Martes 20 de Diciembre de 2011

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Bosque en llamas

RESOLUCIONES ADOPTADAS POR LA COMISION DE CARRERAS

Resoluciones adoptadas por la comisión de carreras del Hipódromo de La Plata en sus sesiones del día 20 de DICIEMBRE de 2011

por Relaciones Públicas La Plata

SESIÓN DE LA COMISIÓN DE CARRERAS DEL DÍA 20 DE DICIEMBRE DE 2011

Res. 1585: Visto lo informado por el Centro de Investigación y Control del Doping de la Provincia de Buenos Aires, con relación al análisis químico del S.P.C. “INDUCARO” que llegara segundo en la 10ma. carrera del día 1° de diciembre pasado, ejemplar al cuidado del Entrenador Dn. RAMON R. AÑAZCO, mediante el cual se confirma el resultado obtenido en el primer análisis, del que surge una infracción al Articulo 25 del Reglamento General de Carreras CATEGORÍA “D” -FLUNIXIN-, y, CONSIDERANDO:
Que, el acto de apertura del frasco testigo del S.P.C. “INDUCARO”, se realizó en presencia del Representante del Instituto Provincial de Lotería y Casinos, del Representante del Área Legal del Hipódromo de La Plata, del Representante de la Asociación Unificada de Jockeys y Entrenadores y en ausencia del interesado Dn. RAMON R. AÑAZCO, quien fuera legalmente notificado, con los procedimientos normales y habituales, no surgiendo anomalía alguna en cuanto a la legitimidad de dicho acto, habiendo firmado el acta respectiva todos los presentes sin formular observaciones y/o impugnaciones que restaran validez al mismo.
Que, de acuerdo a lo establecido en el Reglamento General de Carreras y en la Resolución nro. 1003/05, corresponde evaluar las circunstancias y aspectos inherentes al caso en cuestión y sus antecedentes para determinar la sanción aplicable al Entrenador.
Que el Sr. Entrenador RAMON R. AÑAZCO registra antecedentes de este tipo en nuestro hipódromo.
POR ELLO, LA COMISION DE CARRERAS, RESUELVE:
1) Suspender por el término de tres (3) meses desde la fecha de suspensión provisional (07/12/2011) y hasta el 6/3/2012 inclusive, al Entrenador Dn. RAMON R. AÑAZCO por los fundamentos establecidos en el considerando de éste decisorio.
2) Suspender por el término de un (1) mes desde la suspensión provisional (07/12/2011) y hasta el 06/01/2012 inclusive al S.P.C. “INDUCARO”.
3) Distanciar del marcador, a los efectos de su colocación en la 10ma. carrera del día 1 de diciembre pasado, al S.P.C. “INDUCARO”, modificando el mismo, quedando de la siguiente manera: Primero “ROMANO FIZZ”, Segundo “ANJIZ TOSS”, Tercero “WESTERN GAITERO”, Cuarto “LEAR TEC”, Quinto “GOZO RAUCH” y Sexto “GENTLY MAGNIFICO”.-
4) Ordenar se efectúe, por intermedio del Área Legal, la denuncia correspondiente.
5) Notifíquese a Gerencia de Administración y Finanzas a los fines pertinentes.
 

  • JOCKEY’S SUSPENDIDOS

Res. 1586: Se dispone suspender por el término de tres (3) reuniones, a computarse los días 3, 4 y 5 de enero, al Jockey FERNANDO D. LEMMA por cerrar la línea a la altura de los 900 mts. y molestar a varios competidores, durante el desarrollo de la 2da. carrera del día 13 de diciembre pasado, donde condujo al SPC “SE PUEDE”, siendo reincidente en este tipo de conductas.

Res. 1587: Se dispone suspender por el término de dos (2) reuniones, a computarse los días 3 y 4 de enero, al Jockey DARIO E. GAUNA por cerrar la línea y molestar a varios competidores, durante el desarrollo de la 4ta. carrera del día 13 de diciembre pasado, donde condujo al SPC “SUSURRANDOTE”.

Res. 1588: Se dispone suspender por el término de dos (2) reuniones, a computarse los días 3 y 4 de enero, al Jockey PABLO D. ARENAS por reclamar injustificadamente luego de disputada la 7ma. carrera del día 18 de diciembre pasado, donde condujo al SPC “ESMIRON”.

  • JOCKEY’S APERCIBIDOS

Res. 1589: Se apercibe severamente al Jockey GONZALO HAHN, por perder la línea y molestar a otros competidores durante el desarrollo de la 7ma. carrera del día 13 de diciembre, donde condujo al SPC “SEMENOV”. En caso de persistir esta conducta indebida, será pasible de la sanción que este Cuerpo estime corresponder.

Res. 1590: Se apercibe severamente al Jockey FRANCO L. FERREYRA, por perder la línea y molestar a la altura del codo a otros competidores durante el desarrollo de la 7ma. carrera del día 13 de diciembre, donde condujo al SPC “CORSA KIND”. En caso de persistir esta conducta indebida, será pasible de la sanción que este Cuerpo estime corresponder.

Res. 1591: Se apercibe severamente al Jockey RODRIGO G. BLANCO, por perder la línea en la largada y molestar a otros competidores durante el desarrollo de la 12da. carrera del día 13 de diciembre, donde condujo al SPC “FEMME BELLE”. En caso de persistir esta conducta indebida, será pasible de la sanción que este Cuerpo estime corresponder.

  • CABALLERIZA MULTADA Y SPC INHABILITADO

Res. 1592: Se dispone multar en la suma de $ 300, al Propietario de la Caballeriza “HARAS DILU” (Arg.), Dn. Nestor Emilio OTERO, por no haber adoptado los recaudos para que el SPC “ULTRASONIC STORM”, se presentara con la documentación necesaria para participar de la 7ma. carrera del día 18 de diciembre pasado. Asimismo se dispone inhabilitar al SPC “ULTRASONIC STORM”, hasta tanto no se haga efectivo el cumplimiento de la documentación exigida.-

  • SPC INHABILITADO NO REDIMIBLE MEDIANTE PAGO Y ENTRENADOR MULTADO

Res. 1593: Vista la no participación del SPC “SHOOTOUT”, en la 13ra. carrera del día 18 de diciembre, y, CONSIDERANDO: Que el citado ejemplar fue ratificado el día 12 de diciembre, para actuar en éste Hipódromo-en la carrera de referencia- se lo ratifica también para participar con anterioridad a ésta, más precisamente en la reunión del día 17 de diciembre en el Hipódromo de San Isidro, donde efectivamente corrió.
Que, sin perjuicio de ejercer su retiro, debe tenerse en cuenta la doble anotación del ejemplar y el empeño puesto de manifiesto por sus responsables para que efectivamente corra en este Hipódromo.
POR ELLO, LA COMISIÓN DE CARRERAS, RESUELVE:
1) Declarar no redimible mediante pago la inhabilitación de treinta (30) días, a computarse desde el 18 de diciembre y hasta el 16 de enero próximo inclusive al SPC “SHOOTOUT”, ratificado el día antes mencionado y no presentado a correr en la 13ra. carrera del día 18 de diciembre
2) Multar en la suma de $300, al Entrenador Dn. FRANCISCO ARREGUY, por la falta de responsabilidad profesional en mérito a las causas expuestas en el considerando de esta resolución (Art.33 Inc.I del RGC).
3) Se le llama la atención al Propietario de la Caballeriza “TRIPLE ALLIANCE” (S.I.), por lo expuesto en el considerando de esta resolución, haciéndole saber que deberá arbitrar los medios necesarios para la efectiva participación de los animales de su propiedad, bajo apercibimiento de aplicar sanciones que este Cuerpo estime corresponder.
4) Comuníquese.-

  • JOCKEYS MULTADOS

Res. 1594:Se dispone multar en la suma de $ 50 (Pesos Cincuenta), al Jockey CESAR O. HUERTA, por no haber dado cumplimiento al compromiso de monta suscripto para la 9na.carrera del día 15 de diciembre, donde debía conducir al SPC “CUADRE CACHO”.

Res. 1595:Se dispone multar en la suma de $ 50 (Pesos Cincuenta), al Jockey Aprendiz MARIO D. BARRACO, por no haber dado cumplimiento al compromiso de monta suscripto para la 14ta.carrera del día 15 de diciembre, donde debía conducir al SPC “LEAR TEC”.

Res. 1596: Se dispone multar en la suma de $ 50 (Pesos Cincuenta), al Jockey RUBEN D. TARRAGONA, por no haber dado cumplimiento al compromiso de monta suscripto para la 14ta.carrera del día 15 de diciembre, donde debía conducir al SPC “CLASS LANCER”.

Res. 1597: Se dispone multar en la suma de $ 50 (Pesos Cincuenta), al Jockey ROBERTO E. QUINTEROS, por no haber dado cumplimiento al compromiso de monta suscripto para la 6ta.carrera del día 18 de diciembre, donde debía conducir al SPC “FORTY BAMBUCA”.

Res. 1598: Se dispone multar en la suma de $ 50 (Pesos Cincuenta), al Jockey JOSE D. CARINAO, por no haber dado cumplimiento al
compromiso de monta suscripto para la 12da.carrera del día 18 de diciembre, donde debía conducir al SPC “REGUETON”.

  • ENTRENADORES MULTADOS

Res. 1599: Se dispone multar en la suma de $ 50 (Pesos Cincuenta), al Entrenador JUAN I. ROSSI, por la responsabilidad que le cupo en el compromiso de monta del SPC “RUSSIAN TRUST”, inscripto en la 8va. carrera del día 15 de diciembre, al no presentarse a correr el
Jockey comprometido.-

Res. 1600: Se dispone multar en la suma de $ 50 (Pesos Cincuenta), al Entrenador SILVIO M. PIVANO, por la responsabilidad que le
cupo en el compromiso de monta del SPC “BUCANERO”, inscripto en la 10ma. carrera del día 18 de diciembre, al no presentarse a correr
el Jockey comprometido.-

Res. 1601: Se dispone multar en la suma de $ 50 (Pesos Cincuenta), al Entrenador RAUL R. GARCIA, por la responsabilidad que le
cupo en el compromiso de monta del SPC “WESTERN DANCER”, inscripto en la 15ta. carrera del día 18 de diciembre, al no presentarse
a correr el Jockey comprometido.-
 

  • SOLICITUD LICENCIA DE ENTRENADOR

Res. 1602: Visto la presentación efectuada por el Sr. Omar Pablo MARTIGNANO, solicitando la Licencia de Entrenador, y, CONSIDERANDO
Que, se ha cumplido con los requisitos establecidos en la reglamentación vigente y teniendo en cuenta lo dispuesto en el Art. 28 inc.
VI del R.G.C
LA COMISION DE CARRERAS, RESUELVE:
1) Conceder la Licencia Provisional de Entrenador a partir del día de la fecha y hasta el 30 de junio de 2012, al Sr. Omar Pablo
MARTIGNANO (DNI 7.703.192).-
2) Hacer saber al interesado que podrá presentar exclusivamente los S.P.C. de su propiedad, y deberá dar entrada, en Inspección
de Caballerizas a los mismos.-
3) Comuníquese.-

Res.1603: Visto la presentación efectuada por la Sra. Maria Florencia LOPEZ solicitando la Licencia de Entrenador, y,
CONSIDERANDO:
Que, se ha cumplido con los requisitos establecidos en la reglamentación vigente y teniendo en cuenta lo dispuesto en el Art.
28 inc. VI del R.G.C
LA COMISION DE CARRERAS, RESUELVE:
1) Conceder la Licencia Provisional de Entrenador a partir del día de la fecha y hasta el 30 de junio de 2012, a la Sra. Maria
Florencia LOPEZ (D.N.I 25.515.509).-
2) Hacer saber al interesado que deberá dar entrada, en Inspección de Caballerizas a los S.P.C que estuvieran a su cuidado, y no
podrá presentar ejemplares de Entrenadores suspendidos.-
3) Comuníquese.-

  • PROGRAMA DE ENTRADAS

Res. 1604: Se aprueba el Programa de Entradas correspondiente al mes de Enero de 2011, conforme al siguiente detalle: martes 3, jueves 5, martes 10, jueves 12, domingo 15, jueves 19, martes 24, jueves 26, domingo 29 y martes 31.-

  • CABALLERIZA RECONOCIDA

Res. 1605: Se reconoce, a partir del día de la fecha, a la Caballeriza “ELSIE”, propiedad del Sr. Osvaldo Oscar OTTAVIANO (D.N.I. 10.353.267).-

Res. 1606: VISTO las dificultades que generan los vencimientos de las patentes de Profesionales, Entrenadores y Jockeys vinculados al Hipódromo de Mar del Plata, y ante la solicitud efectuada por la Asociación de Propietarios de S.P.C “MAR Y SIERRA”, con la conformidad expresa de la Asociación Unificada de Jockeys y Cuidadores de La Plata, y hasta tanto se resuelva la situación del mencionado Hipódromo, solicita se extiendan dichas patentes otorgadas en su momento por el Jockey Club de Mar del Plata depuradas en la actualidad, de acuerdo a las actuaciones, en forma ininterrumpida, en los distintos Hipódromos Oficiales.
LA COMISIÓN DE CARRERAS, RESUELVE:
1°) Renovar la Patente provisoria a partir del día 1° de enero y hasta el 31 de diciembre de 2013 a los Entrenadores que se encuentren en el listado adjunto, presentado por la Asociación de Propietarios de S.P.C “MAR Y SIERRA”: AGUILERA MERCEDES NÉLIDA (DNI 12.016.479), BALLARRE CRESPIN MABEL VIVIANA (DNI 21.691.632), BALZA MANUEL SANTOS (DNI 12.893.932), BARRIONUEVO OSCAR ABEL (DNI 23.856.910), BLANCO MARCELO (DNI 22.761.367), CANTO ABEL MAGÍN (DNI 27.508.460), CHABERT CESAR RICARDO (DNI 6.683.284), CUENCA FRANCISCO JORGE (DNI 12.047.751), DANIELE JUAN JOSE (DNI 12.651.444), DIEZ ENRIQUE ALBERTO (DNI 5.318.531), ETCHEVERRY JORGE ARTURO (DNI 5.329.674), FERREYRA ALBERTO DANIEL (DNI 10.967.403), GARCIA MARCELO ANTONIO (DNI 21.861.317), GARCIA RAUL ROBERTO (DNI 5.363.132), GEREZ DANIEL ESTEBAN (DNI 11.714.965), HERRERA ANIBAL JUSTO (DNI 8.429.568), IZQUIERDO JUAN CARLOS (DNI 17.870.175), LANZONI CARLOS OSVALDO (DNI 8.157.465), LOZANO OMAR DARIO (DNI
27.626.852), MACHADO CARLOS RAMON (DNI 5.489.576), MALDONADO ALBERTO DANIEL (DNI 18.002.726), MORENO ARMANDO RAUL (DNI 13.834.623), MOREYRA SERGIO HILARIO (DNI 24.468.317), PADRON WALTER ANTONIO (DNI 16.779.186), PALAZZO MARIO HUGO (DNI 8.708.777), PANADERO JOSE LUIS (DNI 16.248.683), PIVANO SILVIO MARCELO (DNI 17.888.242), PRESA MIGUEL CELEDONIO (DNI 11.490.740), RICCIUTO GUSTAVO MARTIN (DNI 25.569.608), RICCIUTO MARIO JAVIER (DNI 25.569.609), ROLDAN ROBERTO ALEJANDRO (DNI 20.039.008), ROSSI JAVIER FERNANDO (DNI 21.461.375), SALVAI HORACIO ALBERTO (DNI 5.391.695), SANGIACOMO PABLO ALBERTO (LE 5.190.892), SOTELO BUSLON WALBERTO GUZMAN (DNI 92.618.653), TAVAGNUTTI RICARDO HUGO (DNI 10.083.602), TOLEDO ANIBAL LUIS (DNI 5.507.078), TRUPPA ROBERTO ANGEL (DNI 5.332.769), VARELA ALBERTO RICARDO (DNI 6.188.588), ZAPICO CESAR OSCAR (DNI 24.539.461) y ZAPICO TITO JOSE (DNI 8.429.673).-
2°) Renovar la Patente provisoria, a partir del día 1° de enero y hasta el 31 de diciembre de 2013 a los Jockeys que se encuentren en el listado adjunto, presentado por la Asociación de Propietarios de S.P.C “MAR Y SIERRA”:
GALVAN JUAN FRANCISCO (DNI 20.723.784), OSUNA JOSE ALBERTO (DNI 31.719.845), VILLAR PABLO VALENTÍN (DNI 26.763.471) y VILLAR SEBASTIÁN (DNI 26.269.482).
3°) Los Profesionales incluidos en esta lista presentada por la Asociación de Propietarios de S.P.C “MAR Y SIERRA”, serán los únicos a quienes se les otorga esta Patente Provisional con carácter extraordinario.
4°) Los Entrenadores que incurran en infracción al Articulo 25 del Reglamente General de Carreras (Dóping) quedarán automáticamente excluidos, sin posibilidad alguna de renovación.
5°) Los Entrenadores y Jockeys de la presente Resolución mantendrán su condición de Profesionales radicados en el Interior y quedarán dados de baja automáticamente si no presentan actuación en éste período en el Hipódromo de La Plata.-

Res. 1607: VISTO el excelente resultado obtenido en la Edición 2011 del Premio Corona de Plata, las pruebas clasificatorias para precoces y el Clásico final para Productos nacidos a partir del 1° de Julio de 2009, y, CONSIDERANDO: Que, durante el desarrollo de dichas competencias se ha advertido un incremento significativo de las apuestas al verse fortalecido el interés del público apostador, al poder observar en la pista a los animales destacados de la última generación.
Que correlativamente, el aumento de las apuestas redunda en beneficio del erario público, permitiendo la realización de obras sociales, de infraestructura, de prevención, etc., que vigorizan el beneficio comunitario. Que, no obstante el éxito obtenido, y aprovechando la coyuntura actual, sería oportuno optimizar el sistema para lograr un desarrollo adecuado que permita crecer aún más el interés del público apostador, y asimismo, dar a los propietarios de S.P.C., un mayor incentivo, como así también a los trabajadores del turf que podrán exponer sus atributos profesionales, dentro de las competencias de alta gama.
Que, la situación descripta traerá como beneplácito la competitividad armoniosa, que beneficia a toda la familia del turf. Que, asimismo, el presupuesto asignado para el Año 2012 con el objeto de dar cumplimiento con la Ley del Turf, en lo referente a la aplicación del 60% de subvención de lo percibido por los Slots así lo permite,
LA COMISION DE CARRERAS RESUELVE:
Art.1: Instaurar a partir del 3 de Enero de 2012 el Premio “CORONA DE PLATA”, reservado para SPC nacidos a partir del 1° de julio de 2009.-
Art.2: Se consagrará ganador del premio de $ 250.000 (PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA MIL), el potrillo que triunfe en cuatro (4) de los siguientes Especiales y Clásicos reservados para la generación nacida a partir del 1° de julio de 2009:
a) 5/1 ESPECIAL INICIACION: 1.000 mts.
b) 24/1 CLASICO NUEVA GENERACION: 1.000 mts.
c) 9/2 CLASICO LUIS MARIA DOYHENAD (GIII) 1.000 mts.
d) 6/3 CLASICO AGUSTIN B. GAMBIER (GIII) 1.200 mts.
e) 8/4 CLASICO CRIADORES ARGENTINOS DEL SPC (L) 1.300 .mts
f) 13/5 CLASICO PEDRO GOENAGA (GII) 1.400 mts.
g) 7/6 CLASICO ASOCIACIÓN DE PROPIETARIOS DE
CABALLOS DE CARRERA BS. AS. (GIII) 1.500 mts
Art. 3: Se consagrará ganadora del premio de $ 250.000 (PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA MIL), a la potranca que triunfe en cuatro (4) de los siguientes Especiales y Clásicos reservados para la generación nacida a partir del 1° de julio de 2009.-
a) 3/1 ESPECIAL APERTURA 1.000 mts.
b) 24/1 CLASICO NUEVA GENERACION 1.000 mts.
c) 7/2 CLASICO FORTUNATO DAMIANI (GIII) 1.000 mts.
d) 1/3 CLASICO DERLI A. GOMEZ (GIII) 1.200 mts.
e) 3/4 CLASICO AMILCAR A. MERCADER (L) 1.300mts.
f) 3/5 CLASICO RAUL ARISTEGUI (GII) 1.400mts.
g) 3/6 CLASICO ANDRES S. TORRES (GIII) 1.500 mts.
Art.4: Instaurar un sistema de premios que otorgue puntos a los Potrillos nacidos a partir del 1° de Julio de 2009, que participen en las competencias antes mencionadas desde el 3 de enero de 2012 al 30 de junio de 2012, otorgando al que se clasifique 1ro. $250.000 (PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA MIL), al 2do. $100.000 (PESOS CIEN MIL), al 3ro. $70.000 (PESOS SETENTA MIL), al 4to. $50.000 (PESOS CINCUENTA MIL), y al 5to. $30.000 (PESOS TREINTA MIL).
Art.5: Instaurar un sistema de premios que otorgue puntos a las Potrancas nacidas a partir del 1° de Julio de 2009 que participen en las competencias antes mencionadas desde el 3 de Enero de 2012 al 30 de Junio de 2012, otorgando a la que se clasifique 1ra. $250.000 (PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA MIL), al 2do. $100.000 (PESOS CIEN MIL), al 3ro. $70.000 (PESOS SETENTA MIL), al 4to. $50.000 (PESOS CINCUENTA MIL), y al 5to. $30.000 (PESOS TREINTA MIL).-
Art. 6: El ganador/a del premio “CORONA DE PLATA” queda excluido de la competencia por puntos enunciada en los Arts. 4 y 5 del presente, anulándose automáticamente el primer premio de dicha competencia, y, por consiguiente, el que sume mayor cantidad de puntos obtendrá el 2° premio.-
Art. 7: La escala de puntos para las carreras incluidas en los arts. 2° y 3° se determinará conforme al Anexo A, que forma parte de la presente Resolución.

Res. 1608: VISTO la necesidad de instrumentar nuevos atractivos para los SPC que compiten en el Hipódromo de La Plata, y, CONSIDERANDO que resulta necesario incrementar los premios, privilegiando la calidad de los ejemplares que compiten
en nuestro Hipódromo,
LA COMISION DE CARRERAS, RESUELVE:
1-) Instaurar a partir del 1° de Enero de 2012 hasta el 31 de Diciembre de 2012, el “5 (cinco) Platense”, para aquellos SPC de 3, 4 y 5 años que durante el año 2012 ganen, tres, cuatro y /o cinco carreras en el Hipódromo de La Plata.- El incremento se materializará de la siguiente manera:
a-) El ganador de tres carreras en el Hipódromo de La Plata durante el Año 2012, incrementará en un 25% el Premio asignado para el 1° Puesto de su última competencia.-
b-) El ganador de cuatro carreras en el Hipódromo de La Plata durante el Año 2012, incrementará en un 50% el Premio asignado para el 1° Puesto de su última competencia.-
c-) El ganador de cinco carreras en el Hipódromo de La Plata durante el Año 2012, incrementará en un 100% el Premio asignado para el 1° Puesto de su última competencia.-
2-) Las carreras ganadas de los S.P.C. de 2 años , no se computarán.-

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