Miercoles 7 de Diciembre de 2011

  • Agrandar tipografía
  • Achicar tipografía
  • Imprimir
  • Recomendar nota

Cortando el pasto

RESOLUCIONES ADOPTADAS POR LA COMISION DE CARRERAS

Resoluciones adoptadas 07 DE DICIEMBRE DE 2011. Suspenden por (6) meses a los entrenadores Dn. MARCELO S. SUELDO y Dn. JOSE L.PANADERO

por Comisión de Carreras Hipódromo de San Isidro

RESOLUCIONES ADOPTADAS POR COMISION DE CARRERAS EN SU SESION DEL DIA 7 DE DICIEMBRE DE 2011 PROFESIONALES SANCIONADOS

  • JOCKEYS Y/O JOCKEYS APRENDICES

SUSPENDER: por el término de una (1) reunión, que se computará el día 21 de diciembre próximo, al jockey CLAUDIO F. QUIROGA, por perder la línea en la largada, en la 12ª carrera disputada el día 3 de diciembre p.pdo., en la que condujo al s.p.c. “American Tchau”. Artículo20, Inciso I del Reglamento General de Carreras.

APERCIBIR: al jockey CLAUDIO F. QUIROGA, por haber incrementado su peso neto en 1.600 gramos en pista normal, luego de disputada la 9ª carrera del 3 de diciembre p.pdo., en la que condujo al s.p.c. “Platino”, y en caso de reincidencia será pasible a una multa. Artículo 21, Inciso V del Reglamento General de Carreras.

  • ENTRENADORES

MULTAR: en la suma de $ 150,00, al Entrenador Dn. JUAN C. CETTOUR, por tener al s.p.c. “Pequeño Gray”, inscripto para la 13ª carrera del 30 de noviembre p.pdo., con su Libreta Sanitaria vencida. Artículo 14, Inciso II del Reglamento General de Carreras.

MULTAR: en la suma de $ 150,00, al Entrenador Dn. ALBERTO F. CANNIZZO, por tener a la s.p.c. “La Monárquica”, inscripta para la 15ª  carrera del 3 de diciembre p.pdo., con su Libreta Sanitaria vencida. Artículo 14, Inciso II del Reglamento General de Carreras.

MULTAR: en la suma de $ 600.00, al Entrenador Dn. FABIAN O. DAVID, por haber presentado al s.p.c. “Rimero”, con la vacuna de influenza equina vencida y adulterada, en la 12ª carrera del 27 de noviembre p.pdo. Asimismo, se dispone hacerle saber que la reiteración de tal situación dará lugar a sanciones que la Comisión de Carrera estime corresponder.

MULTAR: en la suma de $ 150,00, al Entrenador Dn. HUGO O. MATTEO, por haber presentado al s.p.c. “Ludovic”, con la vacuna de influenza equina vencida, en la 17ª carrera del 27 de noviembre p.pdo. Asimismo, se dispone hacerle saber que la reiteración de tal situación dará  lugar a sanciones que la Comisión de Carrera estime corresponder.

  • S.P.C.

SUSPENDER: a la s.p.c. “EXACTA PLUS” por el término de treinta (30) días, desde el 30 noviembre y hasta el 29 de diciembre próximo inclusive, a cargo del entrenador Dn. Lucas M. Fernández, por haber sido ratificada para los días 26 y 30 de noviembre p.pdo. y no presentada a correr en la 8ª carrera del día 30 de noviembre p.pdo. Asimismo, se dispone hacerle saber al entrenador que la reiteración de tal situación será considerada falta de responsabilidad profesional

  • SERVICIO VETERINARIO

SUSPENDER: para actuar en el medio local a la s.p.c. “TINA BAND” a cargo del Entrenador Dn. Juan J. La Rosa, a solicitud del Servicio Veterinario, por el término de seis (6) meses, a partir del 30 de noviembre p.pdo. y hasta el 30 de mayo de 2012 inclusive, por presentar heridas múltiples con hemorragia nasal y fractura de rotula del miembro posterior izquierdo, motivo por el cual fue retirada de los partidores, en la 1ª disputada el día 30 de noviembre p.pdo.

SUSPENDER: para actuar en el medio local a la s.p.c. “COUNTRY BUYA” a cargo del Entrenador Dn. Darío C. Periga, a solicitud del Servicio  Veterinario, por el término seis (6) meses, a partir del 30 de noviembre p.pdo. y hasta el 30 de mayo de 2012 inclusive, por ruptura de tendón flexor superficial y profundo del miembro anterior derecho, luego de disputada la 14ª carrera del día 30 de noviembre p.pdo.

SUSPENDER: para actuar en el medio local a la s.p.c. “GUITARRERA SPA” a cargo del Entrenador Dn. Roberto Pellegatta, a solicitud del  Servicio Veterinario, por el término de quince (15) días, a partir del 3 y hasta el 17 de diciembre próximo inclusive, por claudicación del miembro anterior izquierdo, motivo por el cual fue retirada de los partidores, en la 5ª disputada el día 3 de diciembre p.pdo.

SUSPENDER: para actuar en el medio local a la s.p.c. “LAST PARTY” a cargo del Entrenador Dn. Carlos L. Lomez, a solicitud del Servicio  Veterinario, por el término de quince (15) días, a partir del 3 y hasta el 17 de diciembre próximo inclusive, por claudicación del miembro posterior derecho, luego de disputada la 15ª carrera del día 3 de diciembre p.pdo.

  • STARTER

SUSPENDER: a la s.p.c. “PURPURA” (USA) – 15ª carrera del 30-11-2011, a cargo del Entrenador Dn. Javier A. Fren, por quedarse en el partidor, largando retrasado. Para correr nuevamente en este Hipódromo deberá presentar VºBº del Starter y en caso de reincidir, será suspendida por el término de sesenta (60) días. Artículo 19, Inciso VI del R. General de Carreras.

SUSPENDER: a la s.p.c. “HEMERA”– 3ª carrera del 3-12-2011, a cargo del Entrenador Dn. Abdon Palomo, por negarse a ingresar al partidor, motivo por el cual fue retirada. Para correr nuevamente en este Hipódromo deberá presentar VºBº del Starter y en caso de reincidir, será suspendida por el término de sesenta (60) días. Artículo 19, Inciso VI del Reg. G. de Carreras.

SUSPENDER: al s.p.c. “HEART CITY”– 4ª carrera del 3-12-2011, a cargo del Entrenador Dn. Roberto Pellegatta, por indocilidad en el partidor, atropellando la puerta y disparándose. Para correr nuevamente en este Hipódromo deberá presentar VºBº del Starter y en caso de reincidir, será suspendido por el término de sesenta (60) días. Art. 19, Inciso VI del Reg. G. de Carreras.

SUSPENDER: a la s.p.c. “LILI BAR” – 6ª carrera del 3-12-2011, a cargo del Entrenador Dn. Juan C. Etchechoury (h), por indocilidad en el partidor y no dar frente. Para correr nuevamente en este Hipódromo deberá presentar VºBº del Starter y en caso de reincidir, será suspendida por el término de sesenta (60) días. Artículo 19, Inciso VI del Reglamento General de Carreras.

-----------------------------------------
Visto el informe elevado por el Servicio Químico relacionado con el análisis químico del contenido del “frasco control’’ con material de investigación extraído al S.P.C. “MR. BAM”, que se clasificara segundo en la 12ª carrera del día 26 de octubre p.pdo., del que resulta una infracción a lo determinado en el Artículo 25, Inciso II ap. c) del Reglamento General de Carreras - TRATAMIENTO TERAPEUTICO NO AUTORIZADO – Que, habiendo el entrenador desistido expresamente del análisis del “frasco testigo” y presentando el descargo pertinente. Que, ante lo establecido en el Artículo 33, Inciso I del Reglamento General de Carreras, en el sentido de la responsabilidad que le cabe al entrenador y el descargo efectuado no desvirtúa la aplicación de las normas vigentes.
LA COMISION DE CARRERAS RESUELVE
1º) SUSPENDER por el término de seis (6) meses, desde su sanción provisional (2 de noviembre p.pdo.) y hasta el 1º de mayo de 2012 inclusive, al Entrenador Dn. MARCELO S. SUELDO. Art. 25, Inciso II ap c), e Inciso VII ap c), del Reg. General de Carreras.
2º) SUSPENDER por el término de dos (2) meses, desde su sanción provisional (2 de noviembre p.pdo.) y hasta el 1º de enero de 2012 inclusive, al S.P.C. “MR. BAM”.
3º) Distanciar a los efectos del premio al mencionado SPC modificando el marcador de la siguiente forma:

1º) RITMO DE SAMBA 7º) HOLD MY MIND
2º) HOROSCOPO 8º) EL ENARDECIDO
3º) AMAZING RUNNER 9º) HOLY SPIRIT
4º) BURNING 10º) LANZAROTTO
5º) DELIRER 11º) DOCTOR ELIAS
6º) HIGH HOLT 12º) BIENUDO

------------------------------------------------------

Visto el informe elevado por el Servicio Químico relacionado con el análisis químico del contenido del “frasco control’’ con material de  investigación extraído a la S.P.C. “STORM STROKE”, que se clasificara segunda en la 1ª carrera del día 20 de noviembre p.pdo., del que resulta una infracción a lo determinado en el Artículo 25, Inciso II ap. c) del Reglamento General de Carreras - TRATAMIENTO TERAPEUTICO NO AUTORIZADO – Que, habiendo el entrenador desistido expresamente del análisis del “frasco testigo” y presentando el descargo pertinente, donde manifiesta que el producto utilizado contiene la droga informada por el Laboratorio Químico. Que, ante lo establecido en el Artículo 33, Inciso I del Reglamento General de Carreras, en el sentido de la responsabilidad que le cabe al entrenador y el descargo efectuado no desvirtúa la aplicación de las normas vigentes.
LA COMISION DE CARRERAS RESUELVE
1º) SUSPENDER por el término de seis (6) meses, desde su sanción provisional (27 de noviembre p.pdo.) y hasta el 26 de mayo de 2012 inclusive, al Entrenador Dn. JOSE L. PANADERO. Artículo 25, Inciso II ap c), e Inciso VII ap c), del Reg. G. de Carreras.
2º) SUSPENDER por el término de dos (2) meses, desde su sanción provisional (27 de noviembre p.pdo.) y hasta el 26 de enero de 2012 inclusive, a la S.P.C. “STORM STROKE”.
3º) Distanciar a los efectos del premio a la mencionada S.P.C. modificando el marcador de la siguiente forma:
1º) SINALINA 5º) BETTY TOON
2º) SUMA NOV 6º) FORTY BAMBUCA
3º) CAROLINA PLUS 7º) CORSA STAR
4º) FORTY RAK 8º) STORMY LAY
4º) Comuníquese y dese a publicidad.
San Isidro, 7 de Diciembre de 2011.-

Más información:
Hipódromo

HIPODROMO DE SAN ISIDRO - ARGENTINA

Dejar un comentario:

Los comentarios suscriptos son regulados por el administrador y posteriormente publicados.

Artículos Relacionados

Artículos más vistos

Ver notas anteriores

Desarrollado por Camboya Digital Media