Lunes 13 de Septiembre de 2010

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Cortando el pasto

RESOLUCIONES ADOPTADAS POR LA COMISION DE CARRERAS DE SAN ISIDRO

Suspenden por el término de dos meses a los entrenadores: Marcelo C. J. Sumpf y Adrián O. Martinez; y por un mes a los S.P.C.: Tag Team y One Sheet.

por Gacetilla de Prensa

Resoluciones adoptadas por Comisión de Carreras en su sesión del día 10 de Septiembre de 2010

  • JOCKEYS Y/O JOCKEYS APRENDICES

SUSPENDER: por el término de diez (10) reuniones, que se computarán desde el 8 y hasta el 17 de septiembre próximo inclusive, a la jockey FLEITAS, MARIA I., por uso indebido del látigo, en la 11ª carrera disputada el día 5 de septiembre p.pdo., en la que condujo al s.p.c. “Paratito”.
Artículo 21, Inciso 1º, del Reglamento General de Carreras.

SUSPENDER: por el término de una (1) reunión, que se computará el día 18 de septiembre próximo, al jockey HORACIO J. BETANSOS, por perder la línea en los tramos finales, en la 9ª carrera disputada el día 31 de agosto p.pdo., en la que condujo al s.p.c. “Red Code”.
Artículo 20, Inciso III del Reglamento General de Carreras.

SUSPENDER: por el término de una (1) reunión, que se computará el día 18 de septiembre próximo, al jockey GABRIEL A. SEDIARI, por perder la línea en los tramos finales, en la 12ª carrera disputada el día 1º de septiembre p.pdo., en la que condujo al s.p.c. “Pinto A Don”.
Artículo 20, Inciso III del Reglamento General de Carreras.

APERCIBIR: al jockey aprendiz CACERES LUIS A., por hallarse excedido en el peso establecido en el programa para competir con la s.p.c. “Important Vent”, en la 8ª carrera del 31 de agosto p.pdo., hecho este que motivara el no cumplimiento del compromiso de monta contraído.
Artículo 16, Inciso XII del Reglamento General de Carreras.

APERCIBIR: al jockey JOSE R. MENDEZ, por hallarse excedido en el peso establecido en el programa para competir con la s.p.c. “Flash Dancer”, en la 12ª carrera del 5 de septiembre p.pdo., hecho este que motivara el no cumplimiento del compromiso de monta contraído.
Artículo 16, Inciso XII del Reglamento General de Carreras.

APERCIBIR: al jockey ADRIAN M. GIANNETTI, por haber disminuido su peso neto en 800 gramos en pista pesada, luego de disputada la 9ª carrera del 31 de agosto p.pdo., en la que condujo al s.p.c. “El Noi”. Artículo 21, Inciso VI del Reglamento General de Carreras.

APERCIBIR: al jockey GUSTAVO E. CALVENTE, por no haber dado cumplimiento al compromiso de monta contraído para conducir al s.p.c. “Senegaleño”, en la 7ª carrera del 1º de septiembre p.pdo. Artículo 7, Inciso IV del Reglamento General de Carreras.

  • ENTRENADORES

APERCIBIR: al Entrenador Dn. JUAN M. MENDOZA, por presentar la asignación de monta en forma incompleta de su pupilo el s.p.c. “Cardiopatía”, para la 4ª carrera del día 1º de septiembre p.pdo. Artículo 7, Inciso I del Reglamento General de Carreras.

 APERCIBIR: al Entrenador Dn. GASTON A. CAAMAÑO, por presentar la asignación de monta forma incompleta de su pupilo el s.p.c. “Capo Stripes”, para la 6ª carrera del día 1º de septiembre p.pdo. Artículo 7, Inciso I del Reglamento General de Carreras.

APERCIBIR: al Entrenador Dn. EDUARDO A. RAMSEYER, por presentar la asignación de monta en forma incompleta de su pupilo el s.p.c. “Sounds System”, para la 7ª carrera del día 1º septiembre p.pdo. Artículo 7, Inciso I del Reglamento General de Carreras.

APERCIBIR: al Entrenador Dn. CRISTIAN CHAMORRO Q., por presentar la asignación monta en forma incompleta de su pupilo el s.p.c. “Phaedro”, para la 9ª carrera del día 1º septiembre p.pdo. Artículo 7, Inciso I del Reglamento General de Carreras.

APERCIBIR: al Entrenador Dn. JUAN J. BENITEZ, por presentar la asignación de monta en forma incompleta de su pupilo el s.p.c. “Papu”, para la 4ª carrera del día 3 de septiembre p.pdo. Artículo 7, Inciso I del Reglamento General de Carreras.

APERCIBIR: al Entrenador Dn. OMAR M. RATTO, por presentar la asignación de monta en forma incompleta de su pupila la s.p.c. “Muchacha Pícara”, para la 7ª carrera del día 3 de septiembre p.pdo.
Artículo 7, Inciso I del Reglamento General de Carreras.

APERCIBIR: al Entrenador Dn. JUAN C. CIMA, por presentar la asignación de monta en forma incompleta de su pupila la s.p.c. “Gaith”, para la 11ª carrera del día 5 de septiembre p.pdo.
Artículo 7, Inciso I del Reglamento General de Carreras.

APERCIBIR: al Entrenador Dn. JUAN B. UDAONDO, por haber presentado el retiro del s.p. “Music Mind” (Ex Neveh), en la 6ª carrera disputada el día 5 de septiembre p.pdo., luego del término establecido en el Artículo 15, Inciso V del Reglamento General de Carreras.

APERCIBIR: al Entrenador Dn. RICARDO R. RETRIVO, por haber presentado el retiro del s.p. “Indian Parade”, en la 10ª carrera disputada el día 5 de septiembre p.pdo., luego del término establecido en el Artículo 15, Inciso V del Reglamento General de Carreras.

APERCIBIR: al Entrenador Dn. RAUL O. TABORDA, por haber presentado el retiro del s.p.c. “Tea Gulch”, en la 11ª carrera disputada el día 5 de septiembre p.pdo., luego del término establecido en Artículo 15, Inciso V del Reglamento General de Carreras.

APERCIBIR: al Entrenador Dn. EDUARDO N. SIELE, por haber presentado el retiro del s.p. “Lungo Tom”, en la 12ª carrera disputada el día 5 de septiembre p.pdo., luego del término establecido en el Artículo 15, Inciso V del Reglamento General de Carreras.

  • S.P.C.

SUSPENDER: al s.p.c. “MR TAMBOURINE” por el término de treinta (30) días, desde el 31 agosto y hasta el 29 de septiembre próximo inclusive, a cargo del entrenador Dn. Miguel A. Díaz, por haber sido inscripto en una competencia reabierta y no presentado a correr en la 2ª carrera del 31 agosto p.pdo. Asimismo, se dispone hacerle saber al entrenador que la reiteración de tal situación será considerada falta de responsabilidad profesional.

SUSPENDER: a la s.p.c. “CHIAMATA” por el término de treinta (30) días, desde el 3 de septiembre y hasta el 2 de octubre inclusive, a cargo del entrenador Dn. Gustavo M. Ricciuto, por haber sido inscripta en una competencia reabierta y no presentada a correr en la 9ª carrera del 3 de septiembre p.pdo. Asimismo, se dispone hacerle saber al entrenador que la reiteración de tal situación será considerada falta de responsabilidad

SUSPENDER: a la s.p.c. “LA SOLEDOSA” por el término de treinta (30) días, desde el 31 de agosto y hasta el 29 de septiembre próximo inclusive, a cargo del entrenador Dn. Jorge E. Caro Caro, por haber sido ratificada para los días 30 y 31 de agosto p.pdo. y no presentada a correr en la 4ª carrera del día 31 de agosto p.pdo. Asimismo, se dispone hacerle saber al entrenador que la reiteración de tal
situación será considerada falta de responsabilidad profesional

SUSPENDER: al s.p.c. “ES CORDIAL”, por el término de treinta (30) días, desde el 1º y hasta el 30 de septiembre próximo inclusive, a cargo del entrenador Dn. Luis A. Fragale, por no haber adoptado los recaudos pertinentes para la participación del mencionado s.p.c., inscripto para la 6ª carrera del 1 de septiembre p.pdo. Artículos 14 y 15, Incisos I y IV del Reglamento General de Carreras.

  • SERVICIO VETERINARIO

SUSPENDER: para actuar en el medio local al s.p.c. “CHEVAL DE RACE” a cargo de la Entrenadora Dña. Marcela R. Cassano, a solicitud del Servicio Veterinario, por el término de cinco (5) meses, a partir del 3 de septiembre p.pdo y hasta el 2 de febrero próximo inclusive, por fractura recidivante de rodilla del miembro anterior derecho, luego de disputada la 5ª carrera del día 3 de septiembre p.pdo.

  • STARTER

SUSPENDER: al s.p.c. “GONE MANDAMAS” - 2ª carrera del 31-8-2010, a cargo del Entrenador Dn. Armando J. Pacheco, por indocilidad peligrosa, motivo por el cual fue retirado. Asimismo se dispone que para correr nuevamente en este hipódromo se requerirá el Vº Bº del Starter.
Artículo 19, Inciso VI del Reglamento General de Carreras.

SUSPENDER: al s.p.c. “MAJESTIC WELLS” - 11ª carrera del 1-9-2010, a cargo del Entrenador Dn. Mariano R. Fornillo, por indocilidad recostándose y parándose mal. Asimismo se dispone que para correr nuevamente en este hipódromo se requerirá el Vº Bº del Starter.
Artículo 19, Inciso VI del Reglamento General de Carreras.

SUSPENDER: al s.p.c. “BAILA ENVIADO” - 7ª carrera del 3-9-2010, a cargo del Entrenador Dn. Oscar F. Blanchet, por indocilidad peligrosa, motivo por el cual fue retirado. Asimismo se dispone que para correr nuevamente en este hipódromo se requerirá el Vº Bº del Starter.
Artículo 19, Inciso VI del Reglamento General de Carreras.

Visto el informe elevado por el Servicio Químico relacionado con el análisis químico del contenido del “frasco control’’ con material de investigación extraído al S.P.C. “TAG TEAM”, que se clasificara segundo en la 3ª carrera del día 18 de agosto p.pdo., del que resulta una infracción a lo determinado en el Artículo 25, Inciso II ap. d) del Reglamento General de Carreras TRATAMIENTO TERAPEUTICO NO AUTORIZADO – Que, habiendo el entrenador desistido expresamente del análisis del “frasco testigo” y presentando el descargo pertinente, donde manifiesta haber medicado al citado ejemplar surgiendo de su investigación que el producto utilizado contiene la droga originante del resultado positivo informado por el Laboratorio Químico.
Que, ante lo establecido en el Artículo 33, Inciso I del Reglamento General de Carreras, en el sentido de la responsabilidad que le cabe al entrenador y que el descargo efectuado no desvirtúa la aplicación de las normas vigentes.

LA COMISION DE CARRERAS RESUELVE

1º) SUSPENDER por el término de dos (2) meses, desde su sanción provisional (25 de agosto p.pdo.) y hasta el 24 de octubre de 2010 inclusive, al Entrenador Dn. MARCELO C. J. SUMPF.Artículo 25, Inciso II ap d) e Inciso VII ap d), del Reglamento General de Carreras.

2º) SUSPENDER por el término de un (1) mes, desde su sanción provisional (25 de agosto p.pdo.) y hasta el 24 de setiembre de 2010 inclusive, al S.P.C. “TAG TEAM”.

3º) Distanciar a los efectos del premio al mencionado S.P.C. modificando el marcador de la siguiente
forma:

1º) WIRY JET
2º) DON ROGE
3º) INTROSPECTOR
4º) JUEZ DUQUE
5º) TAN PINGO
6º) PERFECT CHAMP

4º) Comuníquese y dese a publicidad.

Visto el informe elevado por el Servicio Químico relacionado con el análisis químico del contenido del “frasco control’’ con material de investigación extraído al S.P.C. “ONE SHEET”, que se clasificara segundo en la 7ª carrera del día 20 de agosto p.pdo., del que resulta una infracción a lo determinado en el Artículo 25, Inciso II ap. d) del Reglamento General de Carreras - TRATAMIENTO TERAPEUTICO NO AUTORIZADO – Que, habiendo el entrenador desistido expresamente del análisis del “frasco testigo” y presentando el descargo pertinente, donde manifiesta haber medicado al citado ejemplar surgiendo de su investigación que el producto utilizado contiene la droga originante del resultado positivo informado por el Laboratorio Químico.
Que, ante lo establecido en el Artículo 33, Inciso I del Reglamento General de Carreras, en el sentido  de la responsabilidad que le cabe al entrenador y que el descargo efectuado no desvirtúa la aplicación de las normas vigentes.

LA COMISION DE CARRERAS RESUELVE

1º) SUSPENDER por el término de dos (2) mes, desde su sanción provisional (28 de agosto p.pdo.) y hasta el 27 de octubre de 2011 inclusive, al Entrenador Dn. ADRIAN O. MARTINEZ. Artículo 25, Inciso II ap d) e Inciso VII ap d), del Reglamento General de Carreras.

2º) SUSPENDER por el término de un (1) mes, desde su sanción provisional (28 de agosto p.pdo.) y hasta el 27 de setiembre de 2010 inclusive, al S.P.C. “ONE SHEET”.

3º) Distanciar a los efectos del premio al mencionado S.P.C. modificando el marcador de la siguiente forma:

1º) ESTADISTICO             7º) ADORADO MANI
2º) UN FESTEJO              8º) LOVELY BLACK
3º) MANY MORE               9º) VENTARRON LUDE
4º) CAPO FEDE               10º) BASKO MILLERO
5º) MR. MINARDI              11º) POTRI DOC
6º) MANAGER PRIZE       12º) TAIMADORA

4º) Comuníquese y dese a publicidad.

Más información:
Hipódromo

HIPODROMO DE SAN ISIDRO - ARGENTINA

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