Jueves 6 de Octubre de 2011

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Bosque en llamas

RESOLUCIONES ADOPTADAS POR LA COMISION DE CARRERAS

Resoluciones adoptadas por la comisión de carreras del Hipódromo de La Plata en su sesión del día 04 y 06 de OCTUBRE de 2011

por Relaciones Públicas La Plata

SESIÓN DE LA COMISIÓN DE CARRERAS DEL DÍA 6 DE OCTUBRE DE 2011
  • CABALLERIZAS MULTADAS Y SPC INHABILITADOS

Res. 1230: Se dispone multar en la suma de $ 300, al Propietario de la Caballeriza “P.E.R.A.F.”(Arg), Sra. PATRICIA
ELDA RONDINA,
por no haber adoptado los recaudos para que el SPC “MANIPUL PRESS”, se presentara con la
documentación necesaria para participar de la 3ra. carrera del día 4 de octubre pasado. Asimismo se dispone inhabilitar al
SPC “MANIPUL PRESS”, hasta tanto no se haga efectivo el cumplimiento de la documentación exigida.-

Res. 1231: Se dispone multar en la suma de $ 300, al Propietario de la Caballeriza “LOS TANOS”, Dn. JOSE VICENTE
ANGIOLILLO
, por no haber adoptado los recaudos para que el SPC “TERRATENIENTINO”, se presentara con la
documentación necesaria para participar de la 6ta. carrera del día 4 de octubre pasado. Asimismo se dispone inhabilitar al
SPC “TERRATENIENTINO”, hasta tanto no se haga efectivo el cumplimiento de la documentación exigida.-

Res. 1232: Se dispone multar en la suma de $ 300, al Propietario de la Caballeriza “DIVISADERO” (Arg), Dn.
FERNANDO JOSE PEÑA,
por no haber adoptado los recaudos para que el SPC “PERFUMADA JET”, se presentara con
la documentación necesaria para participar de la 8va. carrera del día 4 de octubre pasado. Asimismo se dispone inhabilitar
al SPC “PERFUMADA JET”, hasta tanto no se haga efectivo el cumplimiento de la documentación exigida.-

Res. 1233: Se dispone multar en la suma de $ 300, al Propietario de la Caballeriza “LA POMME” (Arg.), Dn. IVI CESAR
GIMIGLIANO
, por no haber adoptado los recaudos para que el SPC “GEMA GULCH”, se presentara con la
documentación necesaria para participar de la 8va. carrera del día 4 de octubre pasado. Asimismo se dispone inhabilitar al
SPC “GEMA GULCH”, hasta tanto no se haga efectivo el cumplimiento de la documentación exigida.-

Res. 1234: Se dispone multar en la suma de $ 300, al Propietario de la Caballeriza “C.C.II”, Dn. GUSTAVO INDALECIO
DE FERRARI
, por no haber adoptado los recaudos para que el SPC “LA ENSENADA”, se presentara con la
documentación necesaria para participar de la 8va. carrera del día 4 de octubre pasado. Asimismo se dispone inhabilitar al
SPC “LA ENSENADA”, hasta tanto no se haga efectivo el cumplimiento de la documentación exigida.-

  • ENTRENADOR MULTADO Y S.P.C INHABILITADO.

Res.1235: Visto la no participación del SPC “INDEA”, en la 4ta. carrera del día 4 de octubre pasado, y CONSIDERANDO:
Que, el Entrenador responsable del citado SPC, no comunicó la no participación del mismo, implicando ello una falta
de responsabilidad profesional, (Art.33 Inc. I del RGC).
POR ELLO LA COMISIÓN DE CARRERAS RESUELVE:
1) Multar en la suma de $ 300, al Entrenador MIGUEL A. CASAL, por falta de responsabilidad profesional, en mérito a
los motivos expuestos en el considerando de esta resolución (Art.33 Inc. I del RGC).
2) Declarar no redimible mediante multa, la inhabilitación de treinta (30) días desde el día 5 de octubre y hasta el 4 de
noviembre próximo inclusive, de la S.P.C “INDEA”.-
3) Comuníquese.-

  • SPC INHABILITADO NO REDIMIBLE MEDIANTE PAGO Y ENTRENADOR MULTADO

Res.1236: Vista la no participación del SPC “ALEGRONDINO”, en la 7ma. carrera del día 4 de octubre, y,
CONSIDERANDO:
Que el citado ejemplar fue ratificado el día 26 de septiembre, para actuar en éste Hipódromo-en la carrera de
referencia- se lo ratifica también para participar con anterioridad a ésta, más precisamente en la reunión del día 29 de
septiembre en el Hipódromo Argentino de Palermo, donde efectivamente corrió.
Que, sin perjuicio de ejercer su retiro, debe tenerse en cuenta la doble anotación del ejemplar y el empeño
puesto de manifiesto por sus responsables para que efectivamente corra en este Hipódromo.
POR ELLO, LA COMISIÓN DE CARRERAS, RESUELVE:
1) Declarar no redimible mediante pago la inhabilitación de treinta (30) días, a computarse desde el 4 de octubre y hasta el
3 de noviembre próximo inclusive al SPC “ALEGRONDINO”, ratificado el día antes mencionado y no presentado a correr
en la 7ma. carrera del día 4 de octubre.
2) Multar en la suma de $300, al Entrenador Dn. JOSE R. GADEA, por la falta de responsabilidad profesional en mérito a
las causas expuestas en el considerando de esta resolución (Art.33 Inc.I del RGC).
3) Se le llama la atención al Propietario de la Caballeriza “EL SALTEÑO” (Gguay), por lo expuesto en el considerando de
esta resolución, haciéndole saber que deberá arbitrar los medios necesarios para la efectiva participación de los animales
de su propiedad, bajo apercibimiento de aplicar sanciones que este Cuerpo estime corresponder.
4) Comuníquese.-

  • DIFERENCIA DE PESO

Res. 1237: Se apercibe al Jockey JORGE A. RICARDO, por no poder dar cumplimiento al compromiso de monta,
debido al incremento de su peso neto, en la 7ma. carrera del día 4 de octubre pasado, donde debía conducir al SPC
“MABI HUI”.-

  • SERVICIO VETERINARIO

Res. 1238: Visto el Informe elevado por el Servicio Veterinario, con relación a lo acontecido con el S.P.C. “DOUBLE PAN”,
quién presentara Epistaxis Bilateral luego de disputada la 13ra. carrera del día 4 de octubre pasado, se resuelve
inhabilitarlo por el término de treinta (30) días, desde el 5 de octubre y hasta el 4 de noviembre próximo inclusive.-

Res. 1239: Visto el Informe elevado por el Servicio Veterinario, con relación a lo acontecido con el S.P.C. “LADY DEFY”,
quién presentara Epistaxis Bilateral luego de disputada la 4ta. carrera del día 4 de octubre pasado, se resuelve inhabilitarlo
por el término de treinta (30) días, desde el 5 de octubre y hasta el 4 de noviembre próximo inclusive.-

  • COMPROMISO DE MONTA

Res. 1240: Se dispone multar en la suma de Cincuenta Pesos ($50), al Entrenador Dn. ROBERTO C. GUTIERREZ, por
la responsabilidad que le cupo en el compromiso de monta del SPC “COMMODITY”, inscripto en la 13ra. carrera del día
4 de octubre pasado, al no presentarse a correr el Jockey comprometido.-

  • RENOVACION LICENCIA DE ENTRENADOR

Res. 1241: Visto la presentación efectuada por el Sr. OSCAR ENRIQUE GALLARDO solicitando la renovación de la
Licencia de Entrenador, y, CONSIDERANDO:
Que, se ha cumplido con los requisitos establecidos en la reglamentación vigente y teniendo en cuenta lo dispuesto
en el Art. 28 inc. VI del R.G.C
LA COMISION DE CARRERAS, RESUELVE:
1) Conceder la renovación de la Licencia de Entrenador, a partir del día de la fecha y hasta el 31 de Diciembre de
2011, al Sr. OSCAR ENRIQUE GALLARDO (D.N.I. 14.304.698).-
2) Hacer saber al interesado que deberá dar entrada, en Inspección de Caballerizas a los s.p.c. que estuvieran a su
cuidado, y no podrá presentar ejemplares de Entrenadores suspendidos.-
3) Comuníquese.-

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SESIÓN DE LA COMISIÓN DE CARRERAS DEL DÍA 4 DE OCTUBRE DE 2011

  • JOCKEY SUSPENDIDO

Res. 1220: Se dispone suspender por el término de dos (2) reuniones, a computarse los días 16 y 17 de octubre
inclusive, al Jockey JUAN PABLO ALBANO, por reclamar injustificadamente luego de disputada la 1ra. carrera del día 27
de septiembre pasado donde condujo al SPC “SEI LEONI”.

  • JOCKEY’S APERCIBIDOS

Res. 1221: Se apercibe severamente al Jockey Aprendiz GASTON SAEZ, por molestias ocasionadas en el desarrollo de la
9na. carrera del día 27 de septiembre, donde condujo al SPC “SABOR INTENSO”. En caso de persistir esta conducta
indebida, será pasible de la sanción que este Cuerpo estime corresponder.

Res. 1222: Se apercibe severamente al Jockey LUIS T. STOPPINI, por perder la línea en los 400 mts. y molestar a otros
competidores mientras disputaba la 10ma. carrera del día 27 de septiembre, donde condujo al SPC “SURE SILVER”. En
caso de persistir esta conducta indebida, será pasible de la sanción que este Cuerpo estime corresponder.

  • CABALLERIZA RECONOCIDA

Res. 1223: Se reconoce, a partir del día de la fecha, a la Caballeriza “DOÑA JUANA”, propiedad del Sr. HERALDO
RODOLFO LEBRERO (D.N.I. 27.882.905).-

Res. 1224: Se reconoce, a partir del día de la fecha, a la Caballeriza “HARAS DON TOTO”, propiedad de HARAS
CAMPO DON TOTO S.A., cuyo presidente es la Sra. MONICA SUSANA DONATUENO (D.N.I. 13.265.410).-

Res. 1225: Se reconoce, a partir del día de la fecha, a la Caballeriza “SOLO DIOS”, propiedad del Sr. DARIO ALEXIS
ALMENDRA (D.N.I. 34.220.657).-

Res. 1226: Se reconoce, a partir del día de la fecha, a la Caballeriza “YO CONTRATODOS”, propiedad de la Sra. MARIA
GIMENA PUIGMARTI (D.N.I. 29.577.369).-

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