Sábado 10 de Enero de 2015

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Arenas movedizas

RESOLUCIONES ADOPTADAS POR LA COMISION DE CARRERAS

Resoluciónes adoptadas por la comisión de carreras del Hipódromo de Palermo en su sesión del día 8 de Enero del 2015.

por Comisiòn de Carreras

 JOCKEYS Y JOCKEY APRENDICES

SUSPENDER: por el término de tres (3) reuniones, que se computaran los días viernes 16, sábado 17 y domingo 18 de enero próximos, al jockey WILSON R. MOREYRA, por no mantener su línea en la recta final de la 5ª carrera de día lunes 29 de diciembre ppdo., provocando molestias a otro competidor, conduciendo al S.P.C. “SKY LADINO”, lo que motivó su distanciamiento del 1er al 2do puesto del marcador.-

SUSPENDER: por el término de dos (2) reuniones, que se computaran los días viernes 16 y sábado 17 de enero próximos, al jockey PABLO D. CARRIZO, por perder su línea en los 400 metros finales de la 1ª carrera de día lunes 5 de enero ppdo., provocando molestias a otro competidor, conduciendo al S.P.C. “STORM KOKETO”, lo que motivó su distanciamiento del 1er al 2do puesto del marcador.-

SUSPENDER: por el término de seis (6) reuniones que se computarán desde el día viernes 16 y hasta el día miércoles 21 de enero próximo inclusive, al jockey aprendiz MARCELO A. LUNA, por haber registrado 2,400 kg. de más al realizar su peso neto, luego de disputada 3ª carrera día sábado 3 de enero ppdo., donde condujo al S.P.C. “SEMBRA SHOT” y ser reincidente en este tipo de faltas.-

MULTAR: en la suma de $ 300.-, al jockey GERONIMO J. GARCIA, por haber registrado 1,000 kg. de más al realizar su peso neto, luego de disputada 9ª carrera día sábado 3 de enero ppdo., donde condujo al S.P.C. “BUENOS DESEOS” y ser reincidente en este tipo de faltas.-

APERCIBIR: al jockey PABLO D. CARRIZO, por haber registrado 700 grs., de más al realizar su peso neto, luego de disputada 13ª carrera día sábado 3 de enero ppdo., donde condujo al S.P.C. “IDEADO”.-

APERCIBIR: al jockey DARIO N. GARCIA, por haber registrado 600 grs., de más al realizar su peso neto, luego de disputada 15ª carrera día sábado 3 de enero ppdo., donde condujo al S.P.C. “BUEN PADRINO”.-

APERCIBIR: al jockey MARIO R. NUÑEZ, por haber registrado 700 grs., de más al realizar su peso neto, luego de disputada 10ª carrera día lunes 5 de enero ppdo., donde condujo al S.P.C. “AZKARRUNTZ”.-

MULTAR: en la suma de $ 300.- al jockey aprendiz FRANCO A. CALVENTE, por su falta de responsabilidad puesta de manifiesto al realizar el peso, luego de corrida la carrera del día lunes 5 de enero ppdo., donde condujo al S.P.C. “COTILLON”; haciéndole saber al mismo que el Artículo 27, Incisos XIV y XV; del Reglamento General de Carreras establece que “Los jockeys se pesarán con mandil, montura, estribos, pretal y todo la que llevaran sobre al caballo, excepción hecha del látigo, embocadura, cabezada y riendas.” El peso del casco protector no será computado”.

E N T R E N A D O R E S

MULTAR: en la suma de $ 150.-, al entrenador de s.p.c. D. MIGUEL A. ROCH, por la responsabilidad que le cupo en la presentación del compromiso de monta para el S.P.C. “SUMBAWITA”, inscripto en la 1ª carrera del día lunes 29 de diciembre ppdo., sin la firma de la jockey MIGUEL U. F. ROCH, hecho éste que derivara con un cambio de monta en la Sala de Ratificaciones el día de la carrera y ser reincidente.-

MULTAR: en la suma $ 150.-, al entrenador s.p.c. D. HECTOR A. SUELDO, por la responsabilidad que le cupo en la presentación del compromiso de monta para el S.P.C. “PRADA LADY”, inscripto en la 1ª carrera del día sábado 3 de enero ppdo., sin la firma de la jockey MARIO L. LEYES, hecho éste que derivara con un cambio de monta en la Sala de Ratificaciones el día de la carrera y ser reincidente.-

MULTAR: en la suma de $ 150.-, al entrenador s.p.c. D. PEDRO F. PAGANTI, por la responsabilidad que le cupo en la presentación del compromiso de monta para el S.P.C. “MIC INDEPENDENCIA”, inscripto en la 3ª carrera del día sábado 3 de enero ppdo., sin la firma de la jockey aprendiz ROBERTO M. TORRES, hecho éste que derivara con un cambio de monta en la Sala de Ratificaciones el día de la carrera y ser reincidente.-

MULTAR: en la suma de $ 150.-, al entrenador s.p.c. D. ENRIQUE A. ARGUELLO, por la responsabilidad que le cupo en la presentación del compromiso de monta para el S.P.C. “EL SOLTERIO”, inscripto en la 4ª carrera del día sábado 3 de enero ppdo., sin la firma de la jockey aprendiz MARTIN D. GONZALEZ, hecho éste que derivara con un cambio de monta en la Sala de Ratificaciones el día de la carrera y ser reincidente.-

MULTAR: en la suma de $ 150.-, al entrenador s.p.c. D. CONRADO B. FUENTES, por la responsabilidad que le cupo en la presentación del compromiso de monta para el S.P.C. “MAGIA CLASICA”, inscripto en la 3ª carrera del día lunes 5 de enero ppdo., sin la firma de la jockey JUAN C. VILLAGRA, hecho éste que derivara con un cambio de monta en la Sala de Ratificaciones el día de la carrera y ser reincidente.-

MULTAR: en la suma de $ 150.-, al entrenador s.p.c. D. EUSONIO V. BONI, por la responsabilidad que le cupo en la presentación del compromiso de monta para el S.P.C. “CAYUMARI”, inscripto en la 6ª carrera del día lunes 5 de enero ppdo., sin la firma de la jockey aprendiz DIEGO IVAN MONTES DE OCA, hecho éste que derivara con un cambio de monta en la Sala de Ratificaciones el día de la carrera y ser reincidente.-

MULTAR: en la suma de $ 150.-, al entrenador s.p.c. D. RAMON O. PEREZ, por la responsabilidad que le cupo en la presentación del compromiso de monta para el S.P.C. “CANDY LOCO” (USA), inscripto en la 9ª carrera del día lunes 5 de enero ppdo., sin la firma de la jockey JUAN C. VILLAGRA, hecho éste que derivara con un cambio de monta en la Sala de Ratificaciones el día de la carrera y ser reincidente.-

E N T R E N A D O R E S Y S. P. C.

MULTAR: en la suma de $ 1.000.-, al entrenador s.p.c. D. RAUL GRUDI, por no haber adoptado los recaudos pertinentes para informar sobre la no participación del S.P.C. “PETITERA REAL”, inscripto en la 14ª carrera del día lunes 29 de diciembre ppdo.; e INHABILITAR: mencionado ejemplar por el término de quince (15) días, hasta el 12 de enero próximo inclusive.-

MULTAR: en la suma de $ 1.000.-, al entrenador de s.p.c. D. RICARDO O. ROMERO, por no haber adoptado los recaudos pertinentes para informar sobre la no participación del S.P.C. “URUCUM”, inscripto en la 13ª carrera del día lunes 5 de enero ppdo.; e INHABILITAR: mencionado ejemplar por el término de quince (15) días, hasta el 19 de enero próximo inclusive.-

P R O P I E T A R I O S

MULTAR: en la suma de $ 400.- al titular de la caballeriza “LA LAGRIMA” (VENADO TUERTO), por no haber tomado los recaudos pertinentes para que el S.P.C. “SOÑADORA ROY”, inscripto en la 2ª carrera del día lunes 5 de enero ppdo., contara con la documentación en regla para poder para participar de la mencionada prueba; motivo por el cual el ejemplar debió ser retirado.-

MULTAR: en la suma de $ 400.- al titular de la caballeriza “LINDA SIEMPRE” (LA PLATA), por no haber tomado los recaudos pertinentes para que el S.P.C. “MOLLY ROSE”, inscripto en la 2ª carrera del día lunes 29 de diciembre ppdo., contara con la documentación reglamentaria habilitante para participar de la mencionada prueba; motivo por el cual, debió ser retirado; e INHABILITAR al mencionado S.P.C. para hacerlo correr en el Hipódromo Argentino de Palermo hasta tanto no posea la documentación correspondiente, emitida por el Stud Book Argentino, no pudiendo competir en las carreras ya programadas. Artículo 20, Inciso VII, del Reglamento General de Carreras.-

MULTAR: en la suma de $ 400.- al titular de la caballeriza “FRANCO R” (RIO CUARTO), por no haber tomado los recaudos pertinentes para que el S.P.C. “MISS IS BACK”, inscripto en la 4ª carrera del día lunes 29 de diciembre ppdo., contara con la documentación reglamentaria habilitante para participar de la mencionada prueba; motivo por el cual, debió ser retirado.-

MULTAR: en la suma de $ 400.- al titular de la caballeriza “LA AGUADA” (VILLA MARIA), por no haber tomado los recaudos pertinentes para que el S.P.C. “LUISIANNA QUEEN”, inscripto en la 1ª carrera del día sábado 3 de enero ppdo., contara con la documentación reglamentaria habilitante para participar de la mencionada prueba; motivo por el cual, debió ser retirado; e INHABILITAR al mencionado S.P.C. para hacerlo correr en el Hipódromo Argentino de Palermo hasta tanto no posea la documentación correspondiente, emitida por el Stud Book Argentino, no pudiendo competir en las carreras ya programadas. Artículo 20, Inciso VII, del Reglamento General de Carreras.-

MULTAR: en la suma de $ 400.- al titular de la caballeriza “STUD HARAS LOS DESAGUES” (LA PLATA), por no haber tomado los recaudos pertinentes para que el S.P.C. “MUSIC FOR MONEY”, inscripto en la 6ª carrera del día sábado 3 de enero ppdo., contara con la documentación reglamentaria habilitante para participar de la mencionada prueba; motivo por el cual, debió ser retirado; e INHABILITAR al mencionado S.P.C. para hacerlo correr en el Hipódromo Argentino de Palermo hasta tanto no posea la documentación correspondiente, emitida por el Stud Book Argentino, no pudiendo competir en las carreras ya programadas. Artículo 20, Inciso VII, del Reglamento General de Carreras.-

MULTAR: en la suma de $ 400.- al titular de la caballeriza “HARAS DON BRUNO”, por no haber tomado los recaudos pertinentes para que el S.P.C. “FIRENZINA”, inscripto en la 6ª carrera del día lunes 5 de enero ppdo., contara con la documentación reglamentaria habilitante para participar de la mencionada prueba; motivo por el cual, debió ser retirado; e INHABILITAR al mencionado S.P.C. para hacerlo correr en el Hipódromo Argentino de Palermo hasta tanto no posea la documentación correspondiente, emitida por el Stud Book Argentino, no pudiendo competir en las carreras ya programadas. Artículo 20, Inciso VII, del Reglamento General de Carreras.-

MULTAR: en la suma de $ 400.- al titular de la caballeriza “JUAN ANTONIO” (BELL VILLE), por no haber tomado los recaudos pertinentes para que el S.P.C. “HELLO MR DANGER”, inscripto en la 9ª carrera del día lunes 5 de enero ppdo., contara con la documentación reglamentaria habilitante para participar de la mencionada prueba; motivo por el cual, debió ser retirado; e INHABILITAR al mencionado S.P.C. para hacerlo correr en el Hipódromo Argentino de Palermo hasta tanto no posea la documentación correspondiente, emitida por el Stud Book Argentino, no pudiendo competir en las carreras ya programadas. Artículo 20, Inciso VII, del Reglamento General de Carreras.

MULTAR: en la suma de $ 400.- al titular de la caballeriza “PASCO” (BELL VILLE), por no haber tomado los recaudos pertinentes para que el S.P.C. “EL MECHON”, inscripto en la 10ª carrera del día lunes 5 de enero ppdo., contara con la documentación reglamentaria habilitante para participar de la mencionada prueba; motivo por el cual, debió ser retirado; e INHABILITAR al mencionado S.P.C. para hacerlo correr en el Hipódromo Argentino de Palermo hasta tanto no posea la documentación correspondiente, emitida por el Stud Book Argentino, no pudiendo competir en las carreras ya programadas. Artículo 20, Inciso VII, del Reglamento General de Carreras.

S T A R T E R

SUSPENDER: a solicitud del Starter al S.P.C. “EITI LEDA”, a cargo del entrenador s.p.c. D. IGNACIO A. DIAZ, por su manifiesta indocilidad dentro del partidor, motivo por el cual fue retirado de la 3ª carrera del día lunes 5 de enero ppdo. Para actuar nuevamente en este hipódromo, deberán transcurrir treinta (30) días (desde el 5 de enero ppdo. y hasta 4 de febrero próximo inclusive y obtener el V°B° del Starter Oficial del Hipódromo Argentino de Palermo.-

SUSPENDER: a solicitud del Starter al S.P.C. “BREAK THE CHECK”, a cargo del entrenador s.p.c. D. EDGARDO H. IRIARTE, por su manifiesta indocilidad dentro del partidor, motivo por el cual fue retirado de la 5ª carrera del día lunes 5 de enero ppdo. Para actuar nuevamente en este hipódromo, deberán transcurrir treinta (30) días (desde el 5 de enero ppdo. y hasta 4 de febrero próximo inclusive y obtener el V°B° del Starter Oficial del Hipódromo Argentino de Palermo.-

Más información:
Hipódromo

HIPODROMO DE PALERMO - ARGENTINA

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