Martes 28 de Junio de 2011

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Cortando el pasto

RESOLUCIONES ADOPTADAS POR LA COMISION DE CARRERAS DE SAN ISIDRO

Suspenden por (1) año al entrenador Dn. CARLOS E. MORIGGIA y por seis a Dn. JOSE N. DUCA dandole cuatro y dos meses para los S.P.C. “HOT TO ME” y “EL CRISTALINO” respectivamente.

por Prensa Hipódromo de San Isidro

RESOLUCIONES ADOPTADAS POR COMISION DE CARRERAS EN SU SESION DEL DIA 25 DE JUNIO DE 2011 PROFESIONALES SANCIONADOS

  • JOCKEYS Y/O JOCKEYS APRENDICES

APERCIBIR: al jockey JUAN C. COSTA, por haber disminuido su peso neto en 800 gramos
en pista anormal, luego de disputada la 18ª carrera del 17 de junio p.pdo., en la que condujo al
s.p.c. “Equatorial Rye”. Artículo 21, Inciso VI del Reglamento General de Carreras.

  • ENTRENADORES

MULTAR: en la suma de $ 150.00 al Entrenador Dn. ANGEL R. GIANNETTI, por tener al
s.p.c. “Hello Bill”, inscripto para la 10ª carrera del 15 de junio p.pdo., con Libreta Sanitaria
vencida, hecho que motivara su retiro. Artículo 14, Inciso II del Reglamento General de Carreras.

  • CABALLERIZAS

APERCIBIR: al titular de la caballeriza “C.A.R.” (LP), por no haber adoptado los recaudos
necesarios para la participación del s.p.c “Vilmo”, a cargo del Entrenador Dn. Ricardo R.
Pedernera, inscripto para la 10ª carrera del 15 de junio p.pdo. Asimismo se dispone hacerle saber
que previo a la ratificación dicho s.p.c. deberá poseer la documentación correspondiente otorgada
por el Stud Book Argentino. Artículo 5, Inciso VII del Reglamento General de Carreras.

APERCIBIR: al titular de la caballeriza “HARAS POLO”, por no haber adoptado los
recaudos necesarios para la participación del s.p.c “El Misionero”, a cargo del Entrenador Dn.
Roberto Pellegatta, inscripto para la 7ª carrera del 17 de junio p.pdo. Asimismo se dispone
hacerle saber que previo a la ratificación dicho s.p.c. deberá poseer la documentación
correspondiente otorgada por el Stud Book Argentino. Art. 5, Inc. VII del Reg. G. de Carreras.

  • STARTER

SUSPENDER: al s.p.c. “PELT PRIZE” – 3ª carrera del 17-6-2011, a cargo del Entrenador
Dn. Sergio Tchopourian O., por quedarse en el partidor, largando retrasado. Para correr
nuevamente en este Hipódromo deberá presentar VºBº del Starter y en caso de reincidir, será
suspendido por el término de sesenta (60) días. Art. 19, Inciso VI del Reg. General de Carreras.

SUSPENDER: a la s.p.c. “LA HERMITAÑA” – 20ª carrera del 17-6-2011, a cargo del
Entrenador Dn. Daniel O. Arenas, por negarse a ingresar al partidor. Para correr nuevamente en
este Hipódromo deberá presentar VºBº del Starter y en caso de reincidir, será suspendida por el
término de sesenta (60) días. Artículo 19, Inciso VI del Reglamento General de Carreras.

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Visto el informe elevado por el Servicio Químico relacionado con el análisis químico del
contenido del “frasco control’’ con material de investigación extraído al S.P.C. “HOT TO ME”,
que se clasificara segundo en la 14ª carrera del día 29 de mayo p.pdo., del que resulta una
infracción a lo determinado en el Artículo 25, Inciso II ap. c) del Reglamento General de
Carreras - TRATAMIENTO TERAPEUTICO NO AUTORIZADO – Que, habiendo el
entrenador desistido expresamente del análisis del “frasco testigo” y presentando el descargo
pertinente. Que, ante lo establecido en el Artículo 33, Inciso I del Reglamento General de
Carreras, en el sentido de la responsabilidad que le cabe al entrenador

  • LA COMISION DE CARRERAS RESUELVE

1º) SUSPENDER por el término de seis (6) meses, desde su sanción provisional (4 de junio
p.pdo.) y hasta el 3 de diciembre de 2011 inclusive, al Entrenador Dn. JOSE N. DUCA.
Artículo 25, Inciso II ap c), e Inciso VII ap c), del Reglamento General de Carreras.

2º) SUSPENDER por el término de dos (2) meses, desde su sanción provisional (4 de junio
p.pdo.) y hasta el 3 de agosto de 2011 inclusive, al S.P.C. “HOT TO ME”.

3º) Distanciar a los efectos del premio al mencionado S.P.C. modificando el marcador de la
siguiente forma:
1º) PINJOYAN 6º) CLASS BAY
2º) PROPOSAL 7º) TREMENDOUS
3º) ORO DE LULA 8º) MASTER CAT
4º) NATIVO PUR 9º) ALL HEART JACK
5º) EL PATPINCHE 10º) ICY TRACH
4º) Comuníquese y dese a publicidad.

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Visto el informe elevado por el Servicio Químico relacionado con el análisis químico del
contenido del “frasco control’’ con material de investigación extraído al S.P.C. “EL
CRISTALINO”
, que se clasificara segundo en la 18ª carrera del día 29 de mayo p.pdo., del que
resulta una infracción a lo determinado en el Artículo 25, Inciso II ap. b) del Reglamento
General de Carreras - TRATAMIENTO TERAPEUTICO NO AUTORIZADO – Que,
habiendo el entrenador solicitado la contraprueba sobre el “frasco testigo”, confirmándose el
resultado, y presentando el descargo pertinente, donde manifiesta no saber el origen de la droga
informada por el Laboratorio Químico. Que, ante lo establecido en el Artículo 33, Inciso I del
Reglamento General de Carreras, en el sentido de la responsabilidad que le cabe al entrenador y
que el descargo efectuado no desvirtúa la aplicación de las normas vigentes.

  • LA COMISION DE CARRERAS RESUELVE

1º) SUSPENDER por el término de un (1) año, desde su sanción provisional (4 de junio
p.pdo.) y hasta el 3 de junio de 2012 inclusive, al Entrenador Dn. CARLOS E. MORIGGIA.
Artículo 25, Inciso II ap b), e Inciso VII ap b), del Reg. Gral. de Carreras.

2º) SUSPENDER por el término de cuatro (4) meses, desde su sanción provisional (4 de junio
p.pdo.) y hasta el 3 de octubre de 2011 inclusive, al S.P.C. “EL CRISTALINO”.

3º) Distanciar a los efectos del premio al mencionado S.P.C. modificando el marcador de la
siguiente forma:
1º) SNOW FITZ 6º) TINAZO
2º) NERON TOSS 7º) FAUSTINITA
3º) MAD MASKED 8º) CHULIN
4º) BORDEAUX YALE 9º) STORM FURIOUS
5º) GRANJAILEFE 10º) BATERO
4º) Comuníquese y dese a publicidad.

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Visto el informe elevado por el Servicio Químico relacionado con el análisis químico del
contenido del “frasco control’’ con material de investigación extraído al S.P.C. “MISSISSIPPI”,
que se clasificara segundo en la 5ª carrera del día 12 de junio p.pdo., del que resulta una infracción
a lo determinado en el Artículo 25, Inciso II ap. d) del Reglamento General de Carreras -
TRATAMIENTO TERAPEUTICO NO AUTORIZADO – Que, habiendo el entrenador
desistido expresamente del análisis del “frasco testigo” y presentando el descargo pertinente,
Que, ante lo establecido en el Artículo 33, Inciso I del Reglamento General de Carreras, en el
sentido de la responsabilidad que le cabe al entrenador

  • LA COMISION DE CARRERAS RESUELVE

1º) SUSPENDER por el término de dos (2) meses, desde su sanción provisional (17 de junio
p.pdo.) y hasta el 16 de agosto de 2011 inclusive, al Entrenador Dn. LUCIANO R.
CERUTTI. Art. 25, Inciso II ap d), e Inciso VII ap d), del Reglamento General de Carreras.

2º) SUSPENDER por el término de un (1) mes, desde su sanción provisional (17 de junio
p.pdo.) y hasta el 16 de julio de 2011 inclusive, al S.P.C. “MISSISSIPPI”.

3º) Distanciar a los efectos del premio al mencionado S.P.C. modificando el marcador de la
siguiente forma:
1º) FANTASTIC ROYALE 7º) CATCHMEIFYOUCAN
2º) STORM TEN 8º) HARTHILL
3º) HEMISPHERE 9º) ME JUEGO
4º) CURLIN GULCH 10º) ANONIMO VENEZIANO
5º) LANGE 11º) SOY BAHIANO
6º) TOO TIGHT
 

Más información:
Hipódromo

HIPODROMO DE SAN ISIDRO - ARGENTINA

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