos originariamente, presencias de sustancias prohibidas por el Reglamento General de Carreras encuadrada en la 2ª categoría (Artículo 36, Inciso VII); según acta Nº 238/1411 del Laboratorio Control de Antidoping (CeNARD);

Que, esa circunstancia viola el Artículo 36 Inciso VII, Segundo Párrafo del Reglamento General de Carreras;

Que, habiéndosele notificado al señor entrenador que se le concedían tres días a efectos de aportar los descargos y demás peticiones que hacen a su derecho de defensa; él mismo se notificó del resultado de la contraprueba, no agregando otros elementos;

Que, en consecuencia, y una vez analizado todo lo actuado, y de acuerdo a lo previsto por los Incisos VIII y XIV de la mencionada norma;

La Comisión de Carreras en su sesión del día de la fecha:

 

R E S U E L V E:

 

1º.- Suspender por el término de cuatro (4) meses que se computarán desde el día 18 de noviembre ppdo. y hasta el 17 de marzo de 2015, inclusive; al entrenador s.p.c. D. ROBERTO I. VICTORI;

2º.- Suspender por el término de dos (2) meses que se computará desde el día 18 de noviembre ppdo. y hasta el 17 de enero de 2015, inclusive; al S.P.C. “CHULLA ROYAL”;

3º.- Distanciar del marcador de la 13ª carrera del día lunes 8 de noviembre ppdo., al S.P.C. “CHULLA ROYAL”, quedando como definitivo de la manera que sigue: primero “LAGUNA NISTEL”; segundo “VIDA NOCTURNA”, tercero “JUANITA HALO”, cuarto “ACCIONARIA” y quinto “FORTY SQUADRA”;

4º.- Notificar de la presente resolución a los interesados.-

 

Buenos Aires, 11 de diciembre de 2014.

 

VISTO el informe elevado por el Laboratorio de Control Doping (CeNARD) en relación con el análisis del material extraído al S.P.C. “LA STREEP”, que participara de la 1ª carrera del día lunes 17 de noviembre ppdo.; y,

CONSIDERANDO:

Que, el día 3 de diciembre ppdo., se procedió a la apertura del “frasco control” en el Laboratorio Químico del CeNARD con la presencia del Señor Miguel Ángel Sola, por la Asociación Gremial de Profesionales del Turf autorizado por nota del Señor Entrenador Roberto Pellegatta para que lo represente en este acto y el Señor Claudio Galván, por Lotería Nacional Sociedad del Estado;

Que, los análisis efectuados sobre la orina contenida en el “frasco control”, ratifican los resultados obtenidos originariamente, presencias de sustancias prohibidas por el Reglamento General de Carreras encuadrada en la 3ª categoría (Artículo 36, Inciso VII); según acta Nº 244/1411 del Laboratorio Control de Antidoping (CeNARD);

Que, esa circunstancia viola el Artículo 36 Inciso VII, Segundo Párrafo del Reglamento General de Carreras;

Que, habiéndosele notificado al señor entrenador que se le concedían tres días a efectos de aportar los descargos y demás peticiones que hacen a su derecho de defensa, él mismo se notificó del resultado de la contraprueba, no agregando otros elementos;

Que, en consecuencia, y una vez analizado todo lo actuado, de acuerdo a lo previsto por los Incisos VIII y XIV de la mencionada norma; y considerando también que el Sr. Pellegatta, posee en su legajo profesional un antecedente reciente, en el año 2013, por tratamientos no autorizados;

La Comisión de Carreras en su sesión del día de la fecha:

 

R E S U E L V E:

1º.- Suspender por el término de dos (2) meses, que se computarán desde el día 28 de noviembre ppdo. y hasta el 27 de enero de 2015, inclusive; al entrenador s.p.c. D. ROBERTO PELLEGATTA;

2º.- Suspender por el término de un (1) mes, que se computará desde el día 28 de noviembre ppdo. y hasta el 27 de diciembre próximo, inclusive; al S.P.C. “LA STREEP”;

3º.- Distanciar del marcador de la 1ª carrera del día lunes 17 de noviembre ppdo., al S.P.C. “LA STREEP”, quedando como definitivo de la manera que sigue: primero “ROMAN PRINCESS”; segundo “MISS ROBERTS TOP” y tercero “FONTANIVA”;

4º.- Notificar de la presente resolución a los interesados.-

 

Buenos Aires, 11 de diciembre de 2014.

 

VISTO el informe elevado por el Laboratorio de Control Doping (CeNARD) en relación con el análisis del material extraído al S.P.C. “NOVEL DAYLIGHT”, que participara de la 10ª carrera del día domingo 16 de noviembre ppdo.; y,

CONSIDERANDO:

Que, el día 3 de diciembre ppdo., se procedió a la apertura del “frasco control” en el Laboratorio Químico del CeNARD con la presencia del Señor Miguel Ángel Sola por la Asociación Gremial de Profesionales del Turf autorizado por nota del entrenador Señor Hugo A. Sardón para que lo represente en este acto y del Señor Claudio Galván por Lotería Nacional Sociedad del Estado;

Que, los análisis efectuados sobre la orina contenida en el “frasco control”, ratifican los resultados obtenidos originariamente, presencias de sustancias prohibidas por el Reglamento General de Carreras encuadrada en la 2ª categoría (Artículo 36, Inciso VII); según acta Nº 244/1411 del Laboratorio Control de Antidoping (CeNARD).

Que, esa circunstancia viola el Artículo 36 Inciso VII, Segundo Párrafo del Reglamento General de Carreras;

Que, habiéndosele notificado al señor entrenador que se le concedían tres días a efectos de aportar los descargos y demás peticiones que hacen a su derecho de defensa, él mismo hizo su presentación en tiempo y forma;

Que, en consecuencia, y una vez analizado todo lo actuado, y de acuerdo a lo previsto por los Incisos VIII y XIV de la mencionada norma;

La Comisión de Carreras en su sesión del día de la fecha:

 

R E S U E L V E:

1º.- Suspender por el término de cuatro (4) meses, que se computarán desde el día 28 de noviembre ppdo. y hasta el 27 de marzo de 2015, inclusive; al entrenador de s.p.c. D. HUGO A. SARDON;

2º.- Suspender hasta el día por el término de dos (2) meses, que se computarán desde el día 28 de noviembre ppdo. y hasta el 27 de enero de 2015, inclusive; al S.P.C. “NOVEL DAYLGHT”;

3º.- Distanciar del marcador de la 10ª carrera del día domingo 16 de noviembre ppdo., al S.P.C. “NOVEL DAYLIGHT” , quedando como definitivo de la manera que sigue: primero “EL TURKO MAN”; segundo “BEAUTY SLAM” ; tercero “JIMMY B”; cuatro “GRAN VASQUITO”, quinto “BRITISH HONOR” y sexto “CECILINDO JET”;

4º.- Notificar de la presente resolución a los interesados.-

Más información:
Hipódromo

HIPODROMO DE SAN ISIDRO - ARGENTINA

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