Bosque en llamas
RESOLUCIONES ADOPTADAS POR LA COMISION DE CARRERAS DEL HIPODROMO DE LA PLATA
Resoluciones adoptadas por la Comisión de Carreras del Hipódromo de La Plata en su sesión de fecha 10 DE MAYO DE 2011.
por Prensa Hipódromo de La Plata
SESIÓN DE LA COMISIÓN DE CARRERAS DEL DÍA 10 DE MAYO DE 2011
Res. 527: VISTO la posibilidad económica de incrementar Premios en el Hipódromo de La Plata y teniendo en cuenta que durante el mes de junio de 2011 se disputará el CLÁSICO ANDRES S. TORRES (G3), reservado para potrancas de dos (2) años, sobre la distancia de 1500 metros;
LA COMISIÓN DE CARRERAS, RESUELVE:
1.-) Autorizar la Bolsa de Premios para el CLÁSICO ANDRES S. TORRES (G3), a disputarse el día jueves 2 de junio de 2011.
BOLSA | 1º | 2º | 3º | 4º | 5º | 6º |
$110.500 | 65.000 | 19.500 | 11.700 | 6.500 | 5.200 | 2.600 |
Res. 528: VISTO la posibilidad económica de incrementar Premios en el Hipódromo de La Plata y teniendo en cuenta que durante el mes de junio de 2011 se disputará el CLASICO ANTONIO CANE (G 3), reservado para todo caballo de tres (3) años y más edad,
sobre la distancia de 2.100 metros;
LA COMISIÓN DE CARRERAS, RESUELVE:
1.-) Autorizar la Bolsa de Premios para el CLASICO ANTONIO CANE (G 3), a disputarse el día domingo 5 de junio de 2011.
BOLSA | 1º | 2º | 3º | 4º | 5º | 6º |
$119.000 | 70.000 | 21.000 | 12.600 | 7.000 | 5.600 | 2.800 |
Res. 529: VISTO la posibilidad económica de incrementar Premios en el Hipódromo de La Plata y teniendo en cuenta que durante elmes de junio de 2011 se disputará el CLÁSICO ASOCIACION DE PROPIETARIOS DE CABALLOS DE CARRERA (G 3), reservado para potrillos de dos (2) años, sobre la distancia de 1500 metros;
LA COMISIÓN DE CARRERAS, RESUELVE:
1.-) Autorizar la Bolsa de Premios para el CLÁSICO ASOCIACION DE PROPIETARIOS DE CABALLOS DE CARRERA (G 3), a disputarse el día martes 7 de junio de 2011.
BOLSA | 1º | 2º | 3º | 4º | 5º | 6º |
$110.500 | 65.000 | 19.500 | 11.700 | 6.500 | 5.200 | 2.600 |
Res. 530: VISTO la posibilidad económica de incrementar Premios en el Hipódromo de La Plata y teniendo en cuenta que durante el mes de junio de 2011 se disputará el CLÁSICO JOCKEY CLUB DE SAN PABLO, reservado para yeguas de tres (3) años y más edad, sobre la distancia de 1600 metros;
LA COMISIÓN DE CARRERAS, RESUELVE:
1.-) Autorizar la Bolsa de Premios para el CLÁSICO JOCKEY CLUB DE SAN PABLO, a disputarse el día martes 21 de junio de 2011.
BOLSA | 1º | 2º | 3º | 4º | 5º | 6º |
$85.000 | 50.000 | 15.000 | 9.000 | 5.000 | 4.000 | 2.000 |
Res. 531: VISTO la posibilidad económica de incrementar Premios en el Hipódromo de La Plata y teniendo en cuenta que durante el
mes de junio de 2011 se disputará el CLÁSICO IGNACIO CORREAS, reservado para todo caballo de tres (3) años y más edad, sobre
la distancia de 1600 metros;
LA COMISIÓN DE CARRERAS, RESUELVE:
1.-) Autorizar la Bolsa de Premios para el CLÁSICO IGANCIO CORREAS, a disputarse el día jueves 23 de junio de 2011.
BOLSA | 1º | 2º | 3º | 4º | 5º | 6º |
$85.000 | 50.000 | 15.000 | 9.000 | 5.000 | 4.000 | 2.000 |
Res. 532: VISTO la posibilidad económica de incrementar Premios en el Hipódromo de La Plata y teniendo en cuenta que durante el mes de junio de 2011 se disputará el HANDICAP HARAS CUMENEYEN, reservado para todo caballo de cuatro (4) años y más edad ganador, sobre la distancia de 2.200 metros;
LA COMISIÓN DE CARRERAS, RESUELVE:
1.-) Autorizar la Bolsa de Premios para el HANDICAP HARAS CUMENEYEN, a disputarse el día martes 28 de junio de 2011.
BOLSA | 1º | 2º | 3º | 4º | 5º | 6º |
$ 93.500 | 55.000 | 16.500 | 9.900 | 5.500 | 4.400 | 2.200 |
Res. 533: Se dispone suspender por el término de una (1) reunión, a computarse el próximo 22 de mayo, al Jockey EDUARDO
ORTEGA PAVON, por perder la línea y molestar a otros competidores durante el desarrollo de la 9na. carrera del día 3 de mayo
pasado donde condujo al SPC “PURO”.-
Res. 534: Se dispone suspender por el término de una (1) reunión, a computarse el próximo 22 de mayo, al Jockey aprendiz LUIS M.
FERNANDEZ, por perder la línea en la largada y molestar a otros competidores durante el desarrollo de la 13era. carrera del día 8 de
mayo pasado donde condujo al SPC “UN AFFAIR”.-
Res. 535: Se dispone suspender por el término de dos (2) reuniones, a computarse los días 22 y 23 de mayo, al Jockey MARIO E.
FERNANDEZ, por reclamar injustificadamente luego de disputada la 15ta. carrera del día 5 de mayo pasado donde condujo al SPC
“PERFECT TIMING”.-
Res. 536: Se dispone suspender por el término de tres (3) reuniones, a computarse los días 22, 23 y 24 de mayo, al Jockey aprendiz
DIEGO F. GOMEZ, por hacer uso indebido del látigo durante el desarrollo de la 13era. carrera del día 5 de mayo pasado donde
condujo al SPC “BOMBONAZA”.-
Res. 537: Se dispone suspender por el término de cinco (5) reuniones, a computarse los días 22, 23, 24, 25 y 26 de mayo, al Jockey
OSVALDO A. ALDERETE, por perder la línea en la largada y molestar a otros competidores en la recta final, reclamar
injustificadamente y no ser veraz en sus declaraciones en la 11era. carrera del día 8 de mayo pasado donde condujo al SPC “STORM
CUENTERO”.-
Res. 538: Se apercibe severamente al jockey al jockey WALTER A. AGUIRRE por perder la línea en la largada de la 5ta. carrera del día 5 de mayo, donde condujo al SPC “OLENTZERO”. En caso de persistir esta conducta indebida, será pasible de la sanción que este Cuerpo estime corresponder.
Res. 539: Se apercibe severamente al jockey al jockey GASTON G. SAEZ por perder la línea en la largada de la 1era. carrera del día 8
de mayo, donde condujo al SPC “EL MANIPULADOR”. En caso de persistir esta conducta indebida, será pasible de la sanción que
este Cuerpo estime corresponder.
Res. 540: Visto la presentación efectuada por el Sr. ANDRES ISMAEL CABELLO, solicitando la Licencia de Entrenador, y,
CONSIDERANDO:
Que, se ha cumplido con los requisitos establecidos en la reglamentación vigente y teniendo en cuenta lo dispuesto en el Art. 28 inc. VI del R.G.C
POR ELLO, LA COMISIÓN DE CARRERAS, RESUELVE:
1) Conceder la Licencia Provisional de Entrenador, a partir del día de la fecha y hasta el 31 de diciembre de 2011, al Sr. ANDRES ISMAEL CABELLO (D.N.I. 34.954.232).
2) Hacer saber al interesado que deberá dar entrada, en Inspección de Caballerizas a los S.P.C que estuvieran a su cuidado, y no podrá presentar ejemplares de Entrenadores suspendidos.-
3) Comuníquese.-
Res. 541: Visto la presentación efectuada por el Sr. JORGE RICARDO YALET, solicitando la Licencia de Entrenador, y, CONSIDERANDO:
Que, se ha cumplido con los requisitos establecidos en la reglamentación vigente y teniendo en cuenta lo dispuesto en el Art. 28 inc. VI del R.G.C
POR ELLO, LA COMISIÓN DE CARRERAS, RESUELVE:
4) Conceder la Licencia Provisional de Entrenador, a partir del día de la fecha y hasta el 31 de diciembre de 2011, al Sr. JORGE RICARDO YALET (D.N.I. 8.353.914).
5) Hacer saber al interesado que deberá dar entrada, en Inspección de Caballerizas a los S.P.C que estuvieran a su cuidado, y no
podrá presentar ejemplares de Entrenadores suspendidos.-
6) Comuníquese.-
Res. 542: Vista la no participación del SPC “KAMBATO”, en la 7ma.carrera del día 8 de mayo, y, CONSIDERANDO:
Que el citado ejemplar fue ratificado el día 2 de mayo, para actuar en éste Hipódromo -en la carrera de referencia-, se lo ratifica también para participar con anterioridad a ésta, más precisamente en la reunión del día 6 de mayo en el Hipódromo Argentino de Palermo, donde efectivamente corrió.
Que, sin perjuicio de ejercer su retiro, debe tenerse en cuenta la doble anotación del ejemplar y el empeño puesto de manifiesto por sus responsables para que efectivamente corra en este Hipódromo.
POR ELLO, LA COMISIÓN DE CARRERAS, RESUELVE:
1) Declarar no redimible mediante pago la inhabilitación de treinta (30) días, a computarse desde el 8 de mayo y hasta el 6 de junio
próximo inclusive al SPC “KAMBATO”, ratificado el día antes mencionado y no presentado a correr en la 7ma.carrera del día 8 de
mayo.
2) Multar en la suma de $200, al Entrenador Dn. ATILIO SAMBUCETI, por la falta de responsabilidad profesional en mérito a las causas expuestas en el considerando de esta resolución (Art.33 Inc. I del RGC).
3) Se le llama la atención al Propietario de la Caballeriza “EUCALIPTUS FARM”, por lo expuesto en el considerando de esta
resolución, haciéndole saber que deberá arbitrar los medios necesarios para la efectiva participación de los animales de su propiedad,
bajo apercibimiento de aplicar sanciones que este Cuerpo estime corresponder.
4) Comuníquese.-
Res. 543: Vista la no participación del SPC “GIUSEPE”, en la 14ta.carrera del día 8 de mayo, y, CONSIDERANDO:
Que el citado ejemplar fue ratificado el día 2 de mayo, para actuar en éste Hipódromo -en la carrera de referencia-, se lo ratifica también para participar con anterioridad a ésta, más precisamente en la reunión del día 6 de mayo en el Hipódromo Argentino de Palermo, donde efectivamente corrió.
Que, sin perjuicio de ejercer su retiro, debe tenerse en cuenta la doble anotación del ejemplar y el empeño puesto de manifiesto por sus responsables para que efectivamente corra en este Hipódromo.
POR ELLO, LA COMISIÓN DE CARRERAS, RESUELVE:
1) Declarar no redimible mediante pago la inhabilitación de treinta (30) días, a computarse desde el 8 de mayo y hasta el 6 de junio
próximo inclusive al SPC “GIUSEPE”, ratificado el día antes mencionado y no presentado a correr en la 14ta.carrera del día 8 de mayo.
2) Multar en la suma de $200, al Entrenador Dn. FRANCISCO ARREGUY, por la falta de responsabilidad profesional en mérito a las
causas expuestas en el considerando de esta resolución (Art.33 Inc. I del RGC).
3) Se le llama la atención al Propietario de la Caballeriza “PACHU”, por lo expuesto en el considerando de esta resolución, haciéndole
saber que deberá arbitrar los medios necesarios para la efectiva participación de los animales de su propiedad, bajo apercibimiento de
aplicar sanciones que este Cuerpo estime corresponder.
4) Comuníquese.-
CABALLERIZA MULTADA Y SPC INHABILITADO
Res. 544: Se dispone multar en la suma de $ 200, al Propietario de la Caballeriza “LAS TELAS”, Dña. ZAPETTINI DE YALET SUSANA, por no haber adoptado los recaudos para que el SPC “NAMELY BIRD”, se presentara con la documentación necesaria para participar de la 4ta.carrera del día 8 de mayo pasado. Asimismo se dispone inhabilitar al SPC “NAMELY BIRD”, hasta tanto no se haga efectivo el cumplimiento de la documentación exigida.
Res. 545: Visto el informe presentado por el Sr. Starter, se suspende por el término de treinta (30) días, a computarse desde el 8 de mayo y hasta el 6 de junio próximo inclusive al SPC “PEPERONCINO”, demorar su ingreso al partidor en la 3era. carrera del día 8 de mayo pasado y registrar antecedentes en este medio. Asimismo, se dispone hacerle saber al Entrenador NICOLAS A. YALET, a cuyo cargo se encuentra el mencionado SPC, que para volver a correr se necesita el V° B° del Starter y la autorización de este Cuerpo.-
Res. 546: Visto el informe presentado por el Sr. Starter, se suspende por el término de treinta (30) días, a computarse desde el 8 de
enero y hasta el 6 de junio próximo inclusive al SPC “REVERENDO TOM”, por su manifiesta indocilidad peligrosa en la 14ta. carrera
del día 8 de mayo pasado. Asimismo, se dispone hacerle saber al Entrenador LUIS R. NICORA, a cuyo cargo se encuentra el
mencionado SPC, que para volver a correr se necesita el V° B° del Starter y la autorización de este Cuerpo.-
Res. 547: Se apercibe al Jockey RODRIGO G. BLANCO, por no poder dar cumplimiento al compromiso de monta, debido al incremento de su peso neto, en la 10ma.carrera del día 8 de mayo pasado, donde debía conducir al SPC “BORA BORA SPA”. Asimismo se dispone hacer saber al interesado que en caso de que se reitere dicha falta será pasible de sanciones que éste Cuerpo estime corresponder.
Res.548: Se apercibe severamente al Entrenador CESAR A. FORCHETTI, por no haber presentado al SPC “SOY RAZIEL”, quién se encuentra a su cuidado, para que se le realizara el Control Posterior en el Servicio Veterinario, luego de disputada la 15ta. carrera del
día 8 de mayo .En caso de que se reitere dicha conducta, será pasible de las sanciones que este Cuerpo estime corresponder.
Res. 549: Se reconoce, a partir del día de la fecha, a la Caballeriza “EL CAMIONERO”, propiedad del Sr. NESTOR FABIAN SPADARI (D.N.I.16.344.291).-
Res. 550: Atento a lo solicitado por el propietario de la Caballeriza “EL TANY”, se acepta a partir del día de la fecha, al Sr.FEDERICO JOSE BORREGO (D.N.I. 34.074.418) como copropietario de la misma.-
Res. 551: Vista la solicitud efectuada por el Sr. CLEBER R. SANGUINETTI, copropietario de la Caballeriza “RENAN Y DIEGO”, se acepta la renuncia a la copropiedad de la misma.-
Res. 552: Se aprueba el Programa de Entradas correspondiente al mes de junio de 2011, conforme al siguiente detalle; jueves 2 ,
domingo 5, martes 7 , jueves 9, martes 14, jueves 16 , domingo 19, martes 21, jueves 23, y martes 28 .-
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