Lunes 16 de Julio de 2012

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Bosque en llamas

RESOLUCIONES ADOPTADAS POR LA COMISION DE CARRERAS

Resoluciónes adoptadas por la comisión de carreras del Hipódromo de La Plata en su sesión de los días 15, 12, 10 y 3 de Julio 2012

por Relaciones Públicas La Plata

SESIÓN DE LA COMISIÓN DE CARRERAS DEL DÍA 15 DE JULIO DE 2012

  • STARTER

Res. 708: Visto el informe presentado por el Sr. Starter, se suspende por el término de treinta (30) días, a computarse desde el 13 de julio y hasta el 11 de agosto próximo inclusive al SPC “SABROSON”, por negarse a dar partida en la 4ta. carrera del día 12 de julio pasado. Asimismo, se dispone hacerle saber al Entrenador JOSE M. GIMENEZ, a cuyo cargo se encuentra el mencionado SPC, que para volver a correr se necesita el V° B° del Starter y la autorización de este Cuerpo.-

  • ENTRENADORES MULTADOS

Res. 709: Se dispone multar en la suma de Pesos Doscientos ($ 200.-) al Entrenador Dn. NICOLAS DRAGISICH, por su falta de responsabilidad profesional al presentar al S.P.C. “OH MICAELA” en la 1ra. carrera del día 12 de julio pasado con la Libreta Sanitaria fuera de condiciones. En caso de que se reitere dicha conducta, será pasible de las sanciones que éste Cuerpo estime corresponder.-

Res. 710: Se dispone multar en la suma de Pesos Doscientos ($ 200.-) al Entrenador Dn. HECTOR J. OLIVA, por su falta de responsabilidad profesional al presentar al S.P.C. “SONGWRITER” en la 8va. carrera del día 12 de julio pasado con la Libreta Sanitaria fuera de condiciones. En caso de que se reitere dicha conducta, será pasible de las sanciones que éste Cuerpo estime corresponder.-

Res. 711: Se dispone multar en la suma de Pesos Doscientos ($ 200.-) al Entrenador Dn. GUILLERMO O. CEPEDA, por su falta de responsabilidad profesional al presentar al S.P.C. “PEGADOR MIKE” en la 7ma. carrera del día 12 de julio pasado con la Libreta Sanitaria fuera de condiciones. En caso de que se reitere dicha conducta, será pasible de las sanciones que éste Cuerpo estime corresponder.-

Res. 712: Se dispone multar en la suma de Pesos Doscientos ($ 200.-) al Entrenador Dn. LUIS S. BEDOYA, por su falta de responsabilidad profesional al presentar al S.P.C. “PIBITA” en la 14ta. carrera del día 12 de julio pasado con la Libreta Sanitaria fuera de condiciones. En caso de que se reitere dicha conducta, será pasible de las sanciones que éste Cuerpo estime corresponder.-

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SESIÓN DE LA COMISIÓN DE CARRERAS DEL DÍA 12 DE JULIO DE 2012

  • ENTRENADORES MULTADOS

Res. 696: Se dispone multar en la suma de Pesos Doscientos ($ 200.-) al Entrenador Dn. JULIO CESAR DANIEL HUERTAS, por su falta de responsabilidad profesional, al presentar al S.P.C. “BASKO VIEJO” en la 5ta. carrera del día 10 de julio pasado con la Libreta Sanitaria fuera de condiciones. En caso de que se reitere dicha conducta, será pasible de las sanciones que éste Cuerpo estime corresponder.-

Res. 697: Se dispone multar en la suma de Pesos Doscientos ($ 200.-) al Entrenador Dn. FELIX ROBERTO CURA, por su falta de responsabilidad profesional, al presentar al S.P.C. “THUNDER ROL” en la 5ta. carrera del día 10 de julio pasado con la Libreta Sanitaria fuera de condiciones. En caso de que se reitere dicha conducta, será pasible de las sanciones que éste Cuerpo estime corresponder.-

Res. 698: Se dispone multar en la suma de Pesos Doscientos ($ 200.-) al Entrenador Dn. JORGE DARIO RUBELLI, por su falta de responsabilidad profesional, al presentar al S.P.C. “ANTOGNONI” en la 6ta. carrera del día 10 de julio pasado con la Libreta Sanitaria fuera de condiciones. En caso de que se reitere dicha conducta, será pasible de las sanciones que éste Cuerpo estime corresponder.-

Res. 699: Se dispone multar en la suma de Pesos Doscientos ($ 200.-) al Entrenador Dn. MIGUEL ANGEL PELEGRINELLI, por su falta de responsabilidad profesional, al presentar al S.P.C. “MOROCHA GUAPA” en la 8va. carrera del día 10 de julio pasado con la Libreta Sanitaria fuera de condiciones. En caso de que se reitere dicha conducta, será pasible de las sanciones que éste Cuerpo estime corresponder.-

Res. 700: Se dispone multar en la suma de Pesos Doscientos ($ 200.-) al Entrenador Dn. ALFREDO ARGENTINO BENITEZ, por su falta de responsabilidad profesional, al presentar al S.P.C. “LUCKY IDEA” en la 10ma. carrera del día 10 de julio pasado con la Libreta Sanitaria fuera de condiciones. En caso de que se reitere dicha conducta, será pasible de las sanciones que éste Cuerpo estime corresponder.-

Res. 701: Se dispone multar en la suma de Pesos Doscientos ($ 200.-) al Entrenador Dn. CANDELARIO CACERES VELOZO, por su falta de responsabilidad profesional, al presentar al S.P.C. “BELU BELU” en la 10ma. carrera del día 10 de julio pasado con la Libreta Sanitaria fuera de condiciones. En caso de que se reitere dicha conducta, será pasible de las sanciones que éste Cuerpo estime corresponder.-

Res. 702: Se dispone multar en la suma de Pesos Doscientos ($ 200.-) al Entrenador Dn. ALDO OVIDIO JUAREZ, por su falta de responsabilidad profesional, al presentar al S.P.C. “FULL MOOD” en la 14ta. carrera del día 10 de julio pasado con la Libreta Sanitaria fuera de condiciones. En caso de que se reitere dicha conducta, será pasible de las sanciones que éste Cuerpo estime corresponder.-

Res. 703: Se dispone multar en la suma de Pesos Doscientos ($ 200.-) al Entrenador Dn. JORGE EDUARDO QUINTEROS, por su falta de responsabilidad profesional, al presentar al S.P.C. “DESTACADA GONE” en la 14ta. carrera del día 10 de julio pasado con la Libreta Sanitaria fuera de condiciones. En caso de que se reitere dicha conducta, será pasible de las sanciones que éste Cuerpo estime corresponder.-

  • CABALLERIZA MULTADA Y SPC INHABILITADO

Res. 704: Se dispone multar en la suma de $ 300, al Propietario de la Caballeriza “RO-MA-YA-DA” (Azul), Dn. MARCELO ALEJANDRO TARTARELLI, por no haber adoptado los recaudos para que el SPC “ES LACTEO”, se presentara con la documentación necesaria para participar de la 4ta. carrera del día 10 de julio pasado. Asimismo se dispone inhabilitar al SPC “ES LACTEO”, hasta tanto no se haga efectivo el cumplimiento de la documentación exigida.-

Res. 705: Se dispone multar en la suma de $ 300, al Propietario de la Caballeriza “EL RELOJ”, Dn. FLAVIO SEBASTIAN GOÑI, por no haber adoptado los recaudos para que el SPC “ETERNO ESPERADO”, se presentara con la documentación necesaria para participar de la 7ma. carrera del día 10 de julio pasado. Asimismo se dispone inhabilitar al SPC “ETERNO ESPERADO”, hasta tanto no se haga efectivo el cumplimiento de la documentación exigida.-

  • CABALLERIZA RECONOCIDA

Res. 706: Se reconoce, a partir del día de la fecha, a la Caballeriza “PARES TENGO”, propiedad del Sr. RICARDO ALBERTO ROCAMORA (D.N.I. 13.025.281).-

Descargar documento relacionado: Resoluciones LP 10-07-2012.pdf

Descargar documento relacionado: Resoluciones LP 03-07-2012.pdf

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