Lunes 31 de Marzo de 2014

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Cortando el pasto

RESOLUCION ADOPTADA POR LA COMISION DE CARRERAS

Resoluciónes adoptadas por la comisión de carreras del Hipódromo de san Isidro en su sesión del día 26 de Marzo del 2014

por Comisiòn de Carreras

JOCKEYS Y/O JOCKEYS APRENDICES

SUSPENDER: por el término de dos (2) reuniones, que se computarán los días 4 y 5 de abril próximo inclusive, al jockey JORGE A. RICARDO, por perder la línea en los tramos finales, en la 12ª carrera disputada el día 19 de marzo p.pdo., en la que condujo al s.p.c. “Tequila Pop”. Artículo 20, Inciso III del Reglamento General de Carreras.

APERCIBIR: al jockey ALEJANDRO V. TAJOMISSKI, por haber incrementado su peso neto en 1.300 gramos en pista normal, luego de disputada la 7ª carrera del 19 de marzo p.pdo., en la que condujo al s.p.c. “Mr. Bullish”, haciéndole saber que la reiteración de estos hechos podrán ser pasible de otras sanciones. Artículo 21, Inciso V del Reglamento General de Carreras.

APERCIBIR: al jockey aprendiz MATIAS J. MEDINA, por haber incrementado su peso neto en 1.400 gramos en pista normal, luego de disputada la 14ª carrera del 19 de marzo p.pdo., en la que condujo al s.p.c. “Soy Avivato”, haciéndole saber que la reiteración de estos hechos podrán ser pasible de otras sanciones. Artículo 21, Inciso V del Reglamento General de Carreras.

SEVERO APERCIBIMIENTO: al jockey aprendiz MAXIMILIANO ASERITO RODRIGUEZ, por haber incrementado su peso neto en 900 gramos en pista normal, luego de disputada la 7ª carrera del 22 de marzo p.pdo., y ser reincidente, en la que condujo al s.p.c. “Alada Stripes”, haciéndole saber que la reiteración de estos hechos podrán ser pasible de otras sanciones. Artículo 21, Inciso V del Reglamento General de Carreras.

APERCIBIR: al jockey CRISTIAN F. QUILES, por haber incrementado su peso neto en 800 gramos en pista normal, luego de disputada la 15ª carrera del 22 de marzo p.pdo., en la que condujo al s.p.c. “Kal-El”, haciéndole saber que la reiteración de estos hechos podrán ser pasible de otras sanciones. Artículo 21, Inciso V del Reglamento General de Carreras.

APERCIBIR: al jockey ARIEL R. PALACIOS, por haber incrementado su peso neto en 1.100 gramos en pista normal, luego de disputada la 4ª carrera del 23 de marzo p.pdo., en la que condujo al s.p.c. “Mr. Pip”, haciéndole saber que la reiteración de estos hechos podrán ser pasible de otras sanciones. Artículo 21, Inciso V del Reglamento General de Carreras.

APERCIBIR: al jockey ABEL L. J. GIORGIS, por haber incrementado su peso neto en 900 gramos en pista normal, luego de disputada la 16ª carrera del 23 de marzo p.pdo., en la que condujo al s.p.c. “Opera Ras”, haciéndole saber que la reiteración de estos hechos podrán ser pasible de otras sanciones. Artículo 21, Inciso V del Reglamento General de Carreras.

ENTRENADORES

MULTAR: en la suma de $ 250,00, al Entrenador Dn. ANGEL R. URQUIZA, por tener al s.p.c. “Furioso D”, inscripto para la 5ª carrera del 19 de marzo p.pdo., con su Libreta Sanitaria vencida. Artículo 14, Inciso II del Reglamento General de Carreras.

MULTAR: en la suma de $ 250,00, al Entrenador Dn. ROBERTO M. J. ISAURRALDE, por tener al s.p.c. “Pacific Sumba”, inscripto para la 14ª carrera del 23 de marzo p.pdo., con su Libreta Sanitaria vencida. Artículo 14, Inciso II del Reglamento General de Carreras.

MULTAR: en la suma de $ 250,00, al Entrenador Dn. ALBERTO M. CALCAGNO, por haber presentado al s.p.c. “Simba Queen” con la vacuna contra Influenza Equina vencida, en la 2ª carrera del 23 de marzo p.pdo. Asimismo, se dispone hacerle saber que la reiteración de tal situación dará lugar a sanciones que la Comisión de Carrera estime corresponder. Artículo 14, Inciso II del Reg. General de Carreras.

SUSPENDER: al s.p.c. “KING CYNIC”, por el término de quince (15) días, desde el 22 de marzo y hasta el 5 de abril próximo inclusive, a cargo del entrenador Dn. Fabián A. Olivera, por no haber adoptado los recaudos pertinentes para la participación del mencionado s.p.c., inscripto para la 1ª carrera del 22 de marzo p.pdo. Artículos 14 y 15, Incisos I y IV del Reglamento General de Carreras.

SUSPENDER: al s.p.c. “ROCK IN RIO”, por el término de quince (15) días, desde el 22 de marzo y hasta el 5 de abril próximo inclusive, a cargo del entrenador Dn. Andrés Domingo, por no haber adoptado los recaudos pertinentes para la participación del mencionado s.p.c., inscripto para la 12ª carrera del 22 de marzo p.pdo. Artículos 14 y 15, Incisos I y IV del Reglamento General de Carreras.

SUSPENDER: al s.p.c. “LOCO RA”, por el término de quince (15) días, desde el 22 de marzo y hasta el 5 de abril próximo inclusive, a cargo del entrenador Dn. Hugo R. Prieto, por no haber adoptado los recaudos pertinentes para la participación del mencionado s.p.c., inscripto para la 13ª carrera del 22 de marzo p.pdo. Artículos 14 y 15, Incisos I y IV del Reglamento General de Carreras.

SUSPENDER: al s.p.c. “BIONIC SUNRAY”, por el término de quince (15) días, desde el 23 de marzo y hasta el 6 de abril próximo inclusive, a cargo del entrenador Dn. Javier E. Cabrera, por no haber adoptado los recaudos pertinentes para la participación del mencionado s.p.c., inscripto para la 9ª carrera del 23 de marzo p.pdo. Artículos 14 y 15, Incisos I y IV del Reglamento General de Carreras.

CABALLERIZAS

SUSPENDER: la participación del s.p.c. “LOVELY RITA”, a cargo del Entrenador Dn. Hugo M. Pérez, en las carreras ya programadas, por no tener en regla la documentación necesaria, motivo por el cual fuera retirado de la 5ª carrera del 22 de marzo p.pdo. Asimismo se hace saber que previo a la próxima ratificación dicho s.p.c. deberá poseer la documentación extendida por el Stud Book Argentino. Artículo 5, Inciso VII del Reglamento General de Carreras.

SUSPENDER: la participación del s.p.c. “MYROSLAV DAN”, a cargo del Entrenador Dn. Pablo E. Sahagian, en las carreras ya programadas, por no tener en regla la documentación necesaria, motivo por el cual fuera retirado de la 15ª carrera del 23 de marzo p.pdo. Asimismo se dispone hacerle saber que previo a la próxima ratificación dicho s.p.c. deberá poseer la documentación extendida por el Stud Book Argentino. Artículo 5, Inciso VII del Reglamento General de Carreras.

SERVICIO VETERINARIO

SUSPENDER: al s.p.c. “LAW STUDENT”, a cargo del entrenador Dn. Lucio D. Sancerni, por el término de seis (6) meses, a partir del 19 de marzo p.pdo. y hasta el 18 de setiembre inclusive, a solicitud del Servicio Veterinario, por ruptura de entrecuerda del miembro anterior derecho, luego de disputada la 7ª carrera del día 19 de marzo p.pdo.

SUSPENDER: al s.p.c. “EL MALMIRAO”, a cargo del entrenador Dn. Teodoro A. Astegiano, por el término de un (1) año, a partir del 22 de marzo p.pdo. y hasta el 21 de marzo del 2015 inclusive, a solicitud del Servicio Veterinario, por corte completo de tendones flexores del miembro posterior izquierdo, luego de disputada la 13ª carrera del día 22 de marzo p.pdo.

SUSPENDER: al s.p.c. “DAME LUZ”, a cargo del entrenadora Dña. Rosana E. Lema Olano, por el término de quince (15) días, a partir del 23 de marzo p.pdo. y hasta el 6 de abril próximo inclusive, a solicitud del Servicio Veterinario, por escoriaciones múltiples durante el transporte de la 11ª carrera del día 23 de marzo p.pdo.

SUSPENDER: al s.p.c. “MISIONERO PLANET”, a cargo del entrenador Dn. Juan L. Panizza, por el término de seis (6) meses, a partir del 23 de marzo p.pdo. y hasta el 22 de setiembre inclusive, a solicitud del Servicio Veterinario, por ruptura de la cuerda del miembro anterior izquierdo, luego de disputada la 5ª carrera del día 23 de marzo p.pdo.

SUSPENDER: al s.p.c. “AZPEITIANO”, a cargo del entrenador Dn. José M. Oyola por el término de dos (2) meses, a partir del 23 de marzo p.pdo. y hasta el 22 de mayo inclusive, a solicitud del Servicio Veterinario, por claudicación del miembro anterior derecho, luego de disputada la 10ª carrera del día 23 de marzo p.pdo.

VISTO el informe elevado por el Servicio Veterinario con relación a lo acontecido con el s.p.c. “INCURABLE HUNTER”, a cargo del Entrenador Dn. Juan C. Borda, que presentara epistaxis bilateral luego de disputada la 10ª carrera del día 19 de marzo p.pdo., como medida precautoria y teniendo en cuenta la importancia del mismo, se resuelve inhabilitarlo por el término de treinta (30) días desde el 19 de marzo y hasta el 17 de abril próximo inclusive.

S.P.C.

SUSPENDER: al s.p.c. “ALPHA MARTIN” por el término de treinta (30) días, desde el 19 de marzo y hasta el 17 de abril próximo inclusive, a cargo del entrenador Dn. Nicanor V. Barros, por haber sido ratificado para los días 14 y 19 de marzo p.pdo. y no presentado a correr en la 14ª carrera del día 19 de marzo p.pdo. Asimismo, se dispone hacerle saber al entrenador que la reiteración de tal situación será considerada falta de responsabilidad profesional.

SUSPENDER: al s.p.c. “BAYA CASUALIDAD” por el término de treinta (30) días, desde el 22 de marzo y hasta el 20 de abril próximo inclusive, a cargo del entrenador Dn. Juan A. Márquez, por haber sido ratificado para los días 21 y 22 de marzo p.pdo. y no presentado a correr en la 11ª carrera del día 22 de marzo p.pdo. Asimismo, se dispone hacerle saber al entrenador que la reiteración de tal situación será considerada falta de responsabilidad profesional.

STARTER

SUSPENDER: al s.p.c. “BURG VIGILANCE” – 5ª carrera del 22-3-2014, a cargo del Entrenador Dn. Roberto M. Bullrich, por indocilidad peligrosa dentro del partidor, abalanzándose, motivo por el cual fue retirado. Para correr nuevamente en este Hipódromo deberá presentar VºBº del Starter del Hipódromo de San Isidro y en caso de reincidir, será suspendido por el término de sesenta (60) días. Artículo 19, Inciso VI del Reglamento General de Carreras.

SUSPENDER: al s.p.c. “FELIST” – 3ª carrera del 23-3-2014, a cargo del Entrenador Dn. Daniel A. Rubén, por largar sensiblemente retrasado. Para correr nuevamente en este Hipódromo deberá presentar VºBº del Starter del Hipódromo de San Isidro y en caso de reincidir, será suspendido por el término de sesenta (60) días. Artículo 19, Inciso VI del Reglamento General de Carreras.

De acuerdo a lo establecido en el Artículo 28 del Reglamento General de Carreras:

1º) RENOVAR: la Licencia Provisional de Entrenador al señor:

GONZALEZ BALCARCE FLORENCIO L.E. 8.519.606

Hasta el 31 de diciembre de 2014 inclusive.

Más información:
Hipódromo

HIPODROMO DE SAN ISIDRO - ARGENTINA

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