Martes 20 de Julio de 2010

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Cortando el pasto

RESOLUCIONES ADOPTADAS POR LA COMISION DE CARRERAS DE SAN ISIDRO

Resoluciones adoptadas por Comisión de Carreras del Hipódromo de San Isidro en su sesión del día 16 de Julio de 2010. Suspensiones y apercibimientos.

por Gacetilla de Prensa

  • Profesionales Sancionados
  • Jockeys y/o Jockeys Aprendices


SUSPENDER: Por el término de dos (2) reuniones, que se computará los días 24 y 25 de julio próximo inclusive, al jockey Adrián M. Giannetti, por perder la línea en los tramos finales, hecho que ocasionara su distanciamiento, en la 2ª carrera disputada el día 7 de julio próximo pasado, en la que condujo al SPC “Just A Winner”.
Artículo 20, Incisos III y IV del Reglamento General de Carreras.

SUSPENDER: Por el término de cinco (5) reuniones, que se computarán desde el 24 y hasta el 28 de julio próximo inclusive, al jockey Luis M. Fernández, por perder la línea en los tramos iniciales, en la 14ª carrera disputada el día 9 de julio próximo pasado, en la que condujo al SPC “Colusus Fin”.
Artículo 20, Inciso III del Reglamento General de Carreras.

SUSPENDER: Por el término de dos (2) reuniones, que se computarán los días 24 y 25 de julio próximo inclusive, al jockey Rodrigo G. Blanco, por perder la línea en los tramos finales, hecho que ocasionara su distanciamiento, en la 3ª carrera disputada el día 11 de julio próximo pasado, en la que condujo al SPC “Torpedo Man”.
Artículo 20, Incisos III y IV del Reglamento General de Carreras.

DEJAR SIN EFECTO la sanción aplicada al jockey Abel L. J. Giorgis.
(Resolución de fecha 9 de julio de 2010)

APERCIBIR al jockey Ángel R. García, por hallarse excedido en el peso establecido en el programa para competir con la SPC “Rumba Rockera”, en la 9ª carrera del 11 de julio próximo pasado, hecho este que motivara el no cumplimiento del compromiso de monta contraído.
Artículo 16, Inciso XII del Reglamento General de Carreras.

APERCIBIR a la jockey aprendiz María I. Fleitas, por hallarse excedida en el peso establecido en el programa para competir con el SPC “Don Debicello”, en la 10ª carrera del 11 de julio próximo pasado, hecho este que motivara el no cumplimiento del compromiso de monta contraído.
Artículo 16, Inciso XII del Reglamento General de Carreras.

APERCIBIR al jockey Adrián M. Giannetti, por no acatar la orden de montar al SPC “Just A Winner”, “Star Of Light” y “Arandano En Flor”, en la 2ª, 2ª y 1ª carrera de los días 7, 9 y 11 de julio próximo pasado, respectivamente.
Artículo 16, Inciso XIII del Reglamento General de Carreras.

SEVERO APERCIBIMIENTO al jockey Rodrigo G. Blanco, por no acatar la orden de montar a la SPC “Nandaly”, en la 2ª carrera del día 9 de julio próximo pasado, y ser reincidente.
Artículo 16, Inciso XIII del Reglamento General de Carreras.

APERCIBIR al jockey aprendiz Matías J. Medina, por no acatar la orden de montar al SPC “Lucky Glory”, en la 7ª carrera del día 9 de julio próximo pasado, respectivamente.
Artículo 16, Inciso XIII del Reglamento General de Carreras.

SEVERO APERCIBIMIENTO al jockey Jorge A. Ricardo, por no presentarse en el tiempo establecido a la redonda y no acatar la orden de montar al SPC “Moncaya”, en la 6ª carrera del día 11 de julio próximo pasado, y ser reincidente.
Artículo 16, Inciso XIII del Reglamento General de Carreras.

APERCIBIR al jockey aprendiz Rodolfo F. Davancens, por haber incrementado su peso neto en 800 gramos en pista normal, luego de disputada la 11ª carrera del 9 de julio próximo pasado, en la que condujo al SPC “El Mangante”.
Artículo 21, Inciso V del Reglamento General de Carreras.
 

  • ENTRENADORES


MULTAR: En la suma de $ 300.- al entrenador Carlos A. Mourazos, por presentar a su pupila la SPC “Luckyña” herrada antirreglamentariamente, para la 18ª carrera del 11 de julio próximo pasado, con su Libreta Sanitaria vencida.
Artículo 16, Inciso IV del Reglamento General de Carreras.

MULTAR: En la suma de $ 150.- al entrenador Pedro N. Cobas, por tener a la SPC “Conoci”, inscripta para la 11ª carrera del 7 de julio próximo pasado, con su Libreta Sanitaria vencida.
Artículo 14, Inciso II del Reglamento General de Carreras.

MULTAR: En la suma de $ 150.- al entrenador Ignacio López, por tener a la SPC “Arisca Sam”, inscripta para la 2ª carrera del 11 de julio próximo pasado, con su Libreta Sanitaria vencida.
Artículo 14, Inciso II del Reglamento General de Carreras.

APERCIBIR al entrenador Alejandro M. Ortiz, por presentar la asignación de monta en forma incompleta de su pupilo el SPC “Senegaleño”, para la 13ª carrera del 30 de junio próximo pasado.
Artículo 7, Inciso I del Reglamento General de Carreras.

APERCIBIR al entrenador Luis J. Duggan, por haber presentado al SPC “Darwinian”, sin vacunas asentadas en su Libreta Sanitaria, en la 18ª carrera del 11 de julio próximo pasado. Asimismo, se dispone hacerle saber que la reiteración de tal situación dará lugar a sanciones que la Comisión de Carreras estime corresponder.
Artículo 14, Inciso II del Reglamento General de Carreras.

APERCIBIR al entrenador Alberto F. Cannizzo, por no acatar al personal a su cargo órdenes impartidas por el encargado de redonda, previo a la salida a pista del SPC “Sullu Man”, en la 1ª carrera del 11 de julio próximo pasado.
Artículo 33, Inciso I del Reglamento General de Carreras.

APERCIBIR al entrenador Rodolfo H. Díaz, por presentar la asignación de monta en forma incompleta de su pupila la SPC “La Eva”, para la 7ª carrera del 9 de julio próximo pasado.
Artículo 7, Inciso I del Reglamento General de Carreras.

APERCIBIR al entrenador Luis A. Sánchez, por presentar la asignación de monta en forma incompleta de su pupilo el SPC “Il Buco Nero”, para la 10ª carrera del día 11 de julio próximo pasado.
Artículo 7, Inciso I del Reglamento General de Carreras.

APERCIBIR al entrenador Alfredo Maugeri, por presentar la asignación de monta en forma incompleta de su pupilo el SPC “Buckram”, para la 15ª carrera del 11 de julio próximo pasado.
Artículo 7, Inciso I del Reglamento General de Carreras.

APERCIBIR al entrenador Enrique R. Pérez, por presentar la asignación de monta en forma incompleta de su pupila la SPC “Classic Black”, para la 18ª carrera del día 11 de julio próximo pasado.
Artículo 7, Inciso I del Reglamento General de Carreras.
 

  • Caballerizas

APERCIBIR: al titular de la caballeriza “Arco de Oro” (CBA), por no haberse adoptado los recaudos necesarios para la participación del SPC “Nativo D’Oro”, a cargo del entrenador Juan D. Calderon, inscripto para la 14ª carrera del 9 de julio próximo pasado. Asimismo se dispone hacerle saber que previo a la ratificación dicho SPC deberá poseer la documentación correspondiente otorgada por el Stud Book Argentino.
Artículo 5, Inciso VII del Reglamento General de Carreras.

APERCIBIR: al titular de la caballeriza “El Charrua”, por no haberse adoptado los recaudos necesarios para la participación del SPC “Saint Halo”, a cargo del entrenador Carlos A. Mourazos, inscripto para la 7ª carrera del 11 de julio próximo pasado. Asimismo se dispone hacerle saber que previo a la ratificación dicho SPC deberá poseer la documentación correspondiente otorgada por el Stud Book Argentino.
Artículo 5, Inciso VII del Reglamento General de Carreras.

APERCIBIR: al titular de la caballeriza “Ciudad de Rufino” (LP), por no haberse adoptado los recaudos necesarios para la participación del SPC “Flower Storm”, a cargo del entrenador Juan B. Sucunza, inscripto para la 7ª carrera del 11 de julio próximo pasado. Asimismo se dispone hacerle saber que previo a la ratificación dicho SPC deberá poseer la documentación correspondiente otorgada por el Stud Book Argentino.
Artículo 5, Inciso VII del Reglamento General de Carreras.

APERCIBIR: al titular de la caballeriza “Malala” (LP), por no haberse adoptado los recaudos necesarios para la participación del SPC “Itaussu”, a cargo del entrenador Miguel Al Ledesma, inscripto para la 10ª carrera del 11 de julio próximo pasado. Asimismo se dispone hacerle saber que previo a la ratificación dicho SPC deberá poseer la documentación correspondiente otorgada por el Stud Book Argentino.
Artículo 5, Inciso VII del Reglamento General de Carreras.

APERCIBIR: al titular de la caballeriza “Haras Loma Linda” (RS), por no haberse adoptado los recaudos necesarios para la participación del SPC “Gaith”, a cargo del entrenador Juan C. Cima, inscripto para la 15ª carrera del 11 de julio próximo pasado. Asimismo se dispone hacerle saber que previo a la ratificación dicho SPC deberá poseer la documentación correspondiente otorgada por el Stud Book Argentino.
Artículo 5, Inciso VII del Reglamento General de Carreras.
 

  • S. P. C.

SUSPENDER para actuar en el medio local por el término de 30 días, desde el 11 de julio y hasta el 9 de agosto próximo inclusive, a la SPC “C. C. Coco ” (USA), a cargo del entrenador Juan C. Bianchi, por indocilidad peligrosa puesta de manifiesto en la redonda y en la pista, motivo por el cual fue retirada de la 16ª carrera disputada el día 11 de julio próximo pasado.
Artículo 20, Inciso VII del Reglamento General de Carreras.

SUSPENDER a la SPC “Shy Carolina” por el término de treinta (30) días, desde el 7 de julio próximo pasado y hasta el 5 de agosto próximo inclusive, a cargo del entrenador Abel M. Canto, por haber sido ratificada para los días 2 y 7 de julio próximo pasado y no presentada a correr en la 9ª carrera del día 7 de julio próximo pasado. Asimismo, se dispone hacerle saber al entrenador que la reiteración de tal situación será considerada falta de responsabilidad profesional.

SUSPENDER al SPC “Innuendo” por el término de treinta (30) días, desde el 11 de julio próximo pasado y hasta el 9 de agosto próximo inclusive, a cargo del entrenador Claudio R. Coria, por haber sido ratificado para los días 10 y 11 de julio próximo pasado y no presentado a correr en la 13ª carrera del día 11 de julio próximo pasado. Asimismo, se dispone hacerle saber al entrenador que la reiteración de tal situación será considerada falta de responsabilidad profesional.

SUSPENDER a la SPC “Milagro Anjiz” por el término de treinta (30) días, desde el 11 de julio próximo pasado y hasta el 9 de agosto próximo inclusive, a cargo del entrenador Marcos M. Encinas, por no haber adoptado los recaudos pertinentes para la participación de la mencionada SPC, inscripta para la 4ª carrera del día 11 de julio próximo pasado.
Artículos 14 y 15, Incisos I y IV del Reglamento General de Carreras.
 

  • STARTER


SUSPENDER por el término de treinta (30) días, desde el 7 de julio próximo pasado y hasta el 5 de agosto próximo inclusive a la SPC “SUPER SANDRA” – 9ª carrera del 07-07-2010, a cargo del entrenador José F. Errandonea, por registrar antecedentes de demorar su ingreso al partidor.
Asimismo se dispone que para correr nuevamente en este hipódromo se requerirá el visto bueno del Starter.
Artículo 19, Inciso VI del Reglamente General de Carreras.

 

Más información:
Hipódromo

HIPODROMO DE SAN ISIDRO - ARGENTINA

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