Lunes 8 de Noviembre de 2010

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Bosque en llamas

RESOLUCIONES ADOPTADAS POR LA COMISION DE CARRERAS DEL HIPODROMO DE LA PLATA

Resoluciones adoptadas por la Comisión de Carreras del Hipódromo de La Plata en su sesión de fecha 4 de noviembre de 2010.

por Hipódromo de La Plata

SESIÓN DE LA COMISIÓN DE CARRERAS DEL DÍA 4 NOVIEMBRE DE 2010

SPC INHABILITADO NO REDIMIBLE MEDIANTE PAGO Y ENTRENADOR MULTADO

Res. 980: Vista la no participación del SPC “SEMENOV”, en la 3ra carrera del día 2 de noviembre, y, CONSIDERANDO:

Que el citado ejemplar fue ratificado el día 25 de octubre, para actuar en éste Hipódromo -en la carrera de referencia- se lo ratifica también para participar con anterioridad a ésta, más precisamente en la reunión del día 30 de octubre en el Hipódromo de San Isidro, donde efectivamente corrió.

Que, sin perjuicio de ejercer su retiro, debe tenerse en cuenta la doble anotación del ejemplar y el empeño puesto de manifiesto por sus responsables para que efectivamente corra en este Hipódromo.

POR ELLO, LA COMISIÓN DE CARRERAS, RESUELVE:

1) Declarar no redimible mediante pago la inhabilitación de treinta (30) días, a computarse desde el 2 de noviembre y hasta el 1 de diciembre próximo inclusive al SPC “SEMENOV”, ratificado el día antes mencionado y no presentado a correr en la 3ra carrera del día 2 de noviembre

2) Multar en la suma de $200, al Entrenador Dn. JORGE L. BLAIOTTA, por la falta de responsabilidad profesional en mérito a las causas expuestas en el considerando de esta resolución (Art.33 Inc.I del RGC).

3) Se le llama la atención al Propietario de la Caballeriza “STUD LAS GRUTAS”, por lo expuesto en el considerando de esta resolución, haciéndole saber que deberá arbitrar los medios necesarios para la efectiva participación de los animales de su propiedad, bajo apercibimiento de aplicar sanciones que este Cuerpo estime corresponder.

4) Comuníquese.-

Res. 981: Vista la no participación del SPC “INGENIOSO SOY”, en la 9na carrera del día 2 de noviembre, y,

CONSIDERANDO:

Que el citado ejemplar fue ratificado el día 25 de octubre, para actuar en éste Hipódromo -en la carrera de referencia- se lo ratifica también para participar con anterioridad a ésta, más precisamente en la reunión del día 30 de octubre en el Hipódromo de Palermo, donde efectivamente corrió.

Que, sin perjuicio de ejercer su retiro, debe tenerse en cuenta la doble anotación del ejemplar y el empeño puesto de manifiesto por sus responsables para que efectivamente corra en este Hipódromo.

POR ELLO, LA COMISIÓN DE CARRERAS, RESUELVE:

1) Declarar no redimible mediante pago la inhabilitación de treinta (30) días, a computarse desde el 2 de noviembre y hasta el 1 de diciembre próximo inclusive al SPC “INGENIOSO SOY”, ratificado el día antes mencionado y no presentado a correr en la 9na. carrera del día 2 de noviembre.

2) Multar en la suma de $200, al Entrenador Dn. OSCAR DAMIAN REBORA, por la falta de responsabilidad profesional en mérito a las causas expuestas en el considerando de esta resolución (Art.33 Inc.I del RGC).

3) Se le llama la atención al Propietario de la Caballeriza “LA AMISTAD” (San Juan), por lo expuesto en el considerando de esta resolución, haciéndole saber que deberá arbitrar los medios necesarios para la efectiva participación de los animales de su propiedad, bajo apercibimiento de aplicar sanciones que este Cuerpo estime corresponder.

4) Comuníquese.-

CABALLERIZA MULTADA Y SPC INHABILITADO

Res. 982: Se dispone multar en la suma de $ 200, al Propietario de la Caballeriza “LA PATOTA”, Dn. JOSE MANUEL LEON (h.), por no haber adoptado los recaudos para que el SPC “SQUIRREL”, se presentara con la documentación necesaria para participar de la 11ma. carrera del día 2 de noviembre pasado. Asimismo se dispone inhabilitar al SPC “SQUIRREL”, hasta tanto no se haga efectivo el cumplimiento de la documentación exigida.-

CABALLERIZA RECONOCIDA

Res. 983: Se reconoce, a partir del día de la fecha, a la Caballeriza “EL FOCA”, propiedad del Sr. DANIEL HORACIO RUIZ (D.N.I. 11.371.681).-

STARTER

Res. 984: Visto el informe presentado por el Sr. Starter, se suspende por el término de treinta (30) días, a computarse desde el 2 de noviembre y hasta el 1 de diciembre próximo inclusive al SPC “MAS BAHIENSE”, por su manifiesta indocilidad en la 6ta. carrera del día 2 de noviembre pasado. Asimismo, se dispone hacerle saber al Entrenador JUAN F. SALDIVIA, a cuyo cargo se encuentra el mencionado SPC, que para volver a correr se necesita el V° B° del Starter y la autorización de este Cuerpo.-

OTROS HIPÓDROMOS

Res. 986: Se toma conocimiento y se hacen extensivas al medio local, las resoluciones adoptadas por al Comisión de Carreras del Hipódromo Argentino de Palermo, en su sesión del día 2 de noviembre de 2010:

VISTO el informe elevado por el Laboratorio de Control de Doping (Cenard) sobre los análisis efectuados a los competidores de la reunión hípica realizada en éste hipódromo el día 23 de octubre de 2010, y;

CONSIDERANDO:

Que, de ello, surge que el SPC “SOUTHERN SHINER”, a cargo del entrenador Sr. ROBERTO A. PELLEGATTA, que participara en la 2da. carrera de ese día arrojó resultados en los cuales se detectaron reacciones que indican que el mencionado SPC ha corrido transgrediendo el Artículo 36 del Reglamento General de Carreras;

Que, de acuerdo a lo prescripto en el Inciso IX, del mencionado Articulo, corresponde suspender preventivamente al citado Entrenador, hasta tanto se conozca el resultado del análisis que se efectuará sobre el “frasco control”;

Que, igualmente es del caso suspender automáticamente al mencionado SPC, por ello:

LA COMISIÓN DE CARRERAS, RESUELVE:

1.-) Suspender preventivamente al Entrenador Sr. ROBERTO A. PELLEGATTA, por la situación enunciada precedentemente.

2.-) Suspender automáticamente al SPC “SOUTHERN SHINER”.-

3.-) Notifíquese.-

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