Lunes 3 de Marzo de 2014

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Cortando el pasto

RESOLUCION ADOPTADA POR LA COMISION DE CARRERAS

Resoluciónes adoptadas por la comisión de carreras del Hipódromo de san Isidro en su sesión del día 19, 26 de Febrero y 1 de Marzo del 2014

por Comisiòn de Carreras

Resoluciónes adoptadas por la comisión de carreras del Hipódromo de san Isidro en su sesión del día 19 de Febrero del 2014
por Comisiòn de Carreras


JOCKEYS Y/O JOCKEYS APRENDICES


SUSPENDER: por el término de una (1) reunión, que se computará el día 1 de marzo próximo, al jockey ROBERTO R. RETAMOSO, por perder la línea en los tramos finales, en la 6ª carrera disputada el día 14 de febrero p.pdo., en la que condujo al s.p.c. “QUE NACHO”. Artículo 20, Inciso III del Reglamento General de Carreras.
SUSPENDER: por el término de dos (2) reuniones, que se computarán los días 1 y 2 de marzo próximo inclusive, al jockey OCTAVIO F. ARIAS, por perder la línea en los tramos finales, en la 12ª carrera disputada el día 14 de febrero p.pdo., en la que condujo al s.p.c. “LE CHEF”. Artículo 20, Inciso III del Reglamento General de Carreras.
APERCIBIR: al jockey ALTAIR DOMINGOS, por haber incrementado su peso neto en 750 gramos en pista normal, luego de disputada la 1ª carrera del 12 de febrero p.pdo., en la que condujo al s.p.c. “Grouch Inc”, haciéndole saber que la reiteración de estos hechos podrán ser pasible de otras sanciones. Artículo 21, Inciso V del Reglamento General de Carreras.
APERCIBIR: al jockey DANIEL E. ARIAS, por haber incrementado su peso neto en 750 gramos en pista normal, luego de disputada la 13ª carrera del 12 de febrero p.pdo., en la que condujo al s.p.c. “Mi Metedura”, haciéndole saber que la reiteración de estos hechos podrán ser pasible de otras sanciones. Artículo 21, Inciso V del Reglamento General de Carreras.

ENTRENADORES

MULTAR: en la suma de $ 500,00, al Entrenador Dn. MARIO C. DENAPOLE, por presentar a su pupilo el s.p.c. “Merca Llin” herrado antirreglamentariamente para pista de césped, para la 2ª carrera del 14 de febrero p.pdo. Artículo 16, Inciso IV del Reglamento General de Carreras.
MULTAR: en la suma de $ 500,00, al Entrenador Dn. ROBERTO C. GUTIERREZ, por presentar a su pupilo el s.p.c. “Magic Numbers” herrado antirreglamentariamente para pista de césped, para la 11ª carrera del 14 de febrero p.pdo. Artículo 16, Inciso IV del Reglamento General de Carreras.
MULTAR: en la suma de $ 500,00, al Entrenador Dn. CARLOS D. ETCHECHOURY, por presentar a su pupilo el s.p.c. “True Talent” herrado antirreglamentariamente para pista de césped, para la 13ª carrera del 14 de febrero p.pdo. Artículo 16, Inciso IV del Reglamento General de Carreras.

SERVICIO VETERINARIO

SUSPENDER: al s.p.c. “ALL ROAD”, a cargo del entrenador Dn. Gastón A. Caamaño, por el término de tres (3) meses a partir del 12 de febrero p.pdo. hasta el 11 de mayo inclusive, a solicitud del Servicio Veterinario, por claudicación de tercer grado del miembro anterior derecho, luego de disputarse la 2ª carrera del día 12 de febrero p.pdo..
SUSPENDER: al s.p.c. “ARGIBEL”, a cargo del entrenador Dn. Armando A. Brastche, por el término de dos (2) meses a partir del 12 de febrero p.pdo. hasta el 11 de abril inclusive, a solicitud del Servicio Veterinario, por claudicación del miembro anterior derecho, luego de disputarse la 9ª carrera del día 12 de febrero p.pdo.

STARTER


SUSPENDER: al s.p.c. “GENERALA NAIN” – 6ª carrera del 12-2-2014, a cargo del Entrenador Dn. Alberto E. Nine, por quedarse en el partidor, largando retrasado. Para correr nuevamente en este Hipódromo deberá presentar VºBº del Starter del Hipódromo de San Isidro y en caso de reincidir, será suspendido por el término de sesenta (60) días. Artículo 19, Inciso VI del Reg. General de Carreras.
SUSPENDER: al s.p.c. “CONVICTION” – 5ª carrera del 14-2-2014, a cargo del Entrenador Dn. Rubén M. Vivas, por indocilidad en el partidor, lo que motivó su retiro. Para correr nuevamente en este Hipódromo deberá presentar VºBº del Starter del Hipódromo de San Isidro y en caso de reincidir, será suspendido por el término de sesenta (60) días. Artículo 19, Inciso VI del Reg. General de Carreras.
SUSPENDER: al s.p.c. “CASUAL STORMY” – 6ª carrera del 14-2-2014, a cargo del Entrenador Dn. Ramón O. Pérez, por quedarse en el partidor, largando retrasado. Para correr nuevamente en este Hipódromo deberá presentar VºBº del Starter del Hipódromo de San Isidro y en caso de reincidir, será suspendido por el término de sesenta (60) días. Artículo 19, Inciso VI del Reg. General de Carreras.
De acuerdo a las normas establecidas en los Artículos 26 y 27 del Reglamento General de Carreras:

LA COMISION DE CARRERAS RESUELVE:
1º) RECONOCER como propietarios de caballerizas y colores a:
DE CAMPOS DIOGO ARAUJO PASS. FE854709
Caballeriza: “CAMPOS DE ARAUJO” (SI)
Colores: negra, lunares blancos, mangas blancas, brazal negro, gorra blanca, lunares negros.-
IRAOLA JAVIER D.N.I. 17.083.778
Caballeriza: “SAN ISIDRO CHICO” (SI)
Colores: azul elect., cuello, puños y gorra violeta, borla oro.-
2º) Comuníquese y dese a publicidad.
De acuerdo a lo establecido en el Artículo 28 del Reglamento General de Carreras:

LA COMISION DE CARRERAS RESUELVE

1º) OTORGAR Licencia Provisional de Entrenador al señor:
FRANCISCO MAVER DNI 35.237.801
Hasta el 31 de diciembre de 2014 inclusive.-
2º) RENOVAR: la Licencia Provisional de Jockey aprendiz señor:
JUAN LUIS PANIZZA DNI 34.373.862
Hasta el 31 de diciembre de 2014 inclusive.-
3º) Comuníquese

RESOLUCIONES ADOPTADAS POR LA COMISION DE CARRERAS EN SU SESION DEL DIA 26 DE FEBRERO DE 2014
JOCKEYS Y/O JOCKEYS APRENDICES

SUSPENDER: por el término de dos (2) reuniones, que se computarán los días 7
y 8 de marzo próximo inclusive, al jockey ALTAIR DOMINGOS, por perder la
línea en la recta final, en la 12ª carrera disputada el día 22 de febrero
p.pdo., en la que condujo al s.p.c. "El Tute".
Artículo 20, Inciso III del Reglamento General de Carreras.

APERCIBIR: al jockey CARRIZO PABLO D., por haber incrementado su peso neto
en 900 gramos en pista normal, luego de disputada la 8ª carrera del 19 de
febrero p.pdo., en la que condujo al s.p.c. "Acepticada", haciéndole saber
que la reiteración de estos hechos podrán ser pasible de otras sanciones.
Artículo 21, Inciso V del Reglamento General de Carreras.

ENTRENADORES

MULTAR: en la suma de $ 500,00, al Entrenador Dn. CARLOS A. MEZA BRUNEL,
por presentar a su pupilo el s.p.c. "Baraja Nueva" herrado
antirreglamentariamente para pista de césped, para la 11ª carrera del 22 de
febrero p.pdo.Artículo 16, Inciso IV del Reglamento General de Carreras.

MULTAR: en la suma de $ 250,00, al Entrenador Dn. JUAN C. MARTINEZ G.,
por tener al s.p.c. "Palpalenque", inscripto para la 13ª carrera del 19 de
febrero p.pdo., con su Libreta Sanitaria vencida.
Artículo 14, Inciso II del Reglamento General de Carreras.

CABALLERIZAS

APERCIBIR: al titular de la caballeriza "La Morocha", por no haber adoptado
los recaudos necesarios para la participación del s.p.c "Dorado Cósmico", a
cargo del Entrenador Dn. Omar F. Labanca, inscripto para la 5ª carrera del
22 de febrero p.pdo. Asimismo se dispone hacerle saber que previo a la
ratificación dicho s.p.c. deberá poseer la documentación correspondiente
otorgada por el Stud Book Argentino y no podrá competir en las carreras ya
programadas.Artículo 5, Inciso VII del Reglamento General de Carreras.

SERVICIO VETERINARIO

SUSPENDER: al s.p.c. "SOY LETAL", a cargo del entrenador Dn. Mariano L.
Fornillo, por el término de diez (10) días a partir del 22 de febrero
p.pdo. hasta el 3 de marzo inclusive, a solicitud del Servicio Veterinario,
por claudicación del miembro anterior izquierdo, luego de disputarse la 13ª
carrera del día 22 de febrero p.pdo..

STARTER

SUSPENDER: al s.p.c. "TYPHOON LAGOON" - 7ª carrera del 19-2-2014, a cargo
del Entrenador Dn. Nicolás Martín Ferro, por indocilidad peligrosa en el
partidor, lo que motivó su retiro. Para correr nuevamente en este Hipódromo
deberá presentar VºBº del Starter del Hipódromo de San Isidro y en caso de
reincidir, será suspendido por el término de sesenta (60) días.
Artículo 19, Inciso VI del Reglamento General de Carreras.


SUSPENDER: al s.p.c. "SILVER DRUMMER" - 6ª carrera del 19-2-2014, a cargo
del Entrenador Dn. Miguel A. Roch, por quedarse en el partidor, largando
retrasado. Para correr nuevamente en este Hipódromo deberá presentar VºBº
del Starter del Hipódromo de San Isidro y en caso de reincidir, será
suspendido por el término de sesenta (60) días.
Artículo 19, Inciso VI del Reglamento General de Carreras.

De acuerdo a lo establecido en el Artículo 28 del Reglamento General de Carreras:

LA COMISION DE CARRERAS RESUELVE

1º) Vista la presentación efectuada por la Escuela de Jockeys Aprendices,

CONCEDER: La Licencia Provisional de jockey Aprendiz al señor LUCAS
DAMIAN CARONI (D.N.I. 34.114.845), desde la fecha y hasta el 31 de diciembre
de 2014 inclusive.-

2º) RENOVAR: la Licencia Provisional de jockey al señor JUAN ALEJANDRO
ALCANTARA (D.N.I. 27.434.431), hasta el 31 de diciembre de 2014, inclusive.-

3º) Comuníquese y dese a publicidad.-

De acuerdo a las normas establecidas en los Artículos 26 y 27 del Reglamento
General de Carreras:

LA COMISION DE CARRERAS RESUELVE:

1º) De acuerdo a lo solicitado por el señor Javier Iraola, como titular de
la caballeriza "PICHÓN" (SI), se dispone dar de BAJA a la misma.

2º) Comuníquese y dese a publicidad.

San Isidro 26 de febrero de 2014.-

VISTO el sumario instruido con motivo del desarrollo de la 8ª carrera
disputada el día 19 de febrero p.pdo., donde se observa un uso desaprensivo
del látigo para exigir a su conducida la S.P.C. "Julia Royale" y citado que
fue su jockey aprendiz, a efectos de presentar su descargo en resguardo de
su derecho de defensa, y en atención a su declaración, sus antecedentes por
el mismo motivo y demás elementos obrantes,

LA COMISION DE CARRERAS RESUELVE:

1º) SUSPENDER por el término de diez (10) reuniones, al jockey aprendiz
JORGE R. YALET (h) por la forma desaprensiva en el uso del látigo durante
el comienzo de su exigencia a su cabalgadura, la SPC "Julia Royale" desde el
22 de febrero ppdo., hasta el próximo 3 de marzo de 2014, inclusive.-

2º) Comuníquese.


San Isidro, 1 de marzo de 2014.-

Visto el informe elevado por el Servicio Químico relacionado con el análisis químico del contenido del "frasco control'' con material de investigación extraído a la S.P.C. "REPACHANGUERA", que se clasificara tercera en la 2ª carrera del día 9 de febrero p.pdo., del que resulta una infracción a lo determinado en el Artículo 25, Inciso II ap. d) y d) del Reglamento General de Carreras - TRATAMIENTO TERAPEUTICO NO AUTORIZADO - Que, habiendo el entrenador desistido expresamente del análisis del "frasco testigo" y presentando el descargo pertinente donde manifiesta que el producto utilizado contiene la droga informada por el Servicio Químico.

Que, ante lo establecido en el Artículo 33, Inciso I del Reglamento General de Carreras, en el sentido de la responsabilidad que le cabe al entrenador y el descargo efectuado no desvirtúa la aplicación de las normas vigentes.
LA COMISION DE CARRERAS RESUELVE

1º) SUSPENDER por el término de cuatro (4) meses, desde su sanción provisional (14 de febrero p.pdo.) y hasta el 13 de junio de 2014 inclusive, al Entrenador Dn. GERMAN DECUNTO. Artículo 25, Inciso II ap. d) y d) Inciso VII ap. d) y d), del Reglamento General de Carreras.

2º) DAR por cumplida la suspensión provisional a la S.P.C. "REPACHANGUERA".

3º) Distanciar a los efectos del premio a la mencionada S.P.C. modificando el marcador de la siguiente forma:

1º) CINCINNATI FLOWER 5º) GRANATE

2º) QUEEN FOR A DAY 6º) ME TIENTA

3º) PLAYA DESIERTA 7º) ISLA SECRETA

4º) RAFFINERIE

4º) Comuníquese y dese a publicidad.

Visto el informe elevado por el Servicio Químico relacionado con el análisis químico del contenido del "frasco control'' con material de investigación extraído al S.P.C. "EL OCULTERO", que se clasificara segundo en la 11ª carrera del día 7 de febrero p.pdo., del que resulta una infracción a lo determinado en el Artículo 25, Inciso II ap. b) del Reglamento General de Carreras - TRATAMIENTO TERAPEUTICO NO AUTORIZADO - Que, habiendo el
entrenador desistido expresamente del análisis del "frasco testigo" y presentando el descargo pertinente donde manifiesta no saber el origen de la sustancia detectada. Que, ante lo establecido en el Artículo 33, Inciso I del Reglamento General de Carreras, en el sentido de la responsabilidad que le cabe al entrenador y el descargo efectuado no desvirtúa la aplicación de las normas vigentes.

LA COMISION DE CARRERAS RESUELVE

1º) SUSPENDER por el término de un (1) año, desde su sanción provisional (14 de febrero p.pdo.) y hasta el 13 de febrero de 2015 inclusive, al Entrenador Dn. EDGAR G. CHIAPPERO. Artículo 25, Inciso II ap. b) Inciso VII ap. b), del Reglamento General de Carreras.

2º) SUSPENDER por el término de cuatro (4) meses, desde su sanción provisional (14 de febrero p.pdo.) y hasta el 13 de junio de 2014 al S.P.C. al S.P.C. "EL OCULTERO.

3º) Distanciar a los efectos del premio al mencionado S.P.C. modificando el marcador de la siguiente forma:

1º) FORTY SPIRIT 5º) LEZAK

2º) EL CERRO 6º) MR. BULISH

3º) LUJOSO HALO 7º) SEÑOR WELLS

4º) INCAUTO LUDE

4º)Comuníquese y dese a publicidad.

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Visto el informe elevado por el Servicio Químico relacionado con el análisis químico del contenido del "frasco control'' con material de investigación extraído a la S.P.C. "OH BAHIA", que se clasificara segunda en la 9ª carrera del día 24 de enero p.pdo., del que resulta una infracción a lo determinado en el Artículo 25, Inciso II ap. d) del Reglamento General de Carreras - TRATAMIENTO TERAPEUTICO NO AUTORIZADO - Que, habiendo el entrenador desistido expresamente del análisis del "frasco testigo" y presentando el descargo pertinente donde manifiesta que el producto utilizado contiene la droga informada por el Servicio Químico. Que, ante lo establecido en el Artículo 33, Inciso I del Reglamento General de Carreras, en el sentido de la responsabilidad que le cabe al entrenador y el descargo efectuado no desvirtúa la aplicación de las normas vigentes.

LA COMISION DE CARRERAS RESUELVE

1º) SUSPENDER por el término de dos (2) meses, desde su sanción provisional (1 de febrero p.pdo.) y hasta el 31 de marzo de 2014 inclusive, al Entrenador Dn. ANIBAL O. RIVERA. Artículo 25, Inciso II ap. d) Inciso VII ap. d), del Reglamento General de Carreras.

2º) DAR por cumplida la suspensión provisional a la S.P.C. "OH BAHIA".

3º) Distanciar a los efectos del premio a la mencionada S.P.C. modificando el marcador de la siguiente forma:

1º) QUEMELA LINARES 7º) VALENTINA SPELL

2º) L' AMENDE 8º) BECERRA

3º) IDOLA DE TODOS 9º) LA LADY PLUS

4º) KITTY FOR SALE 10º) BRIGHT CAUSE

5º) KAYLA FITZ 11º) CHICA PITUCA

6º)JUANA VALEROSA

 

Más información:
Hipódromo

HIPODROMO DE SAN ISIDRO - ARGENTINA

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