Lunes 10 de Enero de 2011

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Bosque en llamas

RESOLUCIONES ADOPTADAS POR LA COMISION DE CARRERAS DEL HIPODROMO DE LA PLATA

Resoluciones adoptadas por la Comisión de Carreras del Hipódromo de La Plata en su sesión de fecha 4 de enero de 2011. SEVERAS SUSPENSIONES.

por Hipódromo de La Plata

SESIÓN DE LA COMISIÓN DE CARRERAS DEL DÍA 4 DE ENERO DE 2011


  • ENTRENADOR SUSPENDIDO

Res. 09: Visto el sumario administrativo ordenado por Resolución Nro. 980/10 de este Cuerpo, a fin de deslindar responsabilidades en relación al incidente en el que participó el entrenador JOSE ALBERTO URDAMPILLETA , luego de disputada la 15ta. carrera del día 28 de octubre pasado, en ocasión de participar el SPC “MONT EXTRA”, a su cargo y,

CONSIDERANDO:

Que, citado dicho entrenador por el Área Técnica Legal, a fin de ejercer el debido derecho de defensa, admite el hecho por el cual insultó al Jockey Aníbal Cabrera, pero a su vez manifiesta que en ningún momento tuvo intención de agredirlo y que a invitación del personal policial decide retirarse del lugar donde ocurrió el hecho, sin provocar ninguna otra consecuencia.

Que, de la investigación practicada en el ámbito del sumario administrativo, quedó plenamente acreditado que los dichos del profesional se ajustan a la realidad.

Que, no obstante ello implica una falta de responsabilidad profesional del Sr. JOSE ALBERTO URDAMPILLETA, en clara infracción a lo determinado por el Art, 33, inc. I del Reglamento General de Carreras.

POR ELLO, LA COMISION DE CARRERAS RESUELVE:

1) Suspender por el término de tres (3) meses, a computarse desde el día de la suspensión provisional (2 de noviembre de 2010) hasta el día 2 de febrero de 2011 inclusive, al Entrenador JOSE ALBERTO URDAMPILLETA, por falta de responsabilidad profesional en ocasión de dirigirse en forma descomedida hacia otro profesional y en presencia de público, profesionales y apostadores (Art. 33 inc. I del Reglamento General de Carreras).

2) Comuníquese.-

  • JOCKEY Y JOCKEY APRENDIZ SUSPENDIDOS

Res. 10: Se dispone suspender por el término de tres (3) reuniones, a computarse los días 16, 17 y 18 de enero próximos, al Jockey Aprendiz DANIEL E. ARIAS, por reclamar injustificadamente contra dos competidores y no ser veraz en sus declaraciones, luego de disputada la 11ma. carrera del día 28 de diciembre pasado, donde condujo al SPC “CUARTETERA SPA”.-

Res. 11: Se dispone suspender por el término de una (1) reunión, a computarse el día 16 de enero próximo, al Jockey MARIO A. PORTILLO, por perder la línea en la largada y molestar a otros competidores la 6ta. carrera del día 30 de diciembre pasado, donde condujo al SPC “JAZZY CLON”.-

  • JOCKEY APERCIBIDO

Res. 12: Se apercibe al Jockey JUAN P. ALBANO, por perder la línea en la largada y no dejar constancia luego de disputada la 7ma. carrera del día 30 de diciembre pasado, donde condujo al SPC “THE COOK”.-

  • CABALLERIZAS MULTADAS Y SPC INHABILITADOS

Res. 13: Se dispone multar en la suma de $ 200, al Propietario de la Caballeriza “REINA MIA”, Dn. OCTAVIO A. ITURRI,por no haber adoptado los recaudos para que el SPC “SOY VASCO BRUJO”, se presentara con la documentación necesaria para participar de la 4ta. carrera del día 2 de enero pasado. Asimismo se dispone inhabilitar al SPC “SOY VASCO BRUJO”, hasta tanto no se haga efectivo el cumplimiento de la documentación exigida.

Res. 14: Se dispone multar en la suma de $ 200, al Propietario de la Caballeriza “EL HEREDERO”, Dn. HERNAN P. AGUGLIARO, por no haber adoptado los recaudos para que el SPC “CASUAL GIRL”, se presentara con la documentación necesaria para participar de la 11ma. carrera del día 2 de enero pasado. Asimismo se dispone inhabilitar al SPC “CASUAL GIRL”, hasta tanto no se haga efectivo el cumplimiento de la documentación exigida.

Res. 15: Se dispone multar en la suma de $ 200, al Propietario de la Caballeriza “EL AMIGO II”, Dn. MARCELO LUIS GALENI, por no haber adoptado los recaudos para que el SPC “DEMORADA SOY”, se presentara con la documentación necesaria para participar de la 13ra. carrera del día 2 de enero pasado. Asimismo se dispone inhabilitar al SPC “DEMORADA SOY”, hasta tanto no se haga efectivo el cumplimiento de la documentación exigida.

  • ENTRENADOR MULTADO Y S.P.C INHABILITADO

Res. 16: Visto la no participación del SPC “FOREVER SUNRISE”, en la 14ta.carrera del día 2 de enero pasado, y,

CONSIDERANDO:

Que, el Entrenador responsable del citado SPC, no comunicó la no participación del mismo, implicando ello una falta de responsabilidad profesional, (Art.33 Inc. I del RGC).

POR ELLO LA COMISIÓN DE CARRERAS, RESUELVE:

1) Multar en la suma de $ 200, al Entrenador RUBEN G. LUNA, por falta de responsabilidad profesional, en mérito a los motivos expuestos en el considerando de esta resolución (Art.33 Inc. I del RGC).

2) Declarar no redimible mediante multa, la inhabilitación de treinta (30) días desde el día 2 y hasta el 31 de enero próximo inclusive, de la S.P.C “FOREVER SUNRISE”.-

3) Comuníquese.-

  • RENOVACIÓN LICENCIAS DE ENTRENADOR

Res. 17: Visto la presentación efectuada por el Sr. ALFREDO DOMINGO GROSSI, solicitando la renovación de la Licencia de Entrenador, y,

CONSIDERANDO:

Que, se ha cumplido con los requisitos establecidos en la reglamentación vigente y teniendo en cuenta lo dispuesto en el Art. 28 inc. VI del R.G.C;

LA COMISION DE CARRERAS, RESUELVE:

1) Conceder la renovación de la Licencia de Entrenador, a partir del día de la fecha y hasta el 31 de Diciembre de 2014, al Sr. ALFREDO DOMINGO GROSSI (L.E. 4.980.086).-

2) Hacer saber al interesado que deberá dar entrada, en Inspección de Caballerizas a los s.p.c. que estuvieran a su cuidado, y no podrá presentar ejemplares de Entrenadores suspendidos.-

3) Comuníquese.-

Res. 18: Visto la presentación efectuada por los Sres. ALFREDO ZACARÍAS SAAVEDRA, ROSENDO JUAN BELLEGGIA y RAÚL ALBERTO MONTERO (h) solicitando la renovación de la Licencia de Entrenador, y,

CONSIDERANDO:

Que, se ha cumplido con los requisitos establecidos en la reglamentación vigente y teniendo en cuenta lo dispuesto en el Art. 28 inc. VI del R.G.C;

LA COMISION DE CARRERAS, RESUELVE:

1) Conceder la renovación de la Licencia de Entrenador, a partir del día de la fecha y hasta el 31 de Diciembre de 2012, a los Sres. ALFREDO ZACARÍAS SAAVEDRA (DNI 14.161.644), ROSENDO JUAN BELLEGGIA (DNI 11.034.705) y RAÚL ALBERTO MONTERO (h) (DNI 17.755.406).-

2) Hacer saber al interesado que deberá dar entrada, en Inspección de Caballerizas a los s.p.c. que estuvieran a su cuidado, y no podrá presentar ejemplares de Entrenadores suspendidos.-

3) Comuníquese.-

  • SERVICIO VETERINARIO

Res. 19: Visto el retiro del SPC “SOY VASQUITO” por el Servicio Veterinario antes del comienzo de la 6ta. carrera del día 28 de diciembre pasado, se dispone inhabilitar por el término de treinta (30) días, a computarse desde el 28 de diciembre y hasta 26 de enero próximo inclusive, al SPC “SOY VASQUITO”.-

  • OTROS HIPODROMOS

Res. 20: Se toma conocimiento y se hace extensivo al medio local la Resolución adoptada por la Comisión de Carreras Hipódromo  Argentino de Palermo en su sesión del día 3 de enero de 2011:

VISTO el informe elevado por el Laboratorio de Control de Doping (Cenard) sobre los análisis efectuados a competidores de la reunión hípica realizada en éste hipódromo el día 20 de diciembre de 2010, y;

CONSIDERANDO:

Que, de ello, surge que el SPC “NAYLITA INT”, a cargo del entrenador Sr. IGNACIO LOPEZ, que participara en la carrera de ese día arrojó resultados en los cuales se detectaron reacciones que indican que el mencionado SPC ha corrido transgrediendo el Artículo 36 del Reglamento General de Carreras;

Que, de acuerdo a lo prescripto en el Inciso IX, del mencionado Articulo, corresponde suspender preventivamente citado Entrenador, hasta tanto se conozca el resultado del análisis que se efectuará sobre el “frasco control”;

Que, igualmente es del caso suspender automáticamente al mencionado SPC, por ello:

LA COMISIÓN DE CARRERAS, RESUELVE:

1.-) Suspender preventivamente al Entrenador Sr. IGNACIO LOPEZ, por la situación enunciada precedentemente.

2.-) Suspender automáticamente al SPC “NAYLITA INT”.-

3.-) Notifíquese.-

  • OTROS HIPODROMOS

Res. 21: Se toma conocimiento y se hace extensivo al medio local la Resolución adoptada por la Comisión de Carreras del Hipódromo de San Isidro en su sesión del día 1 de enero de 2011:

1-) VISTO el informe elevado por el Servicio Químico relacionado con el SPC “MIA NANINA”, que se clasificara primera, en la 13ra. carrera disputada el día 26 de diciembre pasado del que resulta una infracción a lo determinado en el Articulo 25 del R.G.C

 LA COMISIÓN DE CARRERAS, RESUELVE:

1.-) SUSPENDER PROVISIONALMENTE al Entrenador Sr. RAUL H. DIAZ y al SPC “MIA NANINA”.

2.-) Comuníquese.

2-) VISTO el informe elevado por el Servicio Químico relacionado con el SPC “SUEÑO FELIZ”, que se clasificara primera, en la 14ta. carrera disputada el día 24 de diciembre pasado del que resulta una infracción a lo determinado en el Articulo 25 del R.G.C

LA COMISIÓN DE CARRERAS, RESUELVE:

1.-) SUSPENDER PROVISIONALMENTE al Entrenador Sr. CLEBER R. SANGUINETTI y al SPC “SUEÑO FELIZ”.

2.-) Comuníquese.

3-) VISTO: el informe elevado por el Laboratorio de Control Doping, en relación con el análisis del material extraído al S.P.C “CHE QUERIDA”, que clasificara segunda en la 6ta. carrera del día 8 de diciembre pasado,

LA COMISIÓN DE CARRERAS RESUELVE:

1° Suspender por el término de dos (2) meses que se computarán desde el día 15 de diciembre pasado y hasta el 14 de febrero de 2011 inclusive, al entrenador Sr. DOMINGO A. TORRILLA.

2° Suspender por el término de un (1) mes, que se computarán desde el día 15 de diciembre pasado y hasta el 14 de enero de 2011, al S.P.C “CHE QUERIDA”

3° Distanciar a los efectos del premio a la mencionada SPC, modificando el marcador de la siguiente forma: primero “DRA. TAMY”, segundo “ROTORIA”, tercero “CINNAMON GIRL”, cuarto “CATCH THE GOLD” y quinto “SAILY STAR”

4° Notifíquese de la presente resolución a los interesados.-

4-) VISTO: el informe elevado por el Laboratorio de Control Doping, en relación con el análisis del material extraído al S.P.C “EMINENTLY”, que clasificara segunda en la 9na. carrera del día 3 de diciembre pasado,

LA COMISIÓN DE CARRERAS RESUELVE:

1° Suspender por el término de dos (2) meses que se computarán desde el día 11 de diciembre pasado y hasta el 10 de febrero de 2011 inclusive, al entrenador Sr. GUILLERMO J. AGÜERO.

2° Suspender por el término de un (1) mes, que se computarán desde el día 11 de diciembre pasado y hasta el 10 de enero de 2011, a la S.P.C “EMINENTLY”

3° Distanciar a los efectos del premio a la mencionada SPC, modificando el marcador de la siguiente forma: primero “NEW GENERATION”, segundo “WILLOSSY”, tercero “MISS PODEROSA”, cuarto “LIVE” y quinto “MAL AIMEE”.

4° Notifíquese de la presente resolución a los interesados.-

  • OTROS HIPODROMOS

5-) VISTO: el informe elevado por el Laboratorio de Control Doping, en relación con el análisis del material extraído alS.P.C “ARNELY”, que clasificara segunda en la 3ra. carrera del día 3 de diciembre pasado,

LA COMISIÓN DE CARRERAS RESUELVE:

1° Suspender por el término de dos (2) meses que se computarán desde el día 11 de diciembre pasado y hasta el 10 de febrero de 2011 inclusive, al entrenador Sr. CARLOS A. CARABAJAL.

2° Suspender por el término de un (1) mes, que se computarán desde el día 11 de diciembre pasado y hasta el 10 de enero de 2011, a la S.P.C “ARNELY”

3° Distanciar a los efectos del premio a la mencionada SPC, modificando el marcador de la siguiente forma: primero LADY GLORY”, segundo “WEAVER”, tercero “DISTINGUIDA NESS”, cuarto “VILLE OPTIMIST” y quinto “NEVADA ROY”.

4° Notifíquese de la presente resolución a los interesados.-

6-) VISTO: el informe elevado por el Laboratorio de Control Doping, en relación con el análisis del material extraído al S.P.C “FAR EMBAJADOR”, que clasificara segundo en la 10ma. carrera del día 18 de diciembre pasdo,

LA COMISIÓN DE CARRERAS RESUELVE:

1° Suspender por el término de dos (2) meses que se computarán desde el día 24 de diciembre pasado y hasta el 23 de febrero de 2011 inclusive, al entrenador Sr. RAMON O PEREZ.

2° Suspender por el término de un (1) mes, que se computarán desde el día 24 de diciembre pasado y hasta el 23 de enero de 2011, al S.P.C “FAR EMBAJADOR”.

3° Distanciar a los efectos del premio a la mencionada SPC, modificando el marcador de la siguiente forma: primero PROPOSAL”, segundo “EL TIO RICARDO”, tercero “DON CLARET”, cuarto “CACHI LIFAR” y quinto “ES BAHIANO”

4° Notifíquese de la presente resolución a los interesados.-

7-) VISTO: el informe elevado por el Laboratorio de Control Doping, en relación con el análisis del material extraído al S.P.C “CASUAL GLORY”, que clasificara segundo en la 16ta. carrera del día 18 de diciembre,

LA COMISIÓN DE CARRERAS RESUELVE:

1° Suspender por el término de seis (6) meses que se computarán desde el día 24 de diciembre pasado y hasta el 23 de junio de 2011 inclusive, al entrenador Sr. MARCELO A ZAPATA.

2° Suspender por el término de tres (3) meses, que se computarán desde el día 24 de diciembre pasado y hasta el 23 de marzo de 2011 inclusive, al S.P.C “CASUAL GLORY”

3° Distanciar a los efectos del premio a la mencionada SPC, modificando el marcador de la siguiente forma: primero MELLOW PRIZE”, segundo “MARIO BOY”, tercero “NEXT BOY”, cuarto “WILD SHINE” y quinto “MEJOR MUNDO”

4° Notifíquese de la presente resolución a los interesados.-

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