Jueves 7 de Octubre de 2010

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Bosque en llamas

RESOLUCIONES ADOPTADAS POR LA COMISION DE CARRERAS DEL HIPODROMO DE LA PLATA

Resoluciones adoptadas por la Comisión de Carreras del Hipódromo de La Plata en su sesión de fecha 7 de octubre de 2010.

por Hipódromo de La Plata

SESIÓN DE LA COMISIÓN DE CARRERAS DEL DÍA 7 DE OCTUBRE DE 2010

SPC INHABILITADOS NO REDIMIBLES MEDIANTE PAGO Y ENTRENADORES MULTADOS

Res. 848: Vista la no participación del SPC “AUCK SALE”, en la 6ta carrera del día 5 de octubre, y, CONSIDERANDO

Que el citado ejemplar fue ratificado el día 27 de septiembre, para actuar en éste Hipódromo-en la carrera de referencia- se lo
ratifica también para participar con anterioridad a ésta, más precisamente en la reunión del día 4 de octubre en el Hipódromo Palermo,
donde efectivamente corrió.

Que, sin perjuicio de ejercer su retiro, debe tenerse en cuenta la doble anotación del ejemplar y el empeño puesto de manifiesto
por sus responsables para que efectivamente corra en este Hipódromo.

POR ELLO, LA COMISIÓN DE CARRERAS, RESUELVE:

1) Declarar no redimible mediante pago la inhabilitación de treinta (30) días, a computarse desde el 5 de octubre y hasta el 3 de
noviembre próximo inclusive al SPC “AUCK SALE”, ratificado el día antes mencionado y no presentado a correr en la 6ta carrera del
día 5 de octubre

2) Multar en la suma de $200, al Entrenador Dn. JORGE O. JUAREZ, por la falta de responsabilidad profesional en mérito a las causas
expuestas en el considerando de esta resolución (Art.33 Inc.I del RGC).

3) Se le llama la atención al Propietario de la Caballeriza “FLOR Y AGUS”, por lo expuesto en el considerando de esta resolución,
haciéndole saber que deberá arbitrar los medios necesarios para la efectiva participación de los animales de su propiedad, bajo
apercibimiento de aplicar sanciones que este Cuerpo estime corresponder.

4) Comuníquese.-

Res. 849: Vista la no participación del SPC “INCULPABLE”, en la 8va carrera del día 5 de octubre, y, CONSIDERANDO:

Que el citado ejemplar fue ratificado el día 27 de septiembre, para actuar en éste Hipódromo-en la carrera de referencia- se
lo ratifica también para participar con anterioridad a ésta, más precisamente en la reunión del día 4 de octubre en el Hipódromo de
Palermo, donde efectivamente corrió.

Que, sin perjuicio de ejercer su retiro, debe tenerse en cuenta la doble anotación del ejemplar y el empeño puesto de
manifiesto por sus responsables para que efectivamente corra en este Hipódromo.

POR ELLO, LA COMISIÓN DE CARRERAS, RESUELVE:

1) Declarar no redimible mediante pago la inhabilitación de treinta (30) días, a computarse desde el 5 de octubre y hasta el 3 de
noviembre próximo inclusive al SPC “INCULPABLE”, ratificado el día antes mencionado y no presentado a correr en la 8va carrera del
día 5 de octubre

2) Multar en la suma de $200, al Entrenador Dn. ANTONIO WALTER AGUIAR, por la falta de responsabilidad profesional en mérito
las causas expuestas en el considerando de esta resolución (Art.33 Inc.I del RGC).

3) Se le llama la atención al Propietario de la Caballeriza “SANDRA LIDIA” , por lo expuesto en el considerando de esta resolución,
haciéndole saber que deberá arbitrar los medios necesarios para la efectiva participación de los animales de su propiedad, bajo
apercibimiento de aplicar sanciones que este Cuerpo estime corresponder.

4) Comuníquese.-

CABALLERIZAS RECONOCIDAS

Res. 850: Se reconoce, a partir del día de la fecha, a la Caballeriza “DOK-TO”, propiedad del Sr. YUNG JUNG CHANG (D.N.I.
92.064.070).-

Res. 851: Se reconoce, a partir del día de la fecha, a la Caballeriza “CRAZY CHAIN”, propiedad del Sr. ADRIAN RAUL AROUGUETI
(D.N.I. 20.493.385).-

Res. 852: Se reconoce, a partir del día de la fecha, a la Caballeriza “44 X 4”, propiedad del Sr. GUSTAVO FRANCISCO ZAFFIRO
(D.N.I. 10.981.152).-

CABALLERIZA REHABILITADA

Res. 853: Se dispone rehabilitar, a partir del día de la fecha, a la Caballeriza “LA PUÑALADA DE M.”, propiedad del Sr. Héctor Abel
GONZALEZ
(D.N..I. 10.227.820).-

ENTRENADOR MULTADO Y S.P.C INHABILITADO

Res. 854: Visto la no participación del SPC “BROCCOLINO”, en la 7ma. carrera del día 5 de octubre pasado, y, CONSIDERANDO:

Que, el Entrenador responsable del citado SPC, no comunicó la no participación del mismo, implicando ello una falta de
responsabilidad profesional, (Art.33 Inc. I del RGC).

POR ELLO LA COMISIÓN DE CARRERAS RESUELVE:

1) Multar en la suma de $ 200, al Entrenador GUSTAVO DARIO CAMBRONERA, por falta de responsabilidad profesional, en mérito
a los motivos expuestos en el considerando de esta resolución (Art.33 Inc. I del RGC).

2) Declarar no redimible mediante multa, la inhabilitación de treinta (30) días desde el día 5 de y hasta el 3 de octubre próximo
inclusive, de la S.P.C “BROCCOLINO”.-

3) Comuníquese.-

SERVICIO VETERINARIO

Res. 855: Visto el Informe elevado por el Servicio Veterinario, con relación a lo acontecido con el S.P.C. “SAGITARIA DREAM”, quién
presentara Epistaxis Bilateral luego de disputada la 2da carrera del día 5 de octubre pasado, se resuelve inhabilitarlo por el término de
treinta (30) días, desde el 6 de octubre y hasta el 4 de noviembre próximo inclusive.-

Res. 856: Visto el Informe elevado por el Servicio Veterinario, con relación a lo acontecido con el S.P.C. “INDIAN FLAG”, quién
presentara Epistaxis Bilateral luego de disputada la 3ra carrera del día 5 de octubre pasado, se resuelve inhabilitarlo por el término de
treinta (30) días, desde el 6 de octubre y hasta el 4 de noviembre próximo inclusive.-

Res. 857: Visto el Informe elevado por el Servicio Veterinario, con relación a lo acontecido con el S.P.C. “BACO INT”, quién presentara
Epistaxis Bilateral luego de disputada la 6ta carrera del día 5 de octubre pasado, se resuelve inhabilitarlo por el término de treinta (30)
días, desde el 6 de octubre y hasta el 4 de noviembre próximo inclusive.-

STARTER

Res. 858: Visto el informe presentado por el Sr. Starter, se suspende por el término de treinta (30) días, a computarse desde el 5 de
octubre y hasta el 3 de noviembre próximo inclusive al SPC “SHOOTOUT”, por su manifiesta indocilidad peligrosa en la 4ta. carrera del
día 5 de octubre pasado. Asimismo, se dispone hacerle saber al Entrenador JOSE L. TOLEDO, a cuyo cargo se encuentra el
mencionado SPC, que para volver a correr se necesita el V° B° del Starter y la autorización de este Cuerpo.

Res. 859: Visto el informe presentado por el Sr. Starter, se suspende por el término de treinta (30) días, a computarse desde el 5 de
octubre y hasta el 3 de noviembre próximo inclusive al SPC “SKI JET”, por su manifiesta indocilidad peligrosa en la 6ta. carrera del día
5 de noviembre pasado. Asimismo, se dispone hacerle saber al Entrenador JUAN MANUEL CUVIELLO, a cuyo cargo se encuentra el
mencionado SPC, que para volver a correr se necesita el V° B° del Starter y la autorización de este Cuerpo.-

JOCKEY MULTADO

Res. 860: Se dispone multar en la suma de $ 100 al Jockey Aprendiz MATIAS H. DELLI QUADRI, por desobedecer las órdenes
impartidas por el largador de turno, demorando el ingreso al partidor en la 5ta. carrera del día 5 de octubre pasado donde condujo al
SPC “MR. GORI”.-

COMPROMISOS DE MONTA

Res. 861: Se dispone multar en la suma de $ 50, al Entrenador Dn. OSCAR R. CORSI, por la responsabilidad que le cupo en la
presentación del compromiso de monta del SPC “RANCHERISIMO”, inscripto en la 7ma. carrera del día 5 de octubre pasado.-

Res. 862: Se dispone multar en la suma de $ 50, al Entrenador Dn. MARCOS A. MEDINA, por la responsabilidad que le cupo en la
presentación del compromiso de monta del SPC “EL PRINCIPE TOMAS”, inscripto en la 8va. carrera del día 5 de octubre pasado.-

Res. 863: Se dispone multar en la suma de $ 50, al Entrenador Dn. FABRICIO G. ITURRI, por la responsabilidad que le cupo en la
presentación del compromiso de monta del SPC “POLITICS”, inscripto en la 10ma. carrera del día 5 de octubre pasado.-

DIFERENCIA DE PESO

Res. 864: Se apercibe a la Jockey Aprendiz MARTHA C. ZAPATA R., por presentarse al pesaje de la 6ta. carrera del día 5 de octubre
pasado faltándole 600 gramos en su peso neto, en la que condujo al SPC “SOUNDS GREAT”(BRZ).-

Res. 865: Se apercibe al Jockey LUIS T. STOPPINI, por presentarse al pesaje de la 8va. carrera del día 5 de octubre pasado faltándole
600 gramos en su peso neto, en la que condujo al SPC “TINO SONG”.-

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